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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371351 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2008- PCM, publicado el 28.FEB.2008, se declara en estado de emergencia por desastre natural a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 020- 2008-PCM publicado el 13.MAR.2008, se declara en estado de emergencia por desastre natural a los departamentos de Huánuco y Amazonas, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas; Que, por las razones expuestas en el Informe Técnico de vistos, la Dirección Nacional de Logística del INDECI ha ejecutado las acciones necesarias para la adquisición de bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte por un monto ascendente a S/. 88,575.00 (Ochenta y ocho mil quinientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles), destinados a la atención de la situación de emergencia producida por precipitaciones pluviales en los departamentos de Piura, Lambayeque y Amazonas, siendo necesario proceder a regularizar las adquisiciones y la contratación mencionada, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que defi ne la situación de emergencia, como causal de exoneración de un proceso de selección; Que, asimismo, conforme señala la Dirección Nacional de Logística en el Informe Técnico de vistos, las adquisiciones de los bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga no son defi nitivas debido a que los mencionados bienes y servicios van a ser requeridos en función a la evaluación de daños, y fi nalmente a los requerimientos de ayuda humanitaria coordinados con la Dirección Nacional de Operaciones y con las Direcciones Regionales de Defensa Civil de Piura, Lambayeque y Amazonas; Que, además, el inciso c) del artículo 19º de la Ley, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y normas modifi catorias, en adelante el Reglamento, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 014-2008-INDECI de fecha 16.ENE.2008, y sus modifi catorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI, para el Año Fiscal 2008; Que, en consecuencia, en aplicación de las normas legales mencionadas se verifica que las adquisiciones de los bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, destinados a la atención de la emergencia en mención deben incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Año Fiscal 2008; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar los compromisos adquiridos para las adquisiciones de bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, destinados a atender la situación de emergencia señalada, la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la exoneración a fi n de regularizar los procesos de selección correspondientes, para lo cual se cuenta con los Informes de Disponibilidad Presupuestal de vistos;Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de vistos, procede la regularización de las adquisiciones de los bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, destinados a la atención de la emergencia mencionada, considerando un monto ascendente de S/.88,575.00 (Ochenta y ocho mil quinientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, y sus modifi catorias, respectivamente; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y complementarias, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Unidad de Abastecimiento, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI para el Año Fiscal 2008 a fi n de incluir las adquisiciones de los bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga destinados para la atención de las emergencias, como consecuencia de las precipitaciones pluviales ocurridas en los departamentos de Piura, Lambayeque y Amazonas, según Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de (1) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de las adquisiciones de los bienes de ayuda humanitaria y la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, destinados a la atención de las emergencias originadas en las precipitaciones pluviales ocurridas en los departamentos de Piura, Lambayeque y Amazonas, por un monto ascendente a S/.88,575.00 (Ochenta y ocho mil quinientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles); cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; adquisiciones y contratación, que se realizaron contando con los Informes de Disponibilidad Presupuestal de Vistos, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, que fueron realizadas por la Dirección Nacional de Logística. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, a la Dirección Nacional de Logística, al Organo de Control Institucional, a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa CivilDescargado desde www.elperuano.com.pe