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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378115 Regional Agraria, los procedimientos administrativos y servicio exclusivo siguientes: Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 2 Certifi cado de Marcas y Señales 3Inscripción y Registro de Productores Agropecuarios y Agroindustriales (Persona Natural o Jurídica) a petición de parte. 4 Inscripción de Viveros Frutícolas con fi nes comerciales SERVICIOS EXCLUSIVOS 02Constancia a Personas Naturales o Jurídicas que desarrollan actividades de Cultivos, Crianzas y Agroindustriales Artículo Segundo.- En el TUPA de la MML, rubro del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana – Subgerencia Regional Agraria, se adecuará la numeración correlativa de los procedimientos de acuerdo a como se está modifi cando, a partir de la vigencia del presente dispositivo. Artículo Tercero.- Modifíquese el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado mediante Ordenanza Nº 1114, conforme a las recti fi caciones señaladas en los artículos Primero y Segundo, y tal como se aprecia en el Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía y sus anexos serán publicados en el portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima ( www.munlima.gob.pe ), en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE ( www. psce.gob.pe ) y en el portal del Estado Peruano ( www. peru.gob.pe .) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 237631-1 Modifican Reglamento de la Ordenanza Nº 746 sobre abastecimiento de agua potable a través de camiones cisterna en Lima Metropolitana DECRETO DE ALCALDÍA Nº 057 Lima, 19 de junio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 746, publicada el 13 de febrero de 2005, se reguló el abastecimiento de agua potable para consumo humano, a través de camiones cisternas en Lima Metropolitana, desde la salida del surtidor, su distribución hasta la acometida o tanque de almacenamiento del consumidor, creando además el Registro Metropolitano de Distribuidores de Agua Potable; Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 746, se estableció que mediante Decreto de Alcaldía, se expediría su Reglamento, en el cual se desarrollaría el diseño de los Servicios Exclusivos involucrados en el tema, que se norma con la Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 023 del 13 de febrero de 2008, publicado el 24 de febrero de 2008, se aprueba el Reglamento de la Ordenanza Nº 746, sobre abastecimiento de agua potable a través de camiones cisterna en Lima Metropolitana; Que, no habiéndose dispuesto en el Reglamento de la Ordenanza Nº 746, la incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2008 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de las modi fi caciones hechas en los procedimientos de los servicios exclusivos “Registro de Surtidores y Distribuidores de Agua” de la Gerencia de Desarrollo Social, es necesario regularizar tal incorporación;Que, mediante Ordenanza Nº 1114 de 27 de diciembre de 2007, publicada el 9 de enero de 2008 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2008 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo dispuesto y de conformidad con el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi car en el Artículo 5º del Reglamento de la Ordenanza Nº 746, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 023-2008-MML, el texto del inciso d) rubro “Para los Surtidores” y los textos de los incisos b), c) y d) del rubro “Para los Distribuidores”, de acuerdo con los siguientes textos: Para los Surtidoresd) Pago por derecho de trámite. Para los Distribuidores b) Pago por derecho de trámite.c) Declaración Jurada del propietario (persona natural o jurídica) del vehículo interesado, indicando que se hará cargo de la Distribución del agua potable en el área autorizada. d) Copia fedateada de la autorización de Circulación expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Gerencia de Transporte Urbano. Artículo 2º.- Incorporar los requisitos establecidos en el Decreto de Alcaldía Nº 023–2008 y su modi fi catoria, establecida con el Artículo 1º del presente Decreto, en los servicios exclusivos del TUPA 2008 de la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Metropolitana de Lima, como se detalla a continuación: 2.1 PROPIETARIO O ADMINISTRADORES DE CAMIONES CISTERNAS 1. Copia de tarjeta de propiedad del Vehículo a registrar. 2. Pago por derecho de trámite.3. Declaración Jurada del propietario (persona natural o jurídica) del vehículo interesado, indicando que se hará cargo de la Distribución del agua potable en el área autorizada. 4. Copia fedateada de la Autorización de Circulación expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Gerencia de Transporte Urbano. 5. Copia de carné de salud vigente del personal que trabaja con el Camión Cisterna. 6. Copia del Certifi cado de Limpieza y Desinfección del Tanque Cisterna. 2.2 PROPIETARIO O ADMINISTRADORES DE SURTIDORES 1. Copia de Licencia para uso de Aguas Subterráneas expedida por el Ministerio de Agricultura, o informe de factibilidad técnica de Sedapal. 2. Copia de la Autorización Sanitaria expedido por el Ministerio de Salud. 3. Copia del Carné de Salud vigente del personal que trabaja en el Surtidor. 4. Pago por derecho de trámite.5. Copia del Certi fi cado de Saneamiento Ambiental. 6. Plano de Ubicación y Distribución y el equipamiento con que cuenta. 7. Listado de las características de los equipos.8. Copia de los Resultados de los análisis Fisicoquímico y Microbiológico del agua. 9. Copia del R.U.C. de la persona natural o jurídica. Artículo 3º.- Inclúyase en los procedimientos administrativos del TUPA 2008 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 11 14, la modifi cación de procedimientos admini strativos establecidos en el Artículo 2° del presente Decreto de Alcaldía y cuyo detalle es consignado en el anexo adjunto, el mismo que se publica en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 4º.- Deróguese el Artículo 6º del Decreto de Alcaldía Nº 023, publicado el 24 de febrero de 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe