Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

377598
NRO MORDAZA 5 CODI_ERROR 6 NUME_SERIE 7 8 DESC_ADVER NUME_ITEM

NORMAS LEGALES
MORDAZA TAMANO DESCRIPCION CARACTER 4 CODIGO DE ERROR CARACTER 4 NUMERO DE SERIE DESCRIPCION DE ERRORES Y/O CARACTER 100 ADVERTENCIAS CARACTER 4 NO APLICA

El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

Estructura del RESCTR01 - Arch. de Respuesta de Control NRO MORDAZA 1 AGENTE 2 3 4 5 233794-1 FECHA MORDAZA NUM_OK MORDAZA TAMANO DESCRIPCION CARACTER 4 CODIGO DEL OPERADOR FECHA 8 FECHA DE RESPUESTA NOMBRE DE LA MORDAZA CANTIDAD DE ORDENES BUENAS CANTIDAD DE ERRORES CARACTER 16 NUMERICO 6,0

NUM_MAL NUMERICO 6,0

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Modifican el Reglamento del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 010
Callao, 4 de agosto de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesion de 4 de agosto de 2008, aprobo la siguiente:

por las horas destinadas a estas actividades y la buena preparacion educativa, intelectual y etica de los alumnos de esas mismas escuelas. Igualmente, se podra destinar hasta el 20% del Fondo Educativo para obras de infraestructura y para equipamiento de escuelas publicas, con enfasis en desarrollo informatico e internet, lo cual justifica la creacion de un aparato administrativo en el cual se contemple la existencia de una Unidad de Medicion y Evaluacion de la Calidad Educativa; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2003CR/RC se aprobo el Reglamento del mencionado Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao; Que, resulta necesario modificar diversos articulos de dicha MORDAZA para una correcta gestion de dicho Fondo y una mejor aplicacion del mismo en la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha emitido la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL
Articulo 1º.- Modifiquense los articulos 12º, 14º y 20º de la Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR/RC, por la que se aprueba el Reglamento del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao, con el siguiente texto: "Articulo 12º.- Funciones del Presidente Son funciones del Presidente: a. Presentar al Consejo de Administracion: el Presupuesto Institucional, el Balance General, los Estados Financieros y la Memoria Anual. b. Convocar y presidir las Sesiones del Consejo de Administracion c. Designar al Gerente del Fondo d. Expedir Resoluciones y ejercer las demas facultades que MORDAZA necesarias para la buena marcha del CAFED CALLAO e. Proponer el Plan de Gestion del CAFED CALLAO f. Ejercer otras funciones que resulten indispensables para el funcionamiento eficaz y eficiente del CAFED CALLAO Articulo 14º.- Funciones del Gerente del Fondo Son funciones del Gerente del Fondo: a. Dirigir, coordinar y controlar las actividades del CAFED CALLAO, controlando a las unidades de Administracion y de Medicion y Evaluacion de la Calidad Educativa b. Proponer al Presidente del Consejo de Administracion la organizacion administrativa del CAFED CALLAO, asi como las modificaciones a que hubiere lugar c. Informar periodicamente al Presidente del Fondo, sobre la marcha de la Institucion y el cumplimiento de sus acuerdos

ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL FONDO EDUCATIVO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
CONSIDERANDO: Que, mediante lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783 y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 35º, literal m) de la Ley de Bases de la Descentralizacion, corresponde a los Gobiernos Regionales dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad; y que el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante el articulo 3º de la Ley Nº 27613, se establece, entre otros aspectos, que el 10% del monto percibido por el Consejo Transitorio de Administracion Regional del Callao, como Participacion en Rentas de Aduanas (PRA), se destinara a la creacion de un Fondo Educativo con la finalidad de sufragar los costos de los programas destinados a la Provincia Constitucional del Callao, a elevar la calidad academica y pedagogica de los profesores del Sector Publico a traves de reentrenamiento y actualizacion permanente, otorgandose un incentivo

Descargado desde www.elperuano.com.pe

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.