Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2008 (07/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2008

esta manera, la causal de desabastecimiento inminente establecida en las normas MORDAZA senaladas; Que, asimismo la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion, mediante Informe Nº 433-2008-OEL-OGA/INS (folios 126 a 132) corrobra lo senalado en el informe tecnico emitido por el Centro Nacional de Productos Biologicos senalando ademas que los insumos, materiales de envase y empaque requeridos por el Centro Nacional de Productos Biologicos estuvieron incluidos como parte de procesos de seleccion propios tales como la Licitacion Publica Nº 004-2008-OPE/INS, primera convocatoria, para la "Adquisicion de Reactivos Quimicos y Materiales de Laboratorio para el CNPB" se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, sin embargo a la fecha de emision del Informe no ha sido convocada aun encontrandose en la etapa de estudio de mercado; asimismo, que las Adjudicaciones Directas Selectivas para la "Adquisicion de Material de Empaque" y "Adquisicion de Material Medico Instrumental y Afines" se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, con los numeros 33 y 41 respectivamente se encuentran en etapas de asignacion presupuestal y elaboracion de bases administrativas respectivamente por lo que tampoco han sido convocadas aun; Que, mediante Informe Nº 104-2008-EPROG-OEL (folios 107 y 108) y anexo adjunto (folios 93 al 106) de 19 de junio de 2008 conteniendo el estudio de MORDAZA, la Oficina Ejecutiva de Logistica determina que el monto requerido para la adquisicion de setenta y seis (76) bienes asciende a S/. 225, 946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, mediante MORDAZA Nº 229-2008-DE-OEPPIOGAT/INS (folio 122) de 10 de MORDAZA de 2008 la Oficina Ejecutiva de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica ha determinado la existencia de la correspondiente disponibilidad presupuestal ascendente a S/. 232,446.94 (doscientos treinta dos mil cuatrocientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 184-2008-OGAJ/INS (folios 134 a 138) la Oficina General de Asesoria Juridica, opina por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de Reactivos Quimicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Medico Instrumental, por la causal de desabastecimiento inminente establecida en el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado unicamente por la cantidad, el monto y el tiempo necesario para resolver la situacion generada; Que, la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal, de ser el caso, constituyendo circunstancia agravante de responsabilidad, si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario de la entidad, debiendo la autoridad competente para autorizar la exoneracion ordenar en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del Texto Unico Ordenado MORDAZA invocado; Que, el articulo 148º del precitado reglamento establece que la entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimile y el correo electronico; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, que establece que estan exoneradas de los

procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente, declaradas conforme a lo dispuesto en dicho dispositivo, resulta procedente aprobar la exoneracion para la adquisicion de Reactivos Quimicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Medico Instrumental bajo la causal de desabastecimiento inminente, por la suma de S/. 225, 946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 Nuevos Soles); Que, estando a los Informes tecnico y legal precedentes, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y los articulos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S.Nº 084-2004-PCM; Con la visacion de la Oficina General de Administracion, Oficina Ejecutiva de Logistica y la Oficina General de Asesoria Juridica; y; En uso de las atribuciones establecidas en el Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE:

Articulo 1º.Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la Adquisicion de Reactivos Quimicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Medico Instrumental para el Centro Nacional de Productos Biologicos por un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario de conformidad con el articulo 19º literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, conforme al detalle que figura en los informes tecnicos correspondientes los mismos que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Exonerar de los procesos de seleccion correspondientes para la "Adquisicion de Reactivos Quimicos, Materiales de Laboratorio, Material de Empaque y Material Medico Instrumental" para el Centro Nacional de Productos Biologicos", por un monto de S/. 225,946.94 (doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis con 94/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley, en 76 items, siendo su fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Disponer que la adquisicion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion, de acuerdo al monto especificado y mediante acciones inmediatas. Articulo 4º.- Disponer el inicio de las acciones administrativas tendientes a la determinacion de las responsabilidades administrativas que hubiere lugar como consecuencia de la tramitacion del presente procedimiento de exoneracion, de conformidad con lo establecido en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiendo copias autenticadas de la presente Resolucion y de los documentos que la sustentan a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Salud para que proceda a la evaluacion y determinacion de las responsabilidades administrativas que correspondan. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, por la Oficina General de Administracion, asi como su publicacion en el MORDAZA del Instituto Nacional de Salud: www.ins.gob. pe, por la Oficina General de Informacion y Sistemas, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como la remision de una MORDAZA de la misma y los informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 7º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion, Oficina Ejecutiva

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