Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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de marzo, MORDAZA y MORDAZA 2008; esto teniendo en cuenta la viabilidad de las Normas Legales. En igual medida, se agilicen las compras de productos para no tener inconvenientes en su distribucion, de tal manera que los beneficiarios MORDAZA atendidos de acuerdo a la normatividad vigente del Programa Vaso de Leche. Que, es el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, en adelante "TUOLCAE" y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004PCM, en adelante "RLCAE": los instrumentos que contienen las normas basicas y los lineamientos a observar por las Entidades del Sector Publico, siempre dentro de criterios de racionalidad y transparencia, a utilizarse en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, regulando las obligaciones de las partes asi como los derechos que se derivan de los mismos. Que, considerando lo establecido en el articulo 5º del "TUOLCAE" cada Entidad establece la dependencia o dependencias responsables de planificar los procesos de adquisiciones y contrataciones, senalando en su Manual de Organizacion y Funciones o dispositivo equivalente las actividades que competen a cada cargo, con la finalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes; correspondiendole a la Oficina General de Administracion y a su Unidad de Logistica y Servicios Generales, en este caso la funcion de "Organizar, asesorar y controlar los procesos de seleccion de todos los organos de la Municipalidad, conforme al Plan Anual de Adquisiciones", coordinando previamente y de forma oportuna con cada una de las diferentes unidades organicas, respecto de sus necesidades y especificaciones tecnicas; pues sobre la base del requerimiento formulado por estas areas, la Oficina de Logistica y Servicios Generales definira con precision la cantidad y las caracteristicas de los bienes, servicios y obras que se van a adquirir o contratar, los cuales deberan cumplir obligatoriamente con las normas tecnicas, metrologicas y/o sanitarias nacionales si las hubiere. Por lo que, necesariamente, todo bien, servicios y obras deben estar previamente establecido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que elabora la Municipalidad. Que, conforme lo establece el inciso c del articulo 19º "TUOLCAE", es posible la exoneracion de los procesos de seleccion, como en el caso de la situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con el mismo "TULCAE" y con su "RLCAE"; es decir, en aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; otorgandonos la facultad de adquirir o contratar los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. No obstante, es importante aclarar que esta facultad de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Que, es preciso aclarar que conforme lo establecido en el articulo 146º del "RLCAE", la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; la cual de resultar procedente faculta a realizar la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, a traves de la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad; es decir, a traves de la Unidad de Logistica y Servicios Generales de la Oficina General de Administracion; conforme a lo previsto en el Articulo 148º de dicho texto legal. Que, estando a las precisiones detalladas como se refiriera con Resolucion de Alcaldia Nº 165-2008-A-MPC, se resolvio DECLARAR La Nulidad de Oficio de la LICITACION PUBLICA Nº 003-2008-MPC "Adquisicion de Productos Alimenticios Nacionales para el Programa Vaso de Leche"; disponiendo el Comite Especial para la Adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche, tomando en cuenta las precisiones detalladas en el Pronunciamiento Nº 118-2008-DOP; proceda a convocar el presente proceso. Que, estos hechos conforme lo hace saber el area usuaria traeran consigo el Desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche.

Que, para proceder a la Exoneracion es preciso considerar el periodo de suministro de los productos requeridos, para tal efecto debe tenerse en cuenta que la adquisicion de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo el consumo inmediato de dichos productos por parte de sus beneficiarios, por lo que el periodo de suministro a ser cubierto a traves de la exoneracion no podra considerar la atencion de necesidades anteriores al periodo convocado. Que, con Informe Tecnico Nº 079-2008-MSCD-ULySGMPC, se hace saber que volver a convocar el MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nº 003-2008-MPC MORDAZA Convocatoria "Adquisicion de Leche Fresca y Quinua MORDAZA con Soya Fortificada con Vitaminas y Minerales para el Programa Vaso de Leche" con un valor referencial de S/. 1'359,218.73 (Un Millon Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Doscientos Dieciocho y 73/100 Nuevos Soles), conllevaria a un tiempo de veintinueve (29) dias habiles entre la Convocatoria y el Consentimiento de la Buena Pro, sin contar que los postores pueden plantear el recurso impugnatorio de apelacion, asimismo es necesario aclarar que la etapa de ejecucion contractual llevaria un plazo de doce(12) dias habiles para la firma del contrato entregandose el producto de acuerdo a lo requerido en las bases administrativas, lo que nos estaria tomando un plazo de setenta (70) dias naturales aproximadamente para la adquisicion de los productos requeridos para el programa vaso de leche, esto implica un desabastecimiento en los meses de MORDAZA y MORDAZA y junio; por lo que para no quedar desabastecidos el area usuaria ha requerido la compra de Leche fresca por la suma de S/. 130,800.00 (Ciento Treinta Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) por la cantidad de 120,000 Lt. y el producto de Hojuelas de Quinua MORDAZA con Soya Fortificada con Vitaminas y Minerales por la Cantidad de 39,600 Kg. lo que constituye un valor referencial de S/. 207,900.00 (Doscientos Siete Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nº 003-2008-MPC MORDAZA Convocatoria "Adquisicion de Leche Fresca y Quinua MORDAZA para el Programa Vaso de Leche; adquisicion que garantizaria el suministro de dichos productos durante el periodo que dure el MORDAZA de seleccion. Por lo que, contando con el Dictamen correspondiente emitido por la Comision de Desarrollo Social, con el MORDAZA mayoritario de los Miembros del Concejo Municipal, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUOLCAE y el RLCAE. SE ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE la Adquisicion de INSUMOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nº 003-2008-MPC - MORDAZA Convocatoria "Adquisicion de Leche Fresca y Hojuelas de Quinua MORDAZA con Soya Fortificada con Vitaminas y Minerales". Articulo 2º.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion correspondiente a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, leche fresca y producto Hojuelas de Quinua MORDAZA con Soya Fortificada con Vitaminas y Minerales, por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 21º del TUOLCAE. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina General de Administracion, en coordinacion con el area usuaria se proceda a realizar adquisiciones directas hasta por el monto de S/. 130,800 (CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para adquirir 120,000 Lt de Leche Fresca y S/. 207,900.00 (DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la adquisicion de 39,600 Kg de Hojuelas de Quinua MORDAZA con Soya Fortificada con Vitaminas y Minerales, en tanto dure el MORDAZA de seleccion para realizar la Licitacion Publica Nº 003-2008-MPC. Articulo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda a fin de determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados y que ha dado lugar a la presente declaratoria, en un plazo no mayor de 15 dias calendario. Articulo 5º.- La Adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA para el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, sera en los siguientes terminos: 5.1. Los Productos materia de exoneracion para el suministro del Programa son:

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