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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378199 Otorgan a empresa la renovación de permiso de operación de aviación general RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 128-2008-MTC/12 Lima, 24 de julio del 2008Vista la solicitud de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú, sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral N° 0111-2004- MTC/12 del 13 de julio del 2004 se otorgó a la empresa SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú Renovación de su Permiso de Operación de Aviación General: Servicio Privado; Que, el Permiso de Operación de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú, fue otorgado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de julio del 2004, plazo que vence el 28 de julio del 2008; Que, mediante Documento de Registro N° 2008- 020208 del 14 de mayo del 2008, la empresa SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú solicitó la Renovación de su Permiso de Operación; Que, según los términos de la Memoranda N° 546- 2008-MTC/12, Nº 619-2008-MTC/12 y Nº 2638-2008-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Ofi cio Nº 457-2008-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA se ha pronunciado por ciertas restricciones en algunos aeródromos; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú, la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación General: Servicio Privado, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de julio del 2008, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 0111-2004-MTC/12 del 13 de julio del 2004; bajo las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General: Servicio Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna T337 H- Cessna Citation VZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS Los sobrevuelos en los aeródromos de Esperanza Amuesha – ubicado en el Parque Nacional Yanachaga Chemillen, Villa América – ubicado en la Reserva Comunal Yanesha, Balta – ubicado en la Reserva Comunal Alto Purús; autorizados a la empresa SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú no podrán operar en alturas menores a 3,000 pies sobre el nivel de la superfi cie, salvo para el caso de las operaciones de aterrizaje y despegue, a fi n que en ningún caso sea perceptible al nivel del suelo el ruido de los motores, de conformidad con lo dispuesto por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA mediante OFICIO Nº 457-2008-INRENA-IANP/DOANP. DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Chivay, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Ayacucho, Palma Pampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTOS: Cajamarca - Cajamarca, Jaén, Santa Cruz. DEPARTAMENTO: Cusco - Cusco, Kirigueti, Kiteni, Miaria, Nuevo Mundo, Pacria / Nueva Luz, Patria, Yauri. DEPARTAMENTO: Huánuco - Huánuco, Pueblo Libre del Codo, Santa Marta, Tingo María, Tournavista. DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: Junín - Alto Pichanaqui, Cutivereni, Chichireni, Jauja, Mazamari, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Uchubamba. DEPARTAMENTO: La Libertad - Casa Grande, Chagual / Don Lucho, Gochapita, Huamachuco, Pias, Trujillo, Tulpo. DEPARTAMENTO: Lambayeque - Chiclayo. DEPARTAMENTO: Lima - Internacional “Jorge Chávez”, Paramonga. DEPARTAMENTO: Loreto - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Intuto, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: Madre de Dios - Huaypetú, Iñapari, Manú, Mazuko, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: Moquegua - Campamento Ilo, Cuajone / Botifl aca, Ilo. DEPARTAMENTO: Pasco - Ciudad Constitución, Delfín del Pozuzo, Esperanza / Amuesha, Iscozasin, Vicco, Villa América. DEPARTAMENTO: Piura - Bayóbar, Huancabamba, Piura, Talara. DEPARTAMENTO: Puno - Juliaca, San Rafael.Descargado desde www.elperuano.com.pe