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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370734 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2º: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta SOCABAYASocabaya 34,5 kV 1,0517 0,9055 1,0735 Chilina 33 kV 1,0517 0,9055 1,0735Santuario 13,8 kV 1,0177 0,8826 1,0473Callalli 138 kV 1,0362 0,8908 1,0587 REPARTICIÓNRepartición 138 kV 1,0560 0,9058 1,0713 Mollendo 138 kV 1,0622 0,9058 1,0713Marcona 60 kV 1,0571 0,9784 1,0226 MONTALVOSocabaya 33 kV 1,0517 0,9055 1,0735 Montalvo 138 kV 1,0553 0,9025 1,0736Ilo ELP 138 kV 1,0683 0,9083 1,0806 TOQUEPALAToquepala 138 KV 1,0704 0,9083 1,0829 Tomasiri 66 kV 1,1154 0,9345 1,1097Sarita 33 kV 1,0566 0,8961 1,0727Aricota1 10,5 KV 1,0449 0,8882 1,0632Aricota2 10,5 KV 1,0518 0,8929 1,0689Tacna 66 kV 1,0792 0,9100 1,0806 QUENCORODolorespata 10 kV 1,0168 0,8612 1,0071 Quencoro 10 kV 1,0168 0,8612 1,0071Quencoro 33 KV 1,0056 0,8536 0,9983 AZANGARO San Gabán 138 kV 0,9384 0,8227 0,9798 ANTAUTAAyaviri 10 kV 1,0175 0,8755 1,0421 Ayaviri 22,9 kV 1,0175 0,8755 1,0421Azángaro 22,9 kV 1,0001 0,8662 1,0316Antauta 60 kV 1,0878 0,9275 1,1046 JULIACA Juliaca 10 kV 1,0474 0,8958 1,0631 PUNOPuno 22,9 kV 1,0620 0,9043 1,0760 Puno 60 kV 1,0503 0,8963 1,0665 Artículo 2º.- Aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electrosur S.A. y Electro Puno S.A.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 188538-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Procurador Público Regional del Gobierno Regional Huánuco RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 100-2008-GRH/PR Huánuco, 26 de febrero del 2008VISTO:El Informe Nº 009 – 2007 – GRHCO – CEPAD, de fecha 14 de marzo del año 2007, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, con ofi cio Nº. 372-E-2005-GRH/SCR, de fecha 6 de julio del 2005 la Abog. E. Zulma Picón Ruíz, Secretaria General, remite el Dictamen Nº 017-2005-CP PATAL-CR/ GRH, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional Huánuco, en cumplimiento a lo dispuesto en sesión ordinaria de Consejo Regional de fecha 28 de junio del año 2005, relacionado al informe de la Procuraduría Pública Regional de los expedientes Judiciales que se encontraban en curso, a fi n de que proceda conforme a sus atribuciones; Que, con Informe Legal Nº 055-2006-GRH/ORAJ de fecha 16 de octubre del 2006, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco, opina que la Presidencia Regional debe disponer que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional Huánuco, impulse la acción indagatoria, en contra del Abogado Pedro Napoleón Linares Bellido Ex Procurador Público Regional de Huánuco; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en ejercicio de lo preceptuado en el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo. Nº 005-90-PCM, procedió al análisis y estudio de los antecedentes administrativos y que mediante Informe Nº 12-2006-CDJE/GRH/PPR de fecha 3 de marzo del 2005, dirigido a la Presidencia del Gobierno Regional Huánuco, el Abog. Pedro N. Linares Bellido, Ex Procurador Público Regional, donde informa la relación de expedientes que se encuentran en su Despacho; Que, la Comisión Permanente de Planifi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del GRH, emite el Dictamen Nº 017-2004-CPPPATAL-CR-GRH, de fecha 24 de julio del 2005, y recomienda derivar los antecedentes a la Comisión Especial para su califi cación y apertura de Proceso Disciplinario al Ex Procurador Público Regional Pedro Napoleón Linares Bellido por no haber cumplido con lo dispuesto en el Articulo 78º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el Inciso. c) del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 002- 2003-JUS, debido a que el Ex Procurador Regional no consignó los datos completos de los expedientes como son: materia y partes, con respecto al Proceso Civil Nº 1534-04 y 1458-04 informa que el resultado ha sido favorable a los demandantes cuyos recursos de apelación fue declarado extemporáneo por lo que asume su responsabilidad y concluye indicando que el derecho de reincorporación de los accionantes se sustenta en el informe de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional Huánuco, y los señores Jueces tomaron como referencia dicho documento para emitir sus sentencias; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº. 198-E- 2005-GRH/PR, de fecha 5 de mayo de 2005, se dio por Descargado desde www.elperuano.com.pe