Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2008 (14/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2008

credencial que sera otorgada por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, segun modelo 2, anexo a la presente Ordenanza. Dicha credencial debera estar adherida a la solapa del bolsillo de la camisa del conductor para facilitar su identificacion y debera ser utilizada obligatoriamente en todo momento y cuando se encuentre brindando el servicio (dentro o fuera de las instalaciones del Aeropuerto). 4.- Los conductores propuestos brindaran el servicio de taxi solo en el paradero temporal fijado por la Autoridad Municipal y en el vehiculo que le ha sido asignado mediante la autorizacion especial otorgada por la Gerencia General de Transporte Urbano. 5.- Los conductores deberan cumplir con las condiciones pactadas con el usuario respecto del costo del servicio ofertado. 6.- Los conductores deberan asistir a charlas de capacitacion y seguridad vial que realice periodicamente el concesionario MORDAZA Airport Partners S.R.L. o la Policia Nacional del Peru, con la finalidad de mejorar los servicios que se brindan dentro de las instalaciones del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. 7.- Los conductores deberan portar y entregar el voucher o ticket al usuario que contrate el servicio, segun modelo 3, anexo a la presente Ordenanza; y cuya MORDAZA sera entregada al control policial o municipal cuando estos lo soliciten. 8.- Los conductores estaran obligados a facilitar la labor de supervision y fiscalizacion, entregando la informacion o documentacion que solicite la Autoridad Municipal, el concesionario MORDAZA Airport Partners S.R.L. y/o la Policia Nacional del Peru. 9.- Los conductores deberan cumplir con las normas de seguridad y disposiciones de control que imparta el concesionario MORDAZA Airport Partners S.R.L. o la Policia Nacional del Peru dentro de las instalaciones del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. 10.- Cumplir con las demas exigencias y/o obligaciones que se fijen en la autorizacion especial. C).- Respecto de la Empresa de Taxi: 1.- La Persona Juridica debera acreditar ante la Gerencia General de Transporte MORDAZA, un capital social no menor de diez (10 ) Unidades Impositivas Tributarias U.I.T. 2.- La Persona Juridica debera registrar ante la Gerencia General de Transporte MORDAZA la nomina de sus conductores cuyo numero no podra ser mayor al numero de vehiculos autorizados para prestar servicio dentro de las instalaciones del Terminal Aereo. La relacion debera contener la siguiente informacion: fotografia digitalizada del conductor, nombre y domicilio del conductor, MORDAZA del documento de identidad del conductor, la clase y el numero de licencia de conducir, numero telefonico del conductor y de la empresa, y numero de carne del Curso de Educacion y Seguridad Vial. 3.- No permitir que los vehiculos de su flota MORDAZA conducidos por conductores no autorizados por la Gerencia General de Transporte Urbano. 4.- No permitir que el conductor del vehiculo ofrezca de manera ambulatoria el servicio de taxi o que este utilice o contrate a terceros para la captacion de pasajeros dentro de las instalaciones del Terminal Aereo. 5.- Velar por que el conductor del vehiculo, durante el servicio, permanezca en el interior del mismo y utilice unicamente los paraderos autorizados y senalizados por la Autoridad Municipal. 6.- Remitir a la Policia Nacional del Peru, destacada en el interior del Aeropuerto Internacional la relacion de los servicios brindados (escrito y disquete), cuya informacion debera contener como minimo, lo siguiente: Placa de rodaje del vehiculo, hora de prestacion del servicio, lugar o destino y el valor del servicio contratado expresando claramente el signo monetario pactado. 7.- Velar por que se mantengan las caracteristicas tecnicas generales y especificas de los vehiculos autorizados, asi como las demas condiciones que le permitieron su inscripcion al SETACA para la prestacion del servicio de taxi. 8.- Presentar a la Gerencia General de Transporte MORDAZA el tarifario de los precios de viaje hacia los diferentes destinos de MORDAZA y Callao, el mismo que debera portar cada vehiculo de su flota vehicular en su interior y

de manera visible al usuario. 9.- Cumplir con las demas exigencias y/o obligaciones que se fijen en la autorizacion especial.

La autorizacion especial provisional que se otorgue tendra una vigencia de 06 meses, sujeta a renovacion siempre y cuando se cumplan con las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza y demas normas que lo complementen. Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto la Gerencia General de Transporte MORDAZA podra revocar, previo informe de MORDAZA, la autorizacion especial provisional otorgada a la Persona Juridica o al vehiculo autorizado ante el incumplimiento de los terminos de la autorizacion, disponiendo inmediatamente la retencion de la autorizacion especial, como el retiro del sticker adherido al vehiculo; sin perjuicio de las sanciones administrativas pecuniarias contenidas en el Reglamento del Servicio de Taxi Callao y en la presente Ordenanza Municipal. Articulo 9.- Incorporese al Anexo del Reglamento del Servicio de Taxi ­ Callao, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 000009 y modificado mediante Ordenanza Municipal N° 000002, de conformidad con lo dispuesto en su MORDAZA Disposicion Final, las siguientes infracciones que se cometan dentro del Terminal Aeroportuario: INFRACCIONES DE LA PERSONA JURIDICA
CODIGO T-24 INFRACCION Permitir la prestacion del servicio de taxi con un conductor no autorizado por la autoridad municipal. Permitir el estacionamiento de sus vehiculos en lugares no autorizados por la autoridad municipal. Permitir la utilizacion de jaladores dentro del terminal aereo para el ofrecimiento del servicio de taxi de sus unidades. Permitir que el conductor del vehiculo de taxi preste el servicio sin portar el voucher o ticket que acredite la contratacion del mismo. SANCION MULTA UIT EN % 15% MEDIDA PREVENTIVA Interrupcion del viaje Internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal Retencion del Certificado de Operacion Interrupcion del viaje Suspension Temporal de la Autorizacion por un termino de 06 meses o Cancelacion de la Autorizacion en caso de reincidencia.

T-25

10%

T-26 T-27

10% 10%

T-28

Permitir la utilizacion o utilizar intencionalmente los vehiculos de su flota, en acciones de bloqueo, interrupcion u otras que impidan el libre MORDAZA dentro del terminal aereo.

10%

INFRACCIONES DEL CONDUCTOR
CODIGO INFRACCION Prestar el servicio de taxi en forma ambulatoria dentro del Terminal del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA Prestar servicio de taxi en la tercera via del terminal aereo sin que el vehiculo cuente con la autorizacion especial otorgada por la autoridad municipal Prestar el servicio de taxi en la tercera via del terminal aereo sin encontrarse el conductor autorizado por la autoridad municipal. Dejar o recoger pasajeros fuera de la MORDAZA de estacionamiento senalizada en la tercera via para tal fin por la autoridad municipal Dejar el vehiculo estacionado en el tercer carril sin conductor para ofrecer de manera ambulatoria el servicio de taxi No portar la credencial de conductor autorizado refrendada por la autoridad municipal. No portar el voucher o ticket que acredite la contratacion de servicio de taxi o no otorgar el mismo al pasajero MORDAZA de iniciar el servicio. SANCION MULTA EN UIT EN % 15% MEDIDA PREVENTIVA Internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos Internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos Interrupcion del viaje Internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos Internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos Retencion del Certificado de Operaciones Interrupcion de viaje

T-29

T-30

15%

T-31

10%

T-32

10%

T-33

10%

T-34

10%

T-35

10%

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