Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2008 (07/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE AUTORIZACION Y OPOSICION DE VIAJE DE MENORES TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS Articulo 1.- FINALIDAD Contar con un documento tecnico - normativo de gestion administrativa que coadyuve a brindar mecanismos de seguridad en las autorizaciones de viaje que emiten los Organos Jurisdiccionales, protegiendo de este modo, la integridad del MORDAZA, MORDAZA y adolescente. Articulo 2.- OBJETIVOS General Uniformizar procedimientos para la emision de autorizaciones de viaje de MORDAZA, MORDAZA y adolescente, en adelante Autorizacion de Viaje de Menores y Registro de Oposiciones de viaje. Especifico Contar con un Registro Informatico de Autorizaciones y Oposiciones de Viaje, con competencia en el ambito nacional, que constituya una herramienta de apoyo a la labor jurisdiccional y que sirva a otras instituciones para verificar la autenticidad de las autorizaciones emitidas por la autoridad judicial competente. CAPITULO II DEL ALCANCE Y BASE LEGAL Articulo 3.- ALCANCE Las normas contenidas en el presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento por los Magistrados con competencia en materia de familia, asi como por los funcionarios y servidores del Poder Judicial. Articulo 4.- BASE LEGAL 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, suscrita por el Peru el 26 enero de 1990. 3. Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado mediante Ley N° 27337. 4. Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS. 5. Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 768. Articulo 5.- DEFINICIONES 1. Autorizacion de Viaje de Menor: Procedimiento realizado ante el Organo Jurisdiccional competente que autoriza el viaje del menor, dentro del MORDAZA cuando falten ambos padres; y, fuera del MORDAZA por ausencia o disentimiento de uno de ellos. 2. Sistema Informatico de Autorizacion de Viaje de Menores.- Software que contiene los Registros de Autorizaciones y Oposiciones de Viaje de Menor.

3. Registro de Autorizacion de Viaje de Menores.Base de Datos Unica Nacional, que forma parte del Sistema Integrado Judicial - SIJ, en el que se registran las Autorizaciones de Viaje de Menor. 4. Registro de Oposicion de Viaje de Menores.- Base de Datos Unica Nacional, que forma parte de Sistema Integrado Judicial - SIJ, en la que se registran las Oposiciones de Viaje de Menor. 5. Codigo Autogenerado.- Numero generado por el Sistema Informatico de Autorizaciones de Viaje de Menores, el cual es unico en el ambito nacional, que identificara los Formatos de Autorizacion de Viaje expedidos por lo Organos Jurisdiccionales de la Republica. 6. Formato Electronico de Autorizacion de Viaje.Formato expedido por el Organo Jurisdiccional, que contiene los datos de identificacion y la imagen digital del menor, que servira para acreditar la autorizacion judicial ante los entes correspondientes. 7. Formato Manual de Autorizacion de Viaje.- Formato expedido por el organo jurisdiccional que no cuenta con Sistema Informatico, que contiene los datos de identificacion y la fotografia del menor, que servira para acreditar la autorizacion judicial ante los entes correspondientes. 8. Registro Nacional Judicial.- (RENAJU) Oficina desconcentrada de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion encargada de la administracion del Registro de Autorizacion y Oposicion de Viaje de Menores y otros Registros, en el ambito nacional de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General. 9. Registro Distrital Judicial.- (REDIJU) Oficina ubicada en la sede principal de cada Distrito Judicial, encargada de registrar y administrar la informacion contenida en el Registro de Autorizacion y Oposicion de Viaje de Menores. TITULO II DE LAS AUTORIZACIONES DE VIAJE DE MENOR CAPITULO I DE LOS REQUISITOS Articulo 6 .- De los Requisitos Obligatorios El que solicite Autorizacion de Viaje de Menor, debera presentar lo siguiente: a) Partida de nacimiento del menor certificada por el Registro correspondiente. (Si tuviera partida extranjera debe estar traducida al castellano) o Documento Nacional de Identidad si lo tuviera (D.N.I. de menor). b) MORDAZA del documento de identidad del solicitante (D.N.I., C.E., Pasaporte). c) Arancel Judicial segun el Cuadro de Valor de Aranceles. d) Tres (3) fotos del menor a color fondo MORDAZA tamano pasaporte solo en los juzgados que no cuenten con SIJ. ( Una para el formato manual, una para el juzgado y una para el REDIJU) e) Cuando los padres o uno de ellos, este ausente y autoriza el viaje mediante poder, debera estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y cumplir con las formalidades establecidas en el articulo 72º del Codigo Procesal Civil o si fuere un poder otorgado dentro del MORDAZA, debera contar con las formalidades prescritas en el articulo 75º de la MORDAZA procesal acotada e inscrito en los Registros Publicos, debiendo acreditar su vigencia; asi mismo podra autorizarse mediante actuados judiciales que se adjuntara en MORDAZA certificada. f) En caso el solicitante fuera una persona diferente a los padres, debera adjuntar la partidas de nacimiento y documentacion pertinente que acredite el entroncamiento familiar con el menor. Articulo 7.- De los Requisitos solicitados a criterio del Juez El Juez, podra solicitar entre otros requisitos que considere necesario lo siguiente: a) Certificado del movimiento migratorio del padre o madre. b) Informe de la Asistenta Social que verifique la veracidad de lo manifestado por el solicitante y si no hubiere dicho profesional, adjuntara certificado domiciliario que acredite que el solicitante domicilia conjuntamente con el menor.

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