Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 24. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DELGADO. Mediante Resolucion N° 849-2008-TC-S3 de 26.03.2008, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada persona contra la Resolucion N° 556-2008-TCS3 de 22.02.2008, que le sanciona con catorce (14) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 25. TYON E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta en el procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 850-2008-TC-S3 de 26.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 26. A Y C INGENIERIA Y SERVICIOS S.R.L. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de servicios por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 851-2008-TC-S3 de 26.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 27. ECOAEREO E.I.R.L. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 867-2008-TC-S3 de 27.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 28. HORNOS INDUSTRIALES S.A. (HINSA) Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 878-2008-TC-S3 de 28.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. TRANSPORTES MORDAZA S.A.C. Mediante Resolucion N° 887-2008-TC-S3 de 31.03.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 618-2008-TC-S3 de 29.02.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 30. IMPRESIONES & FORMAS S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas de la orden de servicio, infraccion tipificada en el literal a) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 888-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 31. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FALCONI. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada

en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 889-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 32. AGROINDUSTRIAS YON YANG S.R.L. Mediante Resolucion N° 890-2008-TC-S3 de 31.03.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 746-2008-TC-S3 de 13.03.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 33. J & R CLEANER de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABALLON. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 892-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 34. TECZONE ­ TRADE S.A. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 908-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 35. ELMAGSTAR E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 915-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 36. REPRESENTACIONES Y NEGOCIOS DE BIENES Y SERVICIOS S.A.C. (RENEBISER S.A.C.) Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 915-2008-TC-S3 de 31.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 37. EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PETROLEO S.A.C. (EMCOPESA S.A.C.) Mediante Resolucion N° 928-2008-TC-S3 de 02.04.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 638-2008-TC-S3 de 03.03.2008, que le sanciona con quince (15) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 38. INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MORDAZA E.I.R.L. Mediante Resolucion N° 942-2008-TC-S3 de 03.04.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 623-2008TC-S3 de 29.02.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion de Plataforma ­ SEACE incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de marzo de 2008 a la pagina web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde

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