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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (23/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371146 Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORIPresidente Regional 192076-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 145-2008/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modifi cada por la Ley N° 27902, en su Artículo 12° establece que el órgano ejecutivo del Gobierno Regional se organiza en Gerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por una Gerencia General Regional, complementada con los Órganos de Línea, Apoyo, Asesoramiento y Control, que establece el reglamento correspondiente, conforme lo determine cada Gobierno Regional; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 modifi cada por la Ley N° 27902, establece en su Artículo 38° que el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM de fecha 26 de julio de 2006, se aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública.; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0738-2004/GRP-PR de fecha 6 de septiembre de 2004, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR con fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano 10 de septiembre del 2006, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura, que es un documento de gestión institucional, que fi ja y regula la estructura orgánica y funciones de los órganos del Gobierno Regional Piura, hasta el tercer nivel organizacional; y comprende además la naturaleza, fi nalidad, objetivos y funciones generales, las relaciones interinstitucionales, régimen laboral y económico, disposiciones complementarias y transitorias, y el organigrama estructural; Que, Mediante Ordenanza Regional N° 140-2007/GRP- CR de fecha de publicación en el Diario ofi cial El Peruano 6 de enero de 2008, se Declara en Reestructuración el Pliego Gobierno Regional Piura, y mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 007-2008/GRP-PR de fecha 10 de enero de 2008, se conforma una Comisión Especial que formule el proceso de Reestructuración Orgánica del Pliego Gobierno Regional Piura, en un plazo no mayor de noventa (90) días; Que, mediante Memorando N° 006-2008/GRP-420030- DR de fecha 7 de enero de 2008, el Director Regional de Energía y Minas, comunica al Gerente General del Gobierno Regional, que en el mes de noviembre de 2007 el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET remitió a la citada Dirección Regional un promedio de 21 expedientes administrativos pendientes de resolver, en defi nitiva esto en razón a la transferencia de funciones que mediante Ley N° 27867, donde dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, el asumir funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59° de la referida Ley; Que, de acuerdo a lo indicado en el párrafo precedente, la Dirección Regional debe emitir las respectivas Resoluciones de otorgamiento de concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, y al no estar esto contemplado en los documentos de gestión de la mencionada Dirección Regional, se hace necesario incluir la función f) del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas, la misma que debe ser aprobada a la brevedad posible; dado que el proceso de Reestructuración del Gobierno Regional Piura, de acuerdo a lo indicado en la Ordenanza Regional que declara en Reestructuración el Pliego del Gobierno Regional, y Resolución Ejecutiva Regional donde conforma Comisión Especial que llevará a cabo el proceso de reestructuración del Pliego Gobierno Regional Piura, se encuentran en proceso de implementación; Que, con Informe N° 022-2008/GRP-410300 de fecha de 8 febrero de 2008, Informe N° 031-2008/GOG.REG.PIURA-410300 de fecha 26 de febrero del 2008 e Informe N° 035-2008/GRP-410300 de fecha de 27 febrero de 2008 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe N° 477-2008/GRP-400000 de fecha 8 de febrero del 2008 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, y Memorando N° 477-2008-400000 de fecha 15 de marzo del 2008 de la Gerencia General Regional, concluyen y recomiendan, que es procedente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 03, de fecha 26 de marzo del 2008, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; HA DADO LA ORDENANZA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES -ROF - DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones_ ROF_ de la Dirección Regional de Energía y Minas, que consta de cinco (5) Títulos, seis (6) Capítulos, veintiún (21) Artículos y el Organigrama que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 0738 –2004/GRP-PR de fecha 6 de septiembre de 2004. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Descargado desde www.elperuano.com.pe