Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA UNANIME aprobo la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA QUE PRORROGA EL BENEFICIO DEL PAGO AL CONTADO Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES

y funciones, atribuciones, deberes y derechos de sus miembros, asi como de los regimenes de infracciones y sanciones aplicables a sus integrantes. Articulo Tercero.- El Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin, estara conformado por 11 miembros de las siguientes Instituciones: - El MORDAZA o quien este designe como su representante - Un Regidor elegido por el Concejo Municipal - Un representante designado por el Ministerio de Educacion - Un representante designado por el INC - Un representante de las instituciones privadas locales vinculadas con los servicios turisticos. - Un representante de las instituciones privadas locales vinculadas con el sector artesanal. - Cinco representantes de los artesanos, uno por cada MORDAZA del distrito. Todos los Integrantes del COLFA Lurin tienen igualdad de deberes y de derechos; ninguno representa al COLFA Lurin por si mismo, para ello requiere de autorizacion expresa. Articulo Cuarto.- Los conformantes descritos en el articulo anterior deberan designar un representante titular y alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo de mas alto nivel. Articulo Quinto.- La instalacion del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin, debera efectuarse en un plazo no mayor de quince dias de emitido el presente Decreto. Articulo Sexto.- El Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin, tendra un plazo no mayor de 15 dias a partir de la fecha de instalacion del comite, para la aprobacion de su reglamento de organizacion y funciones. Articulo Setimo.- Encargar a la Secretaria General la difusion a todas las unidades organicas de la Municipalidad de Lurin. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 31 de MORDAZA los beneficios del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008 que han sido establecidos mediante Ordenanza Nº 357-MDEA. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

190887-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Crean el Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin - COLFA Lurin
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2008-ALC/ML
Lurin, 18 de marzo del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 080-2008-GDEYT/ML de fecha 04.marzo.2008, promovido por la Gerencia de Desarrollo Economico y de Turismo, hace MORDAZA el Informe Nº 003FEBRERO-08-PPPPAST/ML de la responsable de Turismo, quien solicita la aprobacion del Reglamento Interno del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12.4 de la Ley Nº 29073 - Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales contaran con un Consejo Local de Fomento Artesanal como organo de coordinacion entre el sector publico y privado. La composicion y funciones son establecidas por MORDAZA local. Que, el articulo 40º de la LOM senala que las Ordenanzas de las Municipalidades y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Que, el articulo 82º de la LOM senala que las municipalidades en materia de educacion, cultura, deportes y recreacion, tienen como competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y regional el promover las actividades culturales diversas asi como promover la consolidacion de una cultura de ciudadania democratica y fortalecer la identidad cultural de la poblacion campesina, MORDAZA y afro peruana. De conformidad y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6º del articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. SE DECRETA; Articulo Primero.- CREASE el Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin; organo de coordinacion entre el sector publico y privado. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin ­ COLFA Lurin, el mismo que tendra como objetivo normar el regimen interno del COLFA Lurin, sus competencias

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL DEL DISTRITO DE LURIN (COLFA LURIN) TITULO I GENERALIDADES
Articulo Primero.- MORDAZA LEGAL El Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Lurin (COLFA Lurin) se fundamenta en las siguientes normas legales: · Constitucion Politica · Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades · Ley Nº 29073 Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal · Otros dispositivos concordantes Articulo Segundo.- OBJETIVO El presente reglamento tiene como objetivo normar el regimen interno del COLFA Lurin, sus competencias y funciones, atribuciones, deberes y derechos de sus miembros, asi como de los regimenes de infracciones y sanciones aplicables a sus integrantes. Articulo Tercero.- COMPETENCIA El COLFA Lurin es un organo de coordinacion entre el sector publico y privado, y como tal no ejerce funciones ni actos de gobierno. Se rige por lo establecido en el presente reglamento. Articulo Cuarto.- COMPOSICION El COLFA Lurin esta integrado por 11 miembros: El MORDAZA o quien este designe como su representante Un Regidor elegido por el Concejo Municipal Un representante designado por el Ministerio de Educacion

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