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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378553 VISTOS: La comunicación de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo sobre la Resolución Nº 463-2008-ANR, su fecha 18 de junio del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, en el texto de la Resolución Nº 463-2008-ANR, aparece un error material relacionado con la denominación de cinco maestrías, debiendo ser: Maestría en Ciencias Sociales con mención en Políticas Sociales: Gerencia Social; Maestría en Ciencias Sociales con mención en Género, Sexualidad y Democracia; Maestría en Ciencias con mención en Docencia Universitaria e Investigación Educativa, Maestría en Ciencias de la Ingeniería Mecánica y Eléctrica con mención en Energía, y Maestría en Salud Pública; razón por la que es necesario expedir nueva resolución; Estando a lo Informado; y,En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniverstiaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car la Resolución Nº 463- 2008-ANR, su fecha 18 de junio del 2008, la misma que en adelante se leerá en la siguiente forma: EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO:El ofi cio Nº 311-2008-EPG, de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de los fi nes que cumple la Asamblea Nacional de Rectores, mediante Resolución Nº 023-2004-ANR, se aprobó el documento denominado “Lineamientos de Autoevaluación con Fines de Acreditación de Escuelas o Programas de Posgrado” y, por Resolución Nº 394-2004-ANR, se aprobó los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado”, a fi n de que los estudios de maestría y doctorado que ofrecen las Escuelas de Posgrado, sean acreditados en el más alto nivel de excelencia; Que, en mérito a lo previsto por los dispositivos citados en el considerando anterior la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo - Lambayeque, mediante ofi cio de vistos, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los Programas Académicos de Maestría y Doctorado con sus respectivos currículos, para su aprobación correspondiente; Que asimismo, habiéndose examinado la documentación que contiene resoluciones de creación y organización de los Programas de Maestría y Doctorado, con la descripción y proceso de implementación de la infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, Centro de Experimentación, en algunos casos Laboratorio, personal docente, así como el currículo de estudios de cada uno de los citados programas, se desprende que acreditan los requisitos académicos y de infraestructura para el funcionamiento de la Escuela de Postgrado con sus respectivos programas; Estando a lo Informado; yEn uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la organización y funcionamiento de la Escuela de Postgrado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Lambayeque, con sus respectivos programas de Maestría y Doctorado cumplen con los “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de la Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado” y numeral 2. de “Lineamientos de Autoevaluación con Fines de Acreditación de Escuelas o Programas de Posgrado” aprobados por las Resoluciones Nº 394-2004-ANR y Nº 023-2004-ANR, respectivamente; quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Precisar que los Programas de Maestría, con sus respectivas menciones y de Doctorado, que comprende la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Lambayeque son: Maestría en Administración con mención en Gerencia Empresarial, Maestría en Administración con mención en Gerencia Pública, Maestría en Ciencias con mención en Proyectos de Inversión, Maestría en Administración con mención en Finanzas, Maestría en Ciencias con mención en Gestión Universitaria, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Políticas Sociales: Gerencia Social; Maestría en Ciencias Sociales con mención en Género, Sexualidad y Democracia, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Gobernabilidad, Descentralización y Reforma del Estado, Maestría en Ciencias Sociales con mención en Sociología de la Infancia y las Generaciones, Maestría en Ciencias con mención en Gerencia en Tecnología de Información, Maestría en Gerencia de Obras y Construcción, Maestría en Ciencias con mención en Gerencia de Servicios de Salud, Maestría en Ciencias de Enfermería, Maestría en Ciencias con mención en Recursos Hídricos, Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Ambiental, Maestría en Ciencias con mención en Ingeniería Hidráulica, Maestría en Ciencias con mención en Bioingeniería y Biotecnología Agroindustrial, Maestría en Ciencias con mención en Biología Molecular y Bioquímica Clínica, Maestría en Ciencias Pecuarias con mención en Producción Animal, Maestría en Odontología con mención en Ortodoncia, Maestría en Medicina, Maestría en Ciencias de la Ingeniería Mecánica y Eléctrica con mención en Energía, Maestría en Ciencias con mención en Matemática Aplicada, Maestría en Ciencias con mención en Docencia Universitaria e Investigación Educativa, Maestría en Neurociencias en Educación, Maestría en Derecho con mención en Judicial y Fiscal, Maestría en Derecho con mención en Civil y Comercial, Maestría en Derecho con mención en Constitucional y Gobernabilidad, Maestría en Derecho con mención en Derecho Empresarial, Maestría en Derecho con mención en Ciencias Penales, Maestría en Ciencias con mención en Informática y Sistemas, Maestría en Ciencias con mención en Microbiología, Maestría en Ciencias con mención en Docencia Superior e Investigación Educativa, Maestría en Ciencias con mención en Ecología y Conservación, Maestría en Salud Pública; Doctorado en Ciencias de la Educación, Doctorado en Gestión Universitaria, Doctorado en Derecho y Ciencia Política, Doctorado en Ciencias de la Salud, Doctorado en Ciencias Ambientales. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese.ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario GeneralAsamblea Nacional de Rectores 241601-1Descargado desde www.elperuano.com.pe