TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de agosto de 2008 377602 del 2003, mediante la cual se constituyen las Juntas Vecinales en el distrito, por el siguiente texto: “Las Juntas Directivas de las Juntas Vecinales, están constituidas por un mínimo de cinco (05) miembros: Un Presidente, Un Vicepresidente, Una Secretaria, Un Secretario de Organización y Un Vocal, los mismos que son elegidos democráticamente por el sistema de lista completa por el periodo máximo de dos (02) años”. Artículo Tercero.- Deróguese toda aquella norma que se oponga al presente Reglamento. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La zonifi cación de la jurisdicción del distrito de La Victoria y el Cronograma Electoral forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Sistemas la incorporación del presente Reglamento a la página web de la Municipalidad de La Victoria. Artículo Séptimo.- Encargar a la Sub Gerencia de Imagen y Comunicación Social la difusión del presente Reglamento. Artículo Octavo.- Solicitar a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE su asistencia técnica en el proceso electoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde REGLAMENTO PARA ELECCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE LA VICTORIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO DE LA ORDENANZA Artículo 1°.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto regular, desarrollar, supervisar y controlar el proceso electoral para la elección de los Delegados de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de la Victoria. CAPITULO II DE LA BASE LEGAL Artículo 2°.- Base Legal Para efectos de la presente ordenanza, se tiene como sustento legal lo siguiente: 1. Constitución Política del Perú 2. Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades3. Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización4. Ley Nº 26300-Ley de los Derechos de Participación y Control de Ciudadanos 5. Ley Nº 26859-Ley Orgánica de Elecciones6. Ley Nº 26864-Ley de Elecciones Municipales – 7. Ordenanza Nº 191-1999-MLM, modifi cada por Ordenanza Nº 240-1999-MLM 8. Ordenanza Nº 007-2003/MDLV TITULO II PARTICIPACION, DELIMITACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I PARTICIPACION Y DELIMITACION DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Artículo 3°.- Defi nición de las Juntas Vecinales Comunales La Juntas Vecinales Comunales son agrupaciones sociales que se constituyen como mecanismos que fomentan la participación vecinal efectiva en el distrito de La Victoria y están conformadas por los vecinos representantes de las Organizaciones Sociales que cuentan con reconocimiento municipal, agrupados en cuarentitrés (43) zonas, delimitados geográfi camente según Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- Número de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales Cada Junta Vecinal Comunal será representada por cinco (05) vecinos, elegidos democráticamente por los residentes de cada zona del distrito, por el periodo de dos (02) años, quienes tendrán los cargos de: 1. Presidente 2. Vicepresidente3. Secretaria4. Secretario de Organización5. Vocal En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Presidente, suplirá el Vicepresidente. Artículo 5°.- Ausencia, Impedimento o Revocatoria En caso de ausencia, impedimento o revocatoria del Vicepresidente, la Municipalidad convocará a una Asamblea General de Vecinos en donde se elegirá al nuevo delegado. CAPITULO II FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Artículo 6°.- Funciones Son funciones de la Junta Vecinal Comunal: 1. Difundir las medidas de seguridad dictadas por la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad, en coordinación con esta dependencia. 2. Elegir y acreditar a sus representantes como “Vecinos Vigilantes”. 3. Canalizar la acción supervisora de los vecinos de su zona respecto de la prestación de los servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales y la ejecución de obras públicas y privadas, al amparo de lo establecido en el Artículo 116° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. 4. Canalizar las quejas de los vecinos de su zona respecto de la prestación de servicios públicos locales y la gestión municipal. 5. Promover la participación activa del vecindario en las facultades que le concede la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. 6. Fomentar el desarrollo de actividades deportivas y de recreación pública en su zona como una forma de promover la integración vecinal. 7. Motivar al vecindario a colaborar con el mantenimiento del ornato, la limpieza pública, la salubridad y otras acciones tendientes a mejorar la calidad de vida del distrito. 8. Promover acciones de bienestar social en la zona y en el distrito. 9. Motivar al vecindario a participar en las distintas acciones que emprendan la Municipalidad y la Junta Directiva. 10. Canalizar las sugerencias y recomendaciones propuestas por los vecinos para el mejoramiento de la prestación de los servicios públicos locales. 11. Las demás señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. TITULO III PROCESO ELECTORAL DE LOS DELEGADOS DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA Artículo 7°.- Convocatoria El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa a un Comité Electoral y establece el Cronograma Electoral, antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales. El Decreto será difundido en lugares visibles de la Municipalidad y en el portal municipal. Descargado desde www.elperuano.com.pe