TEXTO PAGINA: 34
El Peruano Lima, martes 5 de agosto de 2008 377608 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 578-2008-OS/CD Lima, 4 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 046-2007, publicado el 25 de noviembre de 2007, se dictaron medidas extraordinarias por congestión en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional. En el primer párrafo del Artículo 1° del citado Decreto, se dispuso que, cuando por consideraciones de congestión de instalaciones de transmisión, el COES deba despachar unidades de generación fuera del orden de mérito de costos variables, tomando en cuenta los criterios de optimización en la operación del SEIN, los costos variables de dichas unidades no serán considerados para la determinación de costos marginales del SEIN; Que, en el mencionado Artículo 1°, se establece también que los sobrecostos en que incurran los titulares de dichas unidades serán compensados conforme a lo establecido en el Procedimiento Técnico que, para estos efectos, apruebe OSINERGMIN a propuesta del COES, asignando el pago de tales sobrecostos a los Generadores que realicen retiros netos positivos de energía durante el período de congestión en las barras del subsistema eléctrico afectado por dicha congestión. Tal asignación se efectuará en proporción a dichos retiros netos positivos; Que, en la Disposición Transitoria Única del Decreto de Urgencia N° 046-2007, se dispuso que, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde su publicación, el COES elaborará y presentará, para aprobación del OSINERGMIN, el Procedimiento Técnico a que se refi ere el citado Artículo 1°; Que, con fecha 10 de enero del presente, el COES presentó su propuesta Procedimiento Técnico COES “Compensación y Asignación de Costos de Operación de las Unidades que Operan por Congestión de Instalaciones de Transmisión del SEIN” (en adelante “Procedimiento de Compensación”); Que, OSINERGMIN, facultado por el numeral 5.3 del Artículo 5° del Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, realizó sucesivas observaciones a la citada propuesta del COES, mediante Ofi cios N° 0235-2008-GART, N° 0530-2008-GART y N° 0610-2008-GART. Dichas observaciones fueron respondidas por el COES mediante las cartas COES-SINAC/D-640-2008, COES-SINAC/D-895-2008 y COES-SINAC/D-1038-2008, respectivamente; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 476-2008- OS/CD, publicada el 28 de junio de 2008, se aprobó la Norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”. El Artículo 8° de la citada norma dispone que OSINERGMIN deberá publicar un Comunicado en el Diario Ofi cial El Peruano, haciendo público el inicio de un procedimiento de aprobación de un Procedimiento Técnico, y señalando un plazo para la presentación de opiniones y sugerencias, en cuyo caso el OSINERGMIN deberá analizarlas y, de considerarlo procedente, incorporarlas dentro de sus observaciones al COES; Que, no se ha efectuado la publicación del mencionado Comunicado en el Diario Ofi cial El Peruano, debido a que cuando se inició el procedimiento de aprobación del Procedimiento Técnico COES “Compensación y Asignación de Costos de Operación de las Unidades que Operan por Congestión de Instalaciones de Transmisión del SEIN”, no existía la norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” que dispusiera dicha publicación, toda vez que esta Guía se expidió 5 meses después del inicio de dicho procedimiento; Que, en consecuencia, teniendo en cuenta que el proyecto de Procedimiento de Compensación fue presentado meses antes de la aprobación de la norma citada en el considerando precedente, es necesario que en cumplimiento del principio de transparencia previsto en el Artículo 8° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, se prepublique en esta oportunidad el proyecto de Procedimiento Técnico COES “Compensación y Asignación de Costos de Operación de las Unidades que Operan por Congestión de Instalaciones de Transmisión del SEIN”, a efectos de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados que, hasta la fecha, no han intervenido en el procedimiento; Que, cabe aclarar que, la participación de los interesados en los futuros procedimientos de aprobación de Procedimientos Técnicos, se regirá por el Artículo 8° de la Norma “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”; Que, se han emitido los Informes N° 0337-2008-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y N° 0336-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento el Comité de Operación Económica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM y en el Decreto de Urgencia N° 046-2007. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de Procedimiento Técnico COES “Compensación y Asignación de Costos de Operación de las Unidades que Operan por Congestión de Instalaciones de Transmisión del SEIN”, conjuntamente con su exposición de motivos, que en Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados remitan por escrito a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima, sus comentarios y sugerencias a la publicación a que se refi ere el Artículo 1°. Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: procedimientoscoes@osinerg.gob.pe . Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, la recepción y análisis de los comentarios que se presenten respecto al proyecto de norma; así como, la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERGMIN. ALFREDO DAMMER T LIRA Presidente del Consejo DirectivoOsinergminORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Prepublicación del proyecto de procedimiento Técnico COES “Compensación y Asignación de Costos de Operación de las Unidades que Operan por Congestión de Instalaciones de Transmisión del SEIN” y su exposición de motivosPROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe