Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2008 (14/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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la ubicacion de anuncios publicitarios en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 6º.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas y disposiciones, que reglamenten la presente ordenanza. Articulo 7º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo Economica y Local y Comercializacion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 8º.- La vigencia de la presente Ordenanza es de un ano contado a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 238339-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA
Declaran en reestructuracion y reorganizacion a la Municipalidad Provincial de Anta
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2008-MPA-A/SG Anta, dieciocho de junio del 2008. Visto, Por el Consejo Municipal del dia miercoles 18 de junio del ano dos mil ocho, los Informes Nº 029-2008/GMMPA, registrado por Mesa de Partes con el Nº 2839 de fecha diecisiete de junio del ano 2008, emitido y suscrito por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llancacuro Gerente Municipal y el Informe Nº 022-GA-2008-MPA, registrado por Mesa de Partes con el Nº 2839 de fecha dieciseis de junio del ano 2008, emitido y suscrito por el Lic. Vilmark Quinte MORDAZA Gerente de Administracion de la Municipalidad Provincial de Anta; bajo la Presidencia del senor MORDAZA Wilbert MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores, senor MORDAZA MORDAZA Villena, senor MORDAZA MORDAZA Zavaleta; senor MORDAZA MORDAZA Villfuerte; senora MORDAZA MORDAZA Povea; senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Teniente; senor Ysau Aucca Chacca; senor MORDAZA MORDAZA Quispe; senora Zonia MORDAZA MORDAZA y senor MORDAZA MORDAZA Roca; y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como Gobiernos Locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que la Constitucion Politica del Peru otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, derecho reconocido por los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 27972). Que, existen en las Municipalidades nuevas competencias, funciones y actividades que no se encuentran previstas en la organizacion administrativa actual de la Municipalidad Provincial de Anta, ademas de nuevos mecanismos de control obligatorios como CADE, SIAF, SNIP, entre otros, que crean la necesidad de actualizar y modernizar la gestion, conforme senala el articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades vigente Ley Nº 27972, el mismo que exige dotarse de una organizacion moderna, agil y eficiente con el objeto primordial de lograr el desarrollo sostenido de sus circunscripciones y hacer frente a los nuevos retos que impone la descentralizacion, la participacion ciudadana eficaz, la proteccion ambiental y la globalizacion. Que, la Ley Organica de Municipalidades en su Titulo Preliminar, articulo II, faculta a las Municipalidades "Organizarse de la manera que mas le convenga a sus planes de desarrollo", y que ninguna entidad regional o nacional puede intervenir en su organizacion. Que, estando los pedidos de los Informes precitados en Vistos de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Administracion, conforme al articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades 27972, EL CONSEJO MUNICIPAL POR UNANIMIDAD: ACORDO: Primero.- DECLARAR POR NOVENTA (90) DIAS, que correran a partir del dia 25 de junio, la reestructuracion y reorganizacion de la Municipalidad Provincial de Anta, de acuerdo a lo que estipula la vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades, a fin de hacer las reformas y cambios necesarios para optimizar los recursos y funciones conforme a las nuevas competencias y nuevos mecanismos de control en todos los documentos de Gestion.

Modifican D.A. Nº 000003 mediante el cual se creo la Medalla de Honor de la Municipalidad Provincial del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000010 Callao, 1 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194º establece que las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000003 de 14 de febrero de 1997, se crea la "Medalla de Honor de la Municipalidad Provincial del Callao", la cual se concede a personas e instituciones peruanas y extranjeras, en reconocimiento a sus meritos o servicios prestados a la comunidad chalaca, regulando las normas para su entrega y la constitucion del Consejo de la Orden; Que, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 000183 del 31 de MORDAZA de 2008, se acordo solicitar al senor MORDAZA la modificacion del articulo tercero del Decreto de Alcaldia Nº 000003 del 14 de febrero de 1997, respecto a la conformacion del Consejo de la Orden, la misma que estara conformada por el senor MORDAZA, quien la preside, dos regidores provinciales y el Gerente de Protocolo, quienes seran designados por Resolucion de Alcaldia; Que, en tal sentido, es necesario se emita la MORDAZA que modifique el Decreto de Alcaldia Nº 000003 del 14 de febrero de 1997; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Modificase el articulo tercero del Decreto de Alcaldia Nº 000003 del 14 de febrero de 1997, el mismo que quedara redactado del modo siguiente: "Articulo Tercero.- El Consejo de la Orden a que se refiere el articulo precedente estara presidido por el senor MORDAZA, lo integran dos regidores provinciales y el Gerente de Protocolo, designados por Resolucion de Alcaldia." Articulo Segundo.- Comuniquese a los interesados el presente Decreto y encarguese su cumplimiento a la Gerencia de Protocolo. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 237369-1

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