Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

PROYECTO
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ANEXO
6. VIGENCIA

377609

PROYECTO DE PROCEDIMIENTO TECNICO COES "COMPENSACION Y ASIGNACION DE COSTOS DE OPERACION DE LAS UNIDADES QUE OPERAN POR CONGESTION DE INSTALACIONES DE TRANSMISION DEL SEIN"
PROCEDIMIENTO TECNICO DEL COMITE COESDE OPERACION ECONOMICA DEL PR ­ Transitorio SINAC SISTEMA COMPENSACION Y ASIGNACION DE COSTOS DE OPERACION DE LAS UNIDADES DE GENERACION QUE OPERAN POR CONGESTION DE INSTALACIONES DE TRANSMISION DEL MORDAZA

El presente Procedimiento Tecnico regira desde la fecha de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2010, de acuerdo con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 046-2007 y las normas que lo modifiquen o sustituyan. 7. APROBACION COMPENSACIONES DEL CALCULO DE LAS

Por la Direccion de Operaciones del COES. 8. CALCULO DE LAS COMPENSACIONES. Las unidades de generacion que operaron por congestion, no seran consideradas para la determinacion de los costos marginales del MORDAZA y el MORDAZA de calculo de su compensacion sera el siguiente: 8.1 Se identifica a las unidades que operaron fuera de orden de merito- por consideraciones de congestion de instalaciones de transmision, de acuerdo al siguiente proceso: a) La Division de Programacion y Coordinacion del COES establece las unidades que operaran fuera de orden de merito de costos variables por consideraciones de congestion de instalaciones de transmision, teniendo en cuenta la capacidad de dichas instalaciones, lo cual es comunicado a los Integrantes mediante los informes de programacion semanal, diaria y reprogramacion diaria. Los Integrantes, de ser el caso, comunican sus observaciones para su atencion dentro de los plazos establecidos por los procedimientos. b) El Coordinador del COES coordina la operacion en tiempo real de las unidades que operan en el sistema, incluyendo las que operan fuera de orden de merito de costos variables por consideraciones de congestion, los resultados de la operacion son comunicados a los Integrantes mediante el Informe Diario de evaluacion de la operacion del Coordinador de la Operacion del Sistema (IDCOS). c) En la evaluacion post operativa, la Division de Evaluacion verifica la distorsion del despacho economico por consideraciones de congestion. Para ello identifica a las unidades del area importadora que fueron operadas con este fin. Mediante el Informe de Evaluacion de Horas Operacion de las Unidades Generadoras del MORDAZA, informa a los Integrantes del COES los periodos en que las unidades operaron fuera de orden de merito de costos variables por consideraciones de congestion. El Comite de Trabajo para la Evaluacion y Supervision de la Calidad de la Operacion del MORDAZA (CT-EVC) analiza, entre otros, esta informacion y emite sus observaciones y recomendaciones. 8.2 Se determina el Costo de Combustible de ArranqueParada y de Baja Eficiencia en las rampas de CargaDescarga cuando corresponda. Las compensaciones por este concepto se realizaran segun lo establecido en el numeral 9.2.1 del Procedimiento N° 33 "Reconocimiento de Costos Eficientes de Operacion de las Centrales Termoelectricas del COES", aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 516-2005-MEM/DM. 8.3 Se determina el sobrecosto de operacion de las unidades de generacion identificadas conforme lo indicado en el numeral 8.1. La compensacion por operacion de unidades de generacion por congestion de instalaciones de transmision se determina cada 15 minutos segun la siguiente expresion:

Aprobado segun Resolucion OSINERGMIN N° XXXX -2008-OS/CD, publicada el XX de agosto de 2008.
1. OBJETIVO

El objetivo del presente procedimiento es determinar la compensacion y asignacion de costos de operacion incurridos por las unidades de generacion, que fueron despachadas fuera del orden de merito de costos variables, por consideraciones de congestion de instalaciones de transmision del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) conforme a lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 046-20071 2. BASE LEGAL 2.1 Decreto de Urgencia N° 046-2007, Medidas Extraordinarias por Congestion en el Sistema Electrico Interconectado Nacional. 2.2 Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica. 2.3 Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas. 2.4 Decreto Supremo 009-93-EM, Reglamento de Ley de Concesiones Electricas. 3. DEFINICIONES Y NOMENCLATURA Para efectos del presente Procedimiento Tecnico, se utilizaran las siguientes definiciones: 3.1 Retiro: Definicion establecida en el Glosario de Abreviaturas y Definiciones utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 143-2001-EM/VME. 3.2 Retiro Neto Positivo: Sumatoria de los Retiros de energia correspondientes a los compromisos de suministro que tiene cada Empresa Integrante en las barras del subsistema electrico afectado por la congestion evaluada cada 15 minutos. Otras definiciones utilizadas en el presente Procedimiento, estan precisadas en el Glosario de Abreviaturas y Definiciones utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES. 4. RESPONSABILIDADES 4.1. La Division de Programacion y Coordinacion y la Division de Evaluacion del COES, tienen las responsabilidades previstas en el numeral 8.1 del presente procedimiento. 4.2. La Division de Transferencias del COES es responsable de: 4.2.1 Calcular los montos de las compensaciones para las unidades que operaron fuera del orden de merito de costos variables debido a la congestion de instalaciones de transmision del SEIN. 4.2.2 Asignar el pago del monto de las compensaciones determinadas en el numeral 4.2.1 a los generadores integrantes del COES. 4.2.3 Presentar los resultados obtenidos en los numerales 4.2.1 y 4.2.2 como parte del informe mensual de Valorizacion de Transferencias de Energia Activa. 5. PERIODICIDAD COMPENSACIONES Mensual. DEL CALCULO DE LAS

COCTi q

Eiq

CVi

Cmg q

fpiq

COCT i q Compensacion por operacion de la unidad de

generacion "i" por congestion de instalaciones de transmision en el periodo q.

q
Eiq

Periodo de 15 minutos en el que opero la unidad de generacion "i" por congestion. Energia inyectada en bornes de generacion por la unidad de generacion "i" en cada periodo "q" (kW. h).

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