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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (07/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377740 esta manera, la causal de desabastecimiento inminente establecida en las normas antes señaladas; Que, asimismo la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, mediante Informe Nº 433-2008-OEL-OGA/INS (folios 126 a 132) corrobra lo señalado en el informe técnico emitido por el Centro Nacional de Productos Biológicos señalando además que los insumos, materiales de envase y empaque requeridos por el Centro Nacional de Productos Biológicos estuvieron incluidos como parte de procesos de selección propios tales como la Licitación Pública Nº 004-2008-OPE/INS, primera convocatoria, para la “Adquisición de Reactivos Químicos y Materiales de Laboratorio para el CNPB” se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, sin embargo a la fecha de emisión del Informe no ha sido convocada aún encontrándose en la etapa de estudio de mercado; asimismo, que las Adjudicaciones Directas Selectivas para la “Adquisición de Material de Empaque” y “Adquisición de Material Médico Instrumental y Afi nes” se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, con los números 33 y 41 respectivamente se encuentran en etapas de asignación presupuestal y elaboración de bases administrativas respectivamente por lo que tampoco han sido convocadas aún; Que, mediante Informe Nº 104-2008-EPROG-OEL (folios 107 y 108) y anexo adjunto (folios 93 al 106) de 19 de junio de 2008 conteniendo el estudio de mercado, la Ofi cina Ejecutiva de Logística determina que el monto requerido para la adquisición de setenta y seis (76) bienes asciende a S/. 225, 946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memo Nº 229-2008-DE-OEPPI- OGAT/INS (folio 122) de 10 de julio de 2008 la Ofi cina Ejecutiva de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Asesoría Técnica ha determinado la existencia de la correspondiente disponibilidad presupuestal ascendente a S/. 232,446.94 (doscientos treinta dos mil cuatrocientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 184-2008-OGAJ/INS (folios 134 a 138) la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la exoneración del proceso de selección correspondiente para la adquisición de Reactivos Químicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Médico Instrumental, por la causal de desabastecimiento inminente establecida en el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado únicamente por la cantidad, el monto y el tiempo necesario para resolver la situación generada; Que, la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal, de ser el caso, constituyendo circunstancia agravante de responsabilidad, si la situación fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario de la entidad, debiendo la autoridad competente para autorizar la exoneración ordenar en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordenado antes invocado; Que, el artículo 148º del precitado reglamento establece que la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímile y el correo electrónico; Que, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquélla deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, al haberse confi gurado la causal prevista en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente, declaradas conforme a lo dispuesto en dicho dispositivo, resulta procedente aprobar la exoneración para la adquisición de Reactivos Químicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Médico Instrumental bajo la causal de desabastecimiento inminente, por la suma de S/. 225, 946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, estando a los Informes técnico y legal precedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y los artículos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S.Nº 084-2004-PCM; Con la visación de la Ofi cina General de Administración, Ofi cina Ejecutiva de Logística y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente la Adquisición de Reactivos Químicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Médico Instrumental para el Centro Nacional de Productos Biológicos por un plazo máximo de noventa (90) días calendario de conformidad con el artículo 19º literal c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, conforme al detalle que fi gura en los informes técnicos correspondientes los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Exonerar de los procesos de selección correspondientes para la “Adquisición de Reactivos Químicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Médico Instrumental” para el Centro Nacional de Productos Biológicos”, por un monto de S/. 225,946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley, en 76 ítems, siendo su fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la adquisición que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, de acuerdo al monto especifi cado y mediante acciones inmediatas. Artículo 4º.- Disponer el inicio de las acciones administrativas tendientes a la determinación de las responsabilidades administrativas que hubiere lugar como consecuencia de la tramitación del presente procedimiento de exoneración, de conformidad con lo establecido en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiendo copias autenticadas de la presente Resolución y de los documentos que la sustentan a la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Salud para que proceda a la evaluación y determinación de las responsabilidades administrativas que correspondan. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, por la Ofi cina General de Administración, así como su publicación en el Portal del Instituto Nacional de Salud: www.ins.gob.pe, por la Ofi cina General de Información y Sistemas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como la remisión de una copia de la misma y los informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 7º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración, Ofi cina Ejecutiva Descargado desde www.elperuano.com.pe