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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370988 Que, mediante Resolución Gerencial Nº 013 y 016- 2008-GM/MVES, de fechas 21.02.2008 y 26.02.2008 respectivamente, se dispuso la conformación de la Mesa de Trabajo con los representantes legalmente reconocidos e involucrados como parte de la ejecución operativa de la Ordenanza Municipal Nº 164-MVES; a la actualidad dicha mesa de trabajo viene sosteniendo reuniones de trabajo permanente de manera participativa y tomando acuerdos de manera concertada con los dirigentes legalmente reconocidos y designados por sus bases; que en esta medida han elaborado un cronograma y agenda de los cuales oportunamente informaran al Concejo Municipal, a fi n de que se adopten las medidas y acciones correspondientes de ser el caso; Que, en estos últimos días, los señores: Elmer Huallpa, Manuel Arenas, Alberto Delgado y otros supuestos dirigentes de los comerciantes antes mencionado, han tramitado varios documentos ante nuestra corporación municipal, todos careciendo de fundamento técnico y legal, además irrogándose cargos representativos de organizaciones que legalmente no existen, con el único afán de impedir la acción de formalización que la Municipalidad ha dispuesto; Estando a lo establecido, en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 2 del Art.9º, así como el Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO:Artículo 1º.- RECHAZAR todas las expresiones en su forma y extremos manifestados en los documentos administrativos señalados en la parte expositiva, por considerarlos calumniosas, agraviantes y atentatorios al orden, paz y la tranquilidad pública, así como condenar los actos de chantaje en contra de los dispositivos municipales aprobados por el Concejo Municipal de Villa El Salvador. Artículo 2º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 164-MVES, así como también brindar total respaldo a la Mesa de Trabajo, cuyos miembros en forma participativa y consensuadamente vienen avanzando en la agenda y cronograma que han establecido, de sus actos que oportunamente informaran al Concejo Municipal, a fi n de que adopte las medidas que sean necesarias. Artículo 3º.- EXHORTAR y ofi ciar a la Policía Nacional del Perú y a la Fiscalía de Prevención de Delitos, en salvaguarda de las amenazas, extorsiones y chantajes manifestados por los dirigentes indicados, hacia las autoridades y funcionarios municipales así como también de los propios comerciantes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 189921-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 109-2008-CMPC Cajamarca, 17 de abril de 2008 EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de abril del 2008, el Dictamen Nº 04-2008-CDS-MPC de la Comisión de Desarrollo Social; Informe Nº 0220-2008-GDS-MPC, el Informe Técnico Nº 079-2008-MSCD-ULySG-MPC; Informe Nº 282-2008-ULySG-OGA-MPC, Memorando Nº 225-2008-OGA-MPC; Informe Nº 0151-2008-OAJ-MPC, 183-2008-MSCD-ULySG-MPC, Informe Legal Nº 457-2007-OAJ-MPC, y los anexos contenidos en el Expediente Administrativo a través del que solicita la Exoneración de los Procesos de Selección para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, por desabastecimiento inminente; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo previsto en el Artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades es función específi ca exclusiva de las municipalidades provinciales en materia de programas sociales la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población; Que, conforme se hace saber mediante Informe Nº 0220-2008-GDS-MPC, emitido por el Gerente de Desarrollo Social, con fecha 9 de noviembre del año 2007, el Comité de Administración ratifi có la aprobación del producto Leche Fresca para la zona urbana y quinua avena en hojuelas, azúcar rubia, como alimento complementario para la zona rural, producto que hace 4 años se venía dando a las organizaciones de base de la zona rural; en tal razón, con fecha 22 de noviembre del 2007, a través de los Informes Nº 479-2007-SGBSyPA-GDS-MPC, Nº 112-2007-CPVL-SGBSyPA-GDS-MPC del 19 de noviembre del 2007 y Nº 575-2007-GDS-MPC, se solicita la compra de quinua avena, leche fresca y azúcar rubia para el año 2008. Que, luego del requerimiento respectivo para la compra de estos alimentos, quedo bajo el Área correspondiente de Compras la tramitación respectiva a través de Licitación Pública, por lo que con fecha 7 de abril del 2008, recibieron el Informe Nº 234-2008-SECTEC-MPC en que se les indica que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), se ha pronunciado respecto a las observaciones a las bases administrativa, en la cual les adjuntan una copia del mismo, con la fi nalidad de que se adopten las acciones correctivas correspondientes, a fi n de volver a convocar el proceso respectivo. Por lo que, en mérito al Pronunciamiento Nº 118-2008- DOP, que en la página 02, producto de las observaciones formuladas por los participantes Global INDUSTRIAS Y SERVICIOS DEL PERU S.A.C., y DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA OLVERA S.A.C., contra las Bases de Licitación Pública Nº 003-2008-MPC, se pronuncia por la “Nulidad del Proceso”; básicamente porque el producto no se encuentra dentro de los “valores nutricionales mínimos de la ración del Programa Vaso de Leche”, según Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/PM, con fecha 8 de abril del 2008, resolviéndose con Resolución de Alcaldía Nº 165-2008-A-MPC DECLARAR la Nulidad de Ofi cio de la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC “Adquisición de Productos Alimenticios Nacionales para el Programa Vaso de Leche”; DISPONIENDO que el Comité Especial para la Adquisición de Insumos para el Programa Vaso de Leche, tomando en cuenta las precisiones detalladas en el Pronunciamiento Nº 118-2008-DOP, proceda a convocar el presente proceso. Que, frente a estos hechos el Gerente de Desarrollo Social manifi esta que inmediatamente hizo coordinaciones con Secretaría Técnica, Logística y el Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, con la fi nalidad de dar soluciones concretas, llegándose a determinar que el nuevo proceso duraría entre 30 a 45 días, lo cual generará desabastecimiento de productos; por lo que, analizado por el Comité de Administración, el Pronunciamiento Nº 118-2008-DOP, luego de una interpretación sobre la nulidad del proceso se decidió por unanimidad y a sugerencias del Representante de Salud cambiar el producto, el mismo que se denomina “HOJUELAS DE QUINUA AVENA CON SOYA FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES”; así como de Leche fresca; porque tomando en cuenta los hechos detallados y a fi n de evitar el desabastecimiento en los programas, es necesario que en forma urgente se realicen compras directas: Leche fresca desde el 23 de abril hasta el 21 de junio y hojuelas de quinua avena en soya fortifi cada con vitaminas y minerales, por los meses Descargado desde www.elperuano.com.pe