Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371355 junto con los informes Nº 0198-2008-GART y Nº 0203- 2008-GART, en la página web del OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN 193008-1 Aprueban Factores de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de diversos sistemas de distribución eléctrica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 361-2008-OS/CD Lima, 24 de abril de 2008VISTOS:El Informe Técnico Nº 200-2008-GART y el Informe Legal Nº 217-2008-GART elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Resolución OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, las ventas de potencia de los sistemas eléctricos mayores a 12 MW de demanda máxima, deberán de ajustarse anualmente de conformidad con el Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (en adelante FBP), con el fi n de evitar sobre-venta o sub-venta de potencia de punta, de forma tal que exista igualdad entre la potencia ingresada menos las pérdidas efi cientes y la efectiva potencia de punta vendida; Que, asimismo, quedó establecido que para cada sistema de distribución eléctrica se determinará anualmente el FBP que afectará los correspondientes valores agregados de distribución, debiendo las empresas presentar la información sustentatoria de acuerdo a los procedimientos, formatos y medios que se establezcan; Que, mediante Resolución OSINERG Nº 555-2002- OS/CD, se aprobó el documento denominado “Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP)”, de donde se desprende que el FBP se calculará con la información correspondiente al período anual anterior (enero-diciembre), debiendo tener vigencia a partir del 01 de mayo de cada año; Que, mediante Resolución OSINERG Nº 087-2006- OS/CD, se aprobaron modifi caciones al “Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)”; Que, cumpliendo con lo establecido en las resoluciones mencionadas anteriormente, las empresas de distribución eléctrica han proporcionado la información correspondiente, habiendo OSINERGMIN efectuado las observaciones y los cálculos correspondientes a cada una de las empresas de distribución eléctrica cuyos sistemas de distribución eléctrica tienen una demanda máxima mayor a 12 MW; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 173- 2007 OS/CD se aprobó el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y al VADBT de diversos sistemas de distribución eléctrica para el período mayo 2007 - abril 2008, siendo por lo tanto necesario la aprobación del FBP para el período mayo 2008 - abril 2009; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT del sistema de distribución eléctrica Lima Norte perteneciente a la empresa de distribución eléctrica Edelnor vigente desde el 01 de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2009. Empresa Sistema FBP Edelnor Lima Norte FBP MT 0,9611 FBP BT 0,9762 Artículo 2º.- Aprobar el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas de distribución eléctrica con demanda máxima mayor a 12 MW vigente desde el 01 de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2009. Empresa Sistema FBP Edelnor Huaral-Chancay Huacho 0,9905 Supe-BarrancaElectrocentro Huancayo 0,9172Electronorte Chiclayo 0,8837 Chiclayo Baja Densidad Hidrandina Trujillo Chimbote 0,9951 Caraz-Carhuaz-HuarazElectronoroeste Piura Sullana-El Arenal-Paita 1,0493 TumbesElectro Oriente Iquitos 0,8770 Tarapoto-MoyobambaElectrosur Tacna 0,8739 Electro Sur Este Cusco 0,8680Electro Sur Medio Ica Pisco 1,0085 ChinchaElectro Ucayali Pucallpa 0,9111Luz del Sur Lima Sur 0,9350 Seal Arequipa 0,9128Electro Puno Juliaca 0,9871 Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 200-2008-GART y Nº 217-2008-GART, en la página web del OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN 193009-1 Aprueban Factores de Ponderación del Precio de la Energía por empresa de distribución eléctrica, aplicables para el cálculo del cargo de energía de diversas opciones tarifarias RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 362-2008-OS/CD Lima, 24 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe