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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378125 la ubicación de anuncios publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 6º.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones, que reglamenten la presente ordenanza. Artículo 7º.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Económica y Local y Comercialización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 8º.- La vigencia de la presente Ordenanza es de un año contado a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO Mando se publique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 238339-1 Modifican D.A. Nº 000003 mediante el cual se creó la Medalla de Honor de la Municipalidad Provincial del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000010 Callao, 1 de agosto de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000003 de 14 de febrero de 1997, se crea la “Medalla de Honor de la Municipalidad Provincial del Callao”, la cual se concede a personas e instituciones peruanas y extranjeras, en reconocimiento a sus méritos o servicios prestados a la comunidad chalaca, regulando las normas para su entrega y la constitución del Consejo de la Orden; Que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 000183 del 31 de julio de 2008, se acordó solicitar al señor Alcalde la modifi cación del artículo tercero del Decreto de Alcaldía Nº 000003 del 14 de febrero de 1997, respecto a la conformación del Consejo de la Orden, la misma que estará conformada por el señor Alcalde, quien la preside, dos regidores provinciales y el Gerente de Protocolo, quienes serán designados por Resolución de Alcaldía; Que, en tal sentido, es necesario se emita la norma que modi fi que el Decreto de Alcaldía Nº 000003 del 14 de febrero de 1997; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modifícase el artículo tercero del Decreto de Alcaldía Nº 000003 del 14 de febrero de 1997, el mismo que quedará redactado del modo siguiente: “Artículo Tercero.- El Consejo de la Orden a que se refi ere el artículo precedente estará presidido por el señor Alcalde, lo integran dos regidores provinciales y el Gerente de Protocolo, designados por Resolución de Alcaldía.” Artículo Segundo.- Comuníquese a los interesados el presente Decreto y encárguese su cumplimiento a la Gerencia de Protocolo. POR TANTO: Mando se registre y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 237369-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA Declaran en reestructuración y reorganización a la Municipalidad Provincial de Anta ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2008-MPA-A/SG Anta, dieciocho de junio del 2008. Visto, Por el Consejo Municipal del día miércoles 18 de junio del año dos mil ocho, los Informes Nº 029-2008/GM- MPA, registrado por Mesa de Partes con el Nº 2839 de fecha diecisiete de junio del año 2008, emitido y suscrito por el Ing. Juan José Quispe Llancacuro Gerente Municipal y el Informe Nº 022-GA-2008-MPA, registrado por Mesa de Partes con el Nº 2839 de fecha dieciséis de junio del año 2008, emitido y suscrito por el Lic. Vilmark Quinte Villegas Gerente de Administración de la Municipalidad Provincial de Anta; bajo la Presidencia del señor Alcalde Wilbert Gabriel Rozas Beltrán y con la asistencia de los señores Regidores, señor Emilio Huamán Villena, señor Justino Manya Zavaleta; señor Emiliano Rondán Villfuerte; señora Francisca Tello Povea; señora María Evangelina Quispe Teniente; señor Ysaú Aucca Chacca; señor Saturnino Ttito Quispe; señora Zonia Fanola Andrade y señor Felipe Mescco Roca; y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Como Gobiernos Locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, derecho reconocido por los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972). Que, existen en las Municipalidades nuevas competencias, funciones y actividades que no se encuentran previstas en la organización administrativa actual de la Municipalidad Provincial de Anta, además de nuevos mecanismos de control obligatorios como CADE, SIAF, SNIP, entre otros, que crean la necesidad de actualizar y modernizar la gestión, conforme señala el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades vigente Ley Nº 27972, el mismo que exige dotarse de una organización moderna, ágil y e fi ciente con el objeto primordial de lograr el desarrollo sostenido de sus circunscripciones y hacer frente a los nuevos retos que impone la descentralización, la participación ciudadana efi caz, la protección ambiental y la globalización. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su Título Preliminar, artículo II, faculta a las Municipalidades “Organizarse de la manera que más le convenga a sus planes de desarrollo”, y que ninguna entidad regional o nacional puede intervenir en su organización. Que, estando los pedidos de los Informes precitados en Vistos de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Administración, conforme al artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, EL CONSEJO MUNICIPAL POR UNANIMIDAD: ACORDÓ: Primero.- DECLARAR POR NOVENTA (90) DÍAS, que correrán a partir del día 25 de junio, la reestructuración y reorganización de la Municipalidad Provincial de Anta, de acuerdo a lo que estipula la vigésima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, a fi n de hacer las reformas y cambios necesarios para optimizar los recursos y funciones conforme a las nuevas competencias y nuevos mecanismos de control en todos los documentos de Gestión.Descargado desde www.elperuano.com.pe