Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

377604

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

4. Presentar las pruebas correspondientes motivo de la tacha. La Resolucion emitida por el Comite Electoral es inapelable. Articulo 20°.- De la Identificacion y Credencial de los Candidatos Aptos Los candidatos que el Comite Electoral declare aptos se identificaran durante el MORDAZA Electoral con una credencial que les sera entregada por el Comite Electoral, luego de que se MORDAZA inscrito debidamente y publicado sus nombres en lugares visibles de los locales Municipales. CAPITULO V DE LA MORDAZA ELECTORAL Articulo 21°.- Los candidatos podran utilizar los medios publicitarios que crean conveniente, a fin de difundir sus candidaturas, asi como sus propuestas hacia la poblacion. Articulo 22°.- La MORDAZA se realizara de manera alturada y con respeto a la propiedad publica y privada con sujecion a la Ley hasta 24 horas MORDAZA de la jornada electoral, siendo terminantemente prohibida la propaganda durante la jornada electoral. En caso de incumplimiento se procedera al retiro de la propaganda con el MORDAZA de la fuerza publica y de ser necesario se recurrira a lo establecido por Ley. Articulo 23°.- Los candidatos quedan comprometidos a retirar toda la propaganda electoral que se generen en la MORDAZA a la que postulan. CAPITULO VI DE LOS PERSONEROS Articulo 24°.- Nombramiento del Personero de Mesa El candidato a Presidente de la Junta Vecinal Comunal podra nombrar a un personero que lo represente ante cada mesa de sufragio, en formatos que entregara la Sub Gerencia de Participacion Vecinal, hasta un dia MORDAZA del MORDAZA Electoral. Cada Lista podra tener un (1) personero por mesa electoral. Articulo 25°.- Participacion de los personeros durante el acto electoral Los personeros de mesa pueden estar presentes desde el acto de instalacion hasta el acto de escrutinio en mesa. Pueden denunciar cualquier acto que atente contra la transparencia y la legalidad del MORDAZA electoral. Articulo 26°.- Requisitos para ser personero Los requisitos para ser personero son los siguientes: 1. No postular a ningun cargo en las elecciones que se llevan a cabo. 2. Acreditar con su DNI que vive en el distrito de La Victoria. CAPITULO VII DEL ACTO ELECTORAL Articulo 27°.- Acto Electoral El acto electoral iniciara a las 9:00 a.m. horas y finalizara a las 15:00 p.m. horas del dia que se ha programado. Articulo 28°.- Las Mesas de Sufragio Cada mesa estara conformada por tres (03) miembros (Presidente, Secretario y Vocal), los mismos que seran designados por el Comite Electoral entre los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad. Articulo 29°.- Impedimento para ser miembro de mesa No podran ser miembros de Mesa el MORDAZA, los Regidores, asi como los Funcionarios y trabajadores de la Gerencia de Desarrollo Social. Articulo 30°.- Instalacion de la Mesa de Sufragio La mesa, para su instalacion deben estar presentes 30 minutos MORDAZA del acto de sufragio, los tres miembros

que la conforman, en el dia y lugar establecido en el Cronograma Electoral, verificando junto con los personeros que asi lo deseen, que el material electoral proporcionado por el Comite Electoral, el anfora y la camara secreta se encuentren conforme. Los miembros de mesa llenaran el Acta de Instalacion. Las Mesas de Sufragio que se instalen hasta las 12:00 horas no podran ser instaladas posteriormente. En la Camara Secreta se publicara los nombres de los candidatos a Juntas Vecinales Comunales declarados aptos con lista completa, numero y fotografia. Articulo 31°.- Sufragio Una vez instalada las Mesas, a la hora acordada, se procedera al inicio de la votacion. El procedimiento de votacion sera el siguiente: 1. Identificarse con su D.N.I que acredite residencia en la MORDAZA ante el Presidente de Mesa. 2. Los miembros de Mesa llenaran los Padrones Electorales con los datos de los vecinos votantes. 3. El vecino emitira su MORDAZA en la Cedula de Votacion debidamente firmada por el Presidente de Mesa y los personeros que lo deseen. 4. Luego depositara la cedula en el anfora, firmara el padron electoral y se le devolvera su DNI. El MORDAZA es secreto y se emitira en estricto orden de llegada. El elector ingresara solo a la camara secreta, salvo este obligado a ingresar acompanado, previa autorizacion del Presidente de Mesa. Articulo 32°.- Impedimentos para votar 1. No acrediten residencia en la MORDAZA (DNI). 2. No se identifiquen con DNI el dia de la Elecciones. 3. Realicen propaganda por alguna lista el dia de las Elecciones. 4. Se encuentren en estado etilico o bajo el efecto de alguna sustancia alucinogena.

Articulo 33°.- Escrutinio Concluida la votacion se realizara el escrutinio en cada Mesa de Sufragio, procediendo el Secretario a contar el total de votos contrastado con el Padron Electoral, en caso de que se tuviera exceso de votos se verificara si todos estan firmados, de haber algunos que no tuvieran la firma del Presidente de Mesa, estos se eliminaran, si todos estuvieran firmados se eliminaran al azar los votos en exceso. Los personeros de los candidatos firmaran el Acta Electoral si asi lo deseen velando ademas por el normal desarrollo de la jornada electoral. Se considerara MORDAZA Valido cuando la interseccion del aspa o MORDAZA se encuentre dentro del recuadro. Se considerara MORDAZA Nulo o Viciado cuando se marquen dos o mas candidatos o contenga MORDAZA o senales fuera del recuadro. Se considerara MORDAZA en MORDAZA cuando no se ha marcado el aspa o MORDAZA dentro del recuadro ni expresado ninguna voluntad. Articulo 34°.-Tachas o Impugnaciones Los Personeros son los unicos facultados a interponer tachas o impugnaciones durante el acto de escrutinio, dejandose MORDAZA en el Acta respectiva de la Mesa de Sufragio, siendo resuelta por el Comite Electoral. Articulo 35°.- El Acta de Escrutinio Los miembros de mesa llenan el Acta de Escrutinio, siendo distribuida de la siguiente forma: 1. Un ejemplar para el Comite Electoral 2. Un ejemplar para el MORDAZA 3. Un ejemplar para cada uno de los personeros de las listas que postulan. Las cedulas utilizadas y no utilizadas se destruyen. El Padron Electoral y el resto de material electoral se devuelven al Comite Electoral. Articulo 36°.- Recurso de Nulidad Se pueden presentar recurso de nulidad en las 24 horas siguientes a la finalizacion del acto electoral correspondiente. El Comite Electoral lo resolvera durante las 24 horas siguientes.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.