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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370979 (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 760-2008-TC-S3 de 17.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 9.JUAN OJEDA CORNEJO E.I.R.L. Inhabilitación por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta en el procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 762-2008-TC-S3 de 17.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 10.PIRÁMIDE INGENIEROS E.I.R.L. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta en el procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 763-2008-TC-S3 de 17.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 11. COMERCIAL FRANC de MARÍA FRANCIS ROQUE LEÓN. Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 781-2008-TC-S3 de 19.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 12.REPRESENTACIONES RETSO S.A.C. Mediante Resolución N° 790-2008-TC-S3 de 19.03.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 557-2008-TC-S3 de 22.02.2008, que le sanciona con inhabilitación defi nitiva en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal de reincidencia establecida en el artículo 303° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 13.CONSULTORÍA Y SUPERVISIÓN G Y M S.A.C. Mediante Resolución N° 791-2008-TC-S3 de 19.03.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 491-2008-TC-S3 de 15.02.2008, que le sanciona con quince (15) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 14.CORPORACIÓN DINSERT & S S.A.C. Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del Contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, según Resolución Nº 799-2008-TC-S3 de 24.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 15.PASTELERÍA BAGUETERÍA SUPERMERCADO SNACKBAR LEO E.I.R.L. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, según Resolución Nº 800-2008-TC-S3 de 24.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución.16.PRODUCTOS ALIMENTICIOS DON NICO E.I.R.L. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, según Resolución Nº 800-2008-TC-S3 de 24.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 17. J EVANS & ASOCIADOS S.A.C. Mediante Resolución N° 812-2008-TC-S3 de 25.03.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 550-2008-TC-S3 de 22.02.2008, que le sanciona con trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato de servicios, infracción tipifi cada en el literal a) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM. 18.QUALITY VIDRIOS & MARCOS de JAVIER JOEL SANTILLÁN MEZA. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 830-2008-TC-S3 de 26.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 19. DISTRIBUIDORA COMERCIAL ATV E.I.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentos falsos, causal tipifi cada en el inciso f) del artículo 30° del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-MIMDES, norma aplicable según lo dispuesto por el artículo 29° de dicho cuerpo normativo, en concordancia con el artículo 59° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 083-2004-PCM, según Resolución Nº 832-2008-TC-S3 de 26.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 20.LUIS ALONSO PAZ CHOQUE. Inhabilitación por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 833-2008-TC-S3 de 26.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21.MAS SEGURIDAD S.R.L. Mediante Resolución N° 848-2008-TC-S3 de 26.03.2008, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución N° 553-2008-TC-S3 de 22.02.2008 por la indicada empresa, reformando el período de sanción de diez (10) a seis (06) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 22.DORIS ROXANA NEIRA DELGADO. Mediante Resolución N° 849-2008-TC-S3 de 26.03.2008, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 556-2008-TC-S3 de 22.02.2008, que le sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 23.JAIME GUSTAVO NEIRA DELGADO. Mediante Resolución N° 849-2008-TC-S3 de 26.03.2008, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 556-2008-TC-S3 de 22.02.2008, que le sanciona con catorce (14) meses Descargado desde www.elperuano.com.pe