Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370989 de marzo, abril y mayo 2008; esto teniendo en cuenta la viabilidad de las Normas Legales. En igual medida, se agilicen las compras de productos para no tener inconvenientes en su distribución, de tal manera que los benefi ciarios sean atendidos de acuerdo a la normatividad vigente del Programa Vaso de Leche. Que, es el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, en adelante “TUOLCAE” y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, en adelante “RLCAE”: los instrumentos que contienen las normas básicas y los lineamientos a observar por las Entidades del Sector Público, siempre dentro de criterios de racionalidad y transparencia, a utilizarse en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, regulando las obligaciones de las partes así como los derechos que se derivan de los mismos. Que, considerando lo establecido en el artículo 5º del “TUOLCAE” cada Entidad establece la dependencia o dependencias responsables de planifi car los procesos de adquisiciones y contrataciones, señalando en su Manual de Organización y Funciones o dispositivo equivalente las actividades que competen a cada cargo, con la fi nalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes; correspondiéndole a la Ofi cina General de Administración y a su Unidad de Logística y Servicios Generales, en este caso la función de “Organizar, asesorar y controlar los procesos de selección de todos los órganos de la Municipalidad, conforme al Plan Anual de Adquisiciones”, coordinando previamente y de forma oportuna con cada una de las diferentes unidades orgánicas, respecto de sus necesidades y especifi caciones técnicas; pues sobre la base del requerimiento formulado por estas áreas, la Ofi cina de Logística y Servicios Generales defi nirá con precisión la cantidad y las características de los bienes, servicios y obras que se van a adquirir o contratar, los cuales deberán cumplir obligatoriamente con las normas técnicas, metrológicas y/o sanitarias nacionales si las hubiere. Por lo que, necesariamente, todo bien, servicios y obras deben estar previamente establecido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que elabora la Municipalidad. Que, conforme lo establece el inciso c del artículo 19º “TUOLCAE”, es posible la exoneración de los procesos de selección, como en el caso de la situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con el mismo ”TULCAE” y con su “RLCAE”; es decir, en aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; otorgándonos la facultad de adquirir o contratar los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. No obstante, es importante aclarar que esta facultad de exoneración por situación de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal. Que, es preciso aclarar que conforme lo establecido en el artículo 146º del “RLCAE”, la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; la cual de resultar procedente faculta a realizar la adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, a través de la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad; es decir, a través de la Unidad de Logística y Servicios Generales de la Ofi cina General de Administración; conforme a lo previsto en el Artículo 148º de dicho texto legal. Que, estando a las precisiones detalladas como se refi riera con Resolución de Alcaldía Nº 165-2008-A-MPC, se resolvió DECLARAR La Nulidad de Ofi cio de la LICITACIÓN PUBLICA Nº 003-2008-MPC “Adquisición de Productos Alimenticios Nacionales para el Programa Vaso de Leche”; disponiendo el Comité Especial para la Adquisición de Insumos para el Programa Vaso de Leche, tomando en cuenta las precisiones detalladas en el Pronunciamiento Nº 118-2008-DOP; proceda a convocar el presente proceso. Que, estos hechos conforme lo hace saber el área usuaria traerán consigo el Desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche.Que, para proceder a la Exoneración es preciso considerar el período de suministro de los productos requeridos, para tal efecto debe tenerse en cuenta que la adquisición de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo el consumo inmediato de dichos productos por parte de sus benefi ciarios, por lo que el período de suministro a ser cubierto a través de la exoneración no podrá considerar la atención de necesidades anteriores al período convocado. Que, con Informe Técnico Nº 079-2008-MSCD-ULySG- MPC, se hace saber que volver a convocar el proceso de selección Licitación Pública Nº 003-2008-MPC Segunda Convocatoria “Adquisición de Leche Fresca y Quinua Avena con Soya Fortifi cada con V itaminas y Minerales para el Programa Vaso de Leche” con un valor referencial de S/. 1’359,218.73 (Un Millón Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Doscientos Dieciocho y 73/100 Nuevos Soles), conllevaría a un tiempo de veintinueve (29) días hábiles entre la Convocatoria y el Consentimiento de la Buena Pro, sin contar que los postores pueden plantear el recurso impugnatorio de apelación, asimismo es necesario aclarar que la etapa de ejecución contractual llevaría un plazo de doce(12) días hábiles para la fi rma del contrato entregándose el producto de acuerdo a lo requerido en las bases administrativas, lo que nos estaría tomando un plazo de setenta (70) días naturales aproximadamente para la adquisición de los productos requeridos para el programa vaso de leche, esto implica un desabastecimiento en los meses de abril y mayo y junio; por lo que para no quedar desabastecidos el área usuaria ha requerido la compra de Leche fresca por la suma de S/. 130,800.00 (Ciento Treinta Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) por la cantidad de 120,000 Lt. y el producto de Hojuelas de Quinua Avena con Soya Fortifi cada con Vitaminas y Minerales por la Cantidad de 39,600 Kg. lo que constituye un valor referencial de S/. 207,900.00 (Doscientos Siete Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), por el período que dure el proceso de selección Licitación Pública Nº 003-2008-MPC Segunda Convocatoria “Adquisición de Leche Fresca y Quinua Avena para el Programa Vaso de Leche; adquisición que garantizaría el suministro de dichos produ ctos durante el período que dure el proceso de selección. Por lo que, contando con el Dictamen correspondiente emitido por la Comisión de Desarrollo Social, con el voto mayoritario de los Miembros del Concejo Municipal, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUOLCAE y el RLCAE. SE ACORDÓ:Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de DESABASTECIMIENT O INMINENTE la Adquisición de INSUMOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE por el período que dure el proceso de selección Licitación Pública Nº 003-2008-MPC - Segunda Convocatoria “Adquisición de Leche Fresca y Hojuelas de Quinua Avena con Soya Fortifi cada con Vitaminas y Minerales”. Artículo 2º.- EXONERAR, del proceso de selección correspondiente a la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, leche fresca y producto Hojuelas de Quinua Avena con Soya Fortifi cada con Vitaminas y Minerales, por el período que dure el proceso de selección, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 21º del TUOLCAE. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina General de Administración, en coordinación con el área usuaria se proceda a realizar adquisiciones directas hasta por el monto de S/. 130,800 (CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para adquirir 120,000 Lt de Leche Fresca y S/. 207,900.00 (DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la adquisición de 39,600 Kg de Hojuelas de Quinua Avena con Soya Fortifi cada con Vitaminas y Minerales, en tanto dure el proceso de selección para realizar la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda a fi n de determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados y que ha dado lugar a la presente declaratoria, en un plazo no mayor de 15 días calendario. Artículo 5º.- La Adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajamarca para el período que dure el proceso de selección, será en los siguientes términos: 5.1. Los Productos materia de exoneración para el suministro del Programa son:Descargado desde www.elperuano.com.pe