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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (08/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de agosto de 2008 377782 crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley y las que versan sobre materia tributaria requieren ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, de acuerdo al artículo 10° de la Ordenanza N° 607, Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, la entrada en vigencia de la Ordenanza Distrital, es a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que aprueba su ratifi cación, estableciendo en su Primera Disposición Final que las Ordenanzas Distritales que regulan materia tributaria, deberán incluir una disposición en ese sentido; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, aprobó por Mayoría, la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR de la Municipalidad Distrital de Comas, que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los derechos Administrativos contenidos en el Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior de la Municipalidad Distrital de Comas, establecidos en el anexo citado en el artículo primero. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que aprueba su ratifi cación, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N° 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- Los funcionarios y autoridades que participen en el Procedimiento no Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, se encuentran obligadas a atender las solicitudes conforme los plazos previstos en la Ley Nº 29227 y su Reglamento, generándose por su retardo las responsabilidades administrativas previstas en la Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, la adecuación de los documentos de gestión administrativa, en concordancia con la Ley Nº 29227 – “Ley que regula el Procedimiento no Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías”, del Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29227, y de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y Gerencia de Asuntos Jurídicos, las gestiones correspondientes para su ratifi cación por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación y difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese. WILFER FRANCISCO CARLOS PALACIOS Alcalde (e) 235131-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, Cuadro de Infracciones y Sanciones y Escala de Categorías de Establecimientos que generan actividad económica en el distrito (Se publica la Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa mediante Ofi cio Nº 036-2008-MDSR/D.A., recibido el 6 de agosto de 2008) ORDENANZA MUNICIPAL N° 227-2007-MDSR Santa Rosa, 8 de setiembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SANTA ROSA VISTO; En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 029-2007-MDSR/GM, de fecha 28 de agosto del 2007, sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS), y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, se establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, para cuyo efecto gozan de autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo prescrito por el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas determinan el Régimen de Sanciones Administrativas por la infracción a sus disposiciones, estableciendo una escala de multas, en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, a fi n de dotar de efi cacia y celeridad a la función municipal, es necesario regular de manera integral, el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, Cuadro de Infracciones y Sanciones y Escala de Categorías de los Establecimientos comerciales que generan actividad económica, dentro de la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, que establece la Ordenanza Nº 984-MML y sus modifi caciones según Ordenanza Municipal Nº 1014-MML; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME del pleno del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: “APRUEBAN REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS, CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Y ESCALA DE CATEGORÍAS DE ESTABLECIMIENTOS QUE GENERAN ACTIVIDAD ECONÓMICA” Artículo Primero.- APROBAR la aplicación del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS), Cuadro de Infracciones y Sanciones y Escala de Categorías de Establecimientos que generan actividad económica en el distrito de Santa Rosa, que establece la Ordenanza Nº 984-MML y sus modifi caciones según Ordenanza Municipal Nº 1014-MML. Artículo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Santa Rosa podrá imponer la sanción que corresponda por el incumplimiento de requisitos y/o condiciones regulados por normas especiales, para cuyo efecto podrá aplicar suplementariamente el Título III, Capítulo II, Subcapítulo II, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y el Título IV Capítulo II de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, previo apercibimiento. Artículo Tercero.- El órgano de fi scalización responsable de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas estará a cargo de la Gerencia de Servicios Comunales a través de la Policía Municipal y en coordinación con las demás áreas. Artículo Cuarto.- Deróguese el procedimiento establecido por la Ordenanza Nº 100-MDSR, de fecha 28 mayo del 2004, así como todas las disposiciones cuya aplicación sea incompatible con la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 234778-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Ordenanza que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2009 ORDENANZA Nº 252-MDSMP San Martín de Porres, 7 de agosto del 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe