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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (07/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377746 el Acuerdo de Concejo Nº 01-2008-GDU/CM por el que se otorga en cesión de uso los ambientes del Palacio Municipal del distrito de Uco a favor del Banco de la Nación; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Artículo 141º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, una de las formas de exoneración del proceso de selección es la situación de Desabastecimiento Inminente; Que, el inciso c) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en forma textual establece que “están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: ...en situación de emergencia o desabastecimiento declaradas de conformidad con la presente Ley”, precisando el artículo 21º de la acotada norma legal que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometen en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el segundo párrafo del Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal, disposición que es recogida por el Artículo 141º del Reglamento de la Ley antes citada; Que, el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere necesariamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, mediante Informe Técnico Nº 040-2008-VAAV, emitido por el Ing. Civil Víctor Alberto Alva Vásquez se precisa que la zona del Callejón de Conchucos en la Región Ancash, ha mostrado un crecimiento, debido fundamentalmente al comercio agrícola y en la actualidad el canon y sobre canon minero, lo que está permitiendo la ejecución de múltiples proyectos de infraestructura y productivos que repercuten en el aumento del nivel de vida de los pobladores; Que, asimismo en el Informe Técnico antes mencionado se precisa que el Gobierno Distrital de Uco, ha iniciado las coordinaciones con la alta dirección del Banco de la Nación, a fi n de instalar una Agencia de dicho Banco en el Distrito, del mismo modo se indica que realizada la visita a los ambientes destinados al funcionamiento de la Agencia Bancaria por parte de los funcionarios del Banco de la Nación, éstos se comprometieron a realizar el diseño de los ambientes, cuyo expediente técnico ha sido alcanzado al Gobierno Distrital de Uco en el presente mes; Que, el informe concluye señalando que existe la necesidad urgente de contar con una Agencia del Banco de la nación en el distrito de Uco, para de esta manera facilitar y garantizar las diversas actividades económicas que se realizan en esta zona, y que revisado el expediente técnico, éste se adapta perfectamente a las necesidades de la futura Agencia dentro de un ambiente de seguridad y comodidad para los futuros benefi ciarios, existiendo compatibilidad con el terreno disponible en la Plaza de Armas del Distrito de Uco, propiedad del Gobierno Distrital de Uco; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 01- 2008-GDU/CM, se acordó por unanimidad otorgar en cesión de uso parte de los ambientes del Palacio Municipal del distrito de Uco a favor del Banco de la Nación, con la condición de que instale su Agencia Bancaria a la brevedad posible; Que, el Abogado Carlos Américo Domínguez Díaz a través de su Informe Legal Nº 10-2008-GDU/ALE/CADD manifi esta que la ejecución de la obra: Construcción de la Agencia del Banco de la Nación en el distrito de Uco – provincia de Huari – Región Ancash resulta de carácter urgente debido a que depende de la mencionada ejecución la instalación inmediata de la Agencia Bancaria, la misma que no puede ser retardada porque podría perjudicar el desarrollo del distrito; Que, asimismo, de conformidad con el Artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa a través de planes de desarrollo económico local; Que, del mismo modo el artículo 36º y 86º de la norma antes acotada prevén la promoción del desarrollo económico local por parte de los gobiernos locales, concertando con las instituciones públicas y privadas la ejecución de proyectos y programas que favorezcan el desarrollo económico del distrito, así como también es competencia de la Municipalidad promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad en las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, de acuerdo a lo expuesto en párrafos precedentes, la construcción de la Agencia del Banco de la Nación en el distrito de Uco, se encuentra enmarcada dentro de las competencias del gobierno local, toda vez que va dirigida a la promoción del desarrollo económico local en coordinación con la entidad financiera estatal; Que, conforme a lo expuesto, se puede evidenciar que existen las condiciones establecidas en el Artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, por lo que el Concejo Municipal considera procedente aprobar la declaración de desabastecimiento inminente y autorizar la exoneración del proceso de selección para la contratación de una persona natural o jurídica que realice ejecución de la Obra: Construcción de la Agencia del Banco de la Nación en el distrito de Uco, provincia de Huari”, prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Distrital de Uco para el año 2008; Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNANIME del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la declaración de desabastecimiento inminente la ejecución de la obra: “Construcción de la Agencia del Banco de la Nación en el distrito de Uco, provincia de Huari”, con un Valor Referencial ascendente a S/. 251,090.07 (Doscientos cincuenta y uno mil, noventa y 07/100 Nuevos Soles) y con un plazo de ejecución de dos (02) meses calendario. Artículo Segundo.- Autorizar a la administración municipal la contratación mediante exoneración de una persona natural o jurídica para la ejecución de la obra: “Construcción de la Agencia del Banco de la Nación en el Distrito de Uco, Provincia de Huari”. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones administrativas de los funcionarios o servidores que hubieran ocasionado la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo prevé el Artículo 47º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiéndose los antecedentes a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Distrital de Uco. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General del Gobierno Distrital de Uco remita copias del presente acuerdo, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal a la Ofi cina Regional de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TEODORO TARAZONA PRINCIPE Alcalde 234127-1Descargado desde www.elperuano.com.pe