Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

que CONASEV recomiende la inversion en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Empresa Financiera Edyficar S.A., en su calidad de emisor; al Banco Continental, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores

sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de marzo de 2008:

188601-1

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de marzo de 2008
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 177-2008-CONSUCODE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Memorando N.º 127-2008/DPS-JVZ de la Direccion de Plataforma - SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion de Plataforma ­ SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de marzo de 2008; y De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Articulo 59º de la Ley, el numeral 14 del Articulo 3º y el numeral 23 del Articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas

1. CONSULTEC PERU S.R.L. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 643-2008-TC-S3 de 04.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAJARES. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 644-2008-TC-S3 de 04.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 3. DROKASA PERU S.A. Mediante Resolucion N° 6912008-TC-S3 de 07.03.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 358-2008-TC-S3 de 31.01.2008, que le sanciona con cinco (05) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en un MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 4. CONSORCIO GASTRONOMICO ABBA S.A.C. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en un MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipificadas en los numerales 5) y 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 711-2008-TC-S3 de 10.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 5. ALMACENERA PERUANA DE COMERCIO S.A. (ALPECO S.A.) Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 712-2008-TC-S3 de 10.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. MORDAZA BAKERY E.I.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 713-2008-TC-S3 de 10.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. INSTRUMENTACION Y CONTROLES ELECTRONICOS S.R.L. (IYCE S.R.L.) Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato, dando lugar a que este se resuelva, y por haber presentado documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta, causales tipificadas en los literales b) y f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 716-2008-TC-S3 de 10.03.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. ALMACENERA DEL NORTE de MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUELLES. Inhabilitacion por nueve

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