Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2008 (14/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2008

Entendiendo caso social como la situacion de indefension frente a la adversidad que padece una organizacion, institucion o persona natural que justifica una atencion economica de parte de la Municipalidad, priorizada respecto de contingencias semejantes. Articulo 5º.- Las subvenciones sociales que otorga la Municipalidad son concedidas por unica vez y en ningun caso puede ser superior a 0.50 UIT. El total de subvenciones otorgadas al ano no puede exceder al credito presupuestario anual asignado para la partida de subvenciones sociales en el Presupuesto Institucional. Articulo 6º.- La aplicacion del presente tiene el caracter de emergencia social y alcanza solo a organizaciones, instituciones y ciudadanos que tienen sede en la Provincia Constitucional del Callao, que demuestren que realizan labor social permanente y debidamente comprobada y/o personas naturales cuya condicion socioeconomica de pobreza extrema o cronica, abandono y otros casos sociales de suma urgencia. La residencia en el Callao es requisito excluyente y exclusivo para la decision a favor de la subvencion. Articulo 7º.- La aprobacion de una subvencion, solo sera tramitada si existe opinion favorable de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, respecto de la evaluacion profesional del caso social y la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, respecto de la disponibilidad presupuestaria y calendarizacion del gasto. Articulo 8º- La unica unidad organica de la Municipalidad Provincial del Callao encargada de tramitar las solicitudes por subvencion social sera la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. DISPOSICIONES ESPECIFICAS Articulo 9º.- Las organizaciones y/o instituciones encargadas de personas en abandono, asi como los ciudadanos que demuestren situacion de pobreza extrema, pobreza cronica y otros casos sociales, que demuestren la necesidad urgente, de ser asistidos con subvenciones por la Municipalidad Provincial del Callao; presentaran por la Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General de la Secretaria General, una solicitud dirigida al Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao; documento que debe contener expresamente la siguiente informacion: 1. Razon social o nombres y apellidos completos, domicilio (adjuntar croquis), numero de telefono (de ser el caso) y numero de Documento Nacional de Identidad del solicitante y, en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente MORDAZA de estatutos y Libro de Actas en la Seccion pertinente a los representantes y/o MORDAZA de documento registral que compruebe la representacion. 2. La expresion concreta de lo pedido y los fundamentos que lo apoye. Esta informacion debe tener el caracter de declaracion Jurada, par evaluar su legalidad en la fiscalizacion posterior. 3. Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. 4. La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea diferente al domicilio real expuesto en virtud del numeral 1. Este senalamiento de domicilio surte sus efectos desde su indicacion y es presumido subsistente, mientras no sea comunicado expresamente su cambio. 5. La relacion de los documentos y anexos que acompana y que sustentan el pedido de la subvencion. 6. Firma del solicitante. En caso de incapacidad del beneficiario, para presentar la solicitud de subvenciones estas seran presentadas por un familiar directo o persona que esta a su cargo; de ser menor de edad, por sus padres o apoderado y en casos de abandono, por la persona o institucion social encargada de su cuidado y atencion. El ciudadano que solicite apoyo social economico para atencion de salud en situacion de alto riesgo debera presentar como requisito indispensable, la MORDAZA o Certificado Medico, conteniendo el diagnostico y requerimiento de los examenes clinicos correspondientes,

expedidos por la institucion tratante de salud publica. El solicitante no debe ser asegurado. El ciudadano que solicite apoyo socio-economico, para el sepelio de un familiar debera presentar como requisito el certificado de defuncion. Articulo 10º.- La Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General remitira el expediente a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales para que tramite la peticion y ejecute las acciones que corresponda. Articulo 11º.- La Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, a traves del profesional especializado, dispondra la evaluacion del Expediente y el estudio socio-economico del caso. Previo a emitir opinion, la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales debera coordinar y solicitar a las instituciones publicas y privadas competentes afines a los casos, la posibilidad de atender al MORDAZA o resolver los casos sociales, agotando las instancias administrativas. Estos documentos deben constar en el expediente que se remite a las unidades organicas competentes para su correspondiente aprobacion. Articulo 12º.- El profesional especializado, ejecutara la evaluacion del expediente y utilizando adecuados criterios profesionales (como una inspeccion ocular de ser necesario), resolvera el caso; asimismo, elaborara la Ficha Social o el Informe Social del MORDAZA o caso social. Dicha documentacion tendra el caracter de Declaracion Jurada y acreditara su legalidad con la firma y huella digital del entrevistado. La evaluacion del caso social, en toda circunstancia correra a cargo de la asistencia social licenciada para el ejercicio, quien verificara y dejara MORDAZA, bajo responsabilidad, de la condicion socioeconomica de pobreza extrema o pobreza cronica del solicitante de la subvencion social, a fin de evitar que la MORDAZA al Concejo Municipal de los casos sociales, induzcan a error a dicho Colegiado al momento de aprobar la subvencion social. Articulo 13º.- El profesional especializado incluira en el expediente el informe social del MORDAZA o caso social, emitiendo opinion calificada referida al caso evaluado; informacion que sera emitida a la Gerencia de Servicios Sociales y Culturales. Articulo 14º.- En los casos de suma urgencia o de atencion inmediata el profesional especializado emitira su opinion basandose en su criterio profesional formulando la Ficha Social, bajo el MORDAZA de presuncion de veracidad del solicitante y evaluando la documentacion presentada por el MORDAZA o caso social con caracter de Declaracion Jurada. Articulo 15º.- El Gerente General de Servicios Sociales y Culturales tomara conocimiento del informe Social y de opinar favorable, lo remitira a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion. Esta MORDAZA establecera la disponibilidad presupuestal y la fuente de financiamiento correspondiente, asi como su inclusion en los calendarios de compromisos. Articulo 16º.- La Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion remitira todo lo actuado a la Secretaria General, para la prosecucion del tramite en la Comision de Administracion del Concejo Municipal. Articulo 17º.- La Comision de Administracion del Concejo Municipal, dictaminara el expediente y de ser procedente propondra al Concejo Municipal el otorgamiento de la subvencion social. Articulo 18º.- Aprobada la subvencion por el Concejo Provincial, la Secretaria General, formulara el Acuerdo de Concejo para la firma del senor Alcalde. Articulo 19º.- La Secretaria General, MORDAZA de conocimiento el Acuerdo de Concejo, a todas las Unidades Organicas que intervinieron en el tramite y remitira el expediente a la Gerencia General de Administracion, para dar cumplimiento y otorgar la subvencion aprobada. Articulo 20º.- Al otorgar la subvencion, la Gerencia General de Administracion, la Gerencia de Personal, la Tesoreria Municipal y la Gerencia de Contabilidad, deberan exigir que el Comprobante de Pago, contenga la documentacion sustentatoria del gasto efectuado. Articulo 21º.- Los beneficiarios de las subvenciones o sus representantes, estan obligados a rendir cuenta de los gastos realizados con los correspondientes comprobantes de pago ante la Gerencia de Tesoreria segun el plazo estipulado en la Hoja de Compromiso de acuerdo a cada caso.

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