Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

del 2003, mediante la cual se constituyen las Juntas Vecinales en el distrito, por el siguiente texto: "Las Juntas Directivas de las Juntas Vecinales, estan constituidas por un minimo de cinco (05) miembros: Un Presidente, Un Vicepresidente, Una Secretaria, Un Secretario de Organizacion y Un Vocal, los mismos que son elegidos democraticamente por el sistema de lista completa por el periodo MORDAZA de dos (02) anos". Articulo Tercero.- Deroguese toda aquella MORDAZA que se oponga al presente Reglamento. Articulo Cuarto.-La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La zonificacion de la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA y el Cronograma Electoral forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Sistemas la incorporacion del presente Reglamento a la pagina web de la Municipalidad de La Victoria. Articulo Septimo.- Encargar a la Sub Gerencia de Imagen y Comunicacion Social la difusion del presente Reglamento. Articulo Octavo.- Solicitar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE su asistencia tecnica en el MORDAZA electoral. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA REGLAMENTO PARA ELECCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE LA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO DE LA ORDENANZA Articulo 1°.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto regular, desarrollar, supervisar y controlar el MORDAZA electoral para la eleccion de los Delegados de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de la Victoria. CAPITULO II DE LA BASE LEGAL Articulo 2°.- Base Legal Para efectos de la presente ordenanza, se tiene como sustento legal lo siguiente: 1. Constitucion Politica del Peru 2. Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades 3. Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralizacion 4. Ley Nº 26300-Ley de los Derechos de Participacion y Control de Ciudadanos 5. Ley Nº 26859-Ley Organica de Elecciones 6. Ley Nº 26864-Ley de Elecciones Municipales ­ 7. Ordenanza Nº 191-1999-MLM, modificada por Ordenanza Nº 240-1999-MLM 8. Ordenanza Nº 007-2003/MDLV TITULO II PARTICIPACION, DELIMITACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I PARTICIPACION Y DELIMITACION DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Articulo 3°.- Definicion de las Juntas Vecinales Comunales La Juntas Vecinales Comunales son agrupaciones sociales que se constituyen como mecanismos que fomentan la participacion vecinal efectiva en el distrito

de La MORDAZA y estan conformadas por los vecinos representantes de las Organizaciones Sociales que cuentan con reconocimiento municipal, agrupados en cuarentitres (43) zonas, delimitados geograficamente segun Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 4°.- Numero de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales Cada Junta Vecinal Comunal sera representada por cinco (05) vecinos, elegidos democraticamente por los residentes de cada MORDAZA del distrito, por el periodo de dos (02) anos, quienes tendran los cargos de: 1. Presidente 2. Vicepresidente 3. Secretaria 4. Secretario de Organizacion 5. Vocal

En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Presidente, suplira el Vicepresidente. Articulo 5°.- Ausencia, Impedimento o Revocatoria En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Vicepresidente, la Municipalidad convocara a una Asamblea General de Vecinos en donde se elegira al MORDAZA delegado. CAPITULO II FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Articulo 6°.- Funciones Son funciones de la Junta Vecinal Comunal:

1. Difundir las medidas de seguridad dictadas por la Direccion de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad, en coordinacion con esta dependencia. 2. Elegir y acreditar a sus representantes como "Vecinos Vigilantes". 3. Canalizar la accion supervisora de los vecinos de su MORDAZA respecto de la prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de las normas municipales y la ejecucion de obras publicas y privadas, al MORDAZA de lo establecido en el Articulo 116° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. 4. Canalizar las quejas de los vecinos de su MORDAZA respecto de la prestacion de servicios publicos locales y la gestion municipal. 5. Promover la participacion activa del vecindario en las facultades que le concede la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. 6. Fomentar el desarrollo de actividades deportivas y de recreacion publica en su MORDAZA como una forma de promover la integracion vecinal. 7. Motivar al vecindario a colaborar con el mantenimiento del ornato, la limpieza publica, la salubridad y otras acciones tendientes a mejorar la calidad de MORDAZA del distrito. 8. Promover acciones de bienestar social en la MORDAZA y en el distrito. 9. Motivar al vecindario a participar en las distintas acciones que emprendan la Municipalidad y la Junta Directiva. 10. Canalizar las sugerencias y recomendaciones propuestas por los vecinos para el mejoramiento de la prestacion de los servicios publicos locales. 11. Las demas senaladas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972.

TITULO III MORDAZA ELECTORAL DE LOS DELEGADOS DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA
Articulo 7°.- Convocatoria El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, convoca a elecciones de delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa a un Comite Electoral y establece el Cronograma Electoral, MORDAZA del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales. El Decreto sera difundido en lugares visibles de la Municipalidad y en el MORDAZA municipal.

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