Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2008 (03/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2008

Articulo Octavo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administracion Tributaria, la organizacion del sorteo, a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la realizacion de los procesos informaticos e identificacion de los contribuyentes y a la Unidad de Comunicacion Municipal la difusion del Sorteo Publico. Articulo Noveno.- AUTORIZAR, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, efectuar gastos financieros hasta por un monto de S/. 80,000.00 nuevos soles, para la adquisicion de los premios, regalos, MORDAZA de difusion y publicidad del sorteo publico. Articulo Decimo.- AUTORIZAR, a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, ejecutar las acciones administrativas y presupuestarias que correspondan, para cumplir con lo dispuesto la presente Ordenanza. Articulo Decimo Primero.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta para su inmediata publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE PROHIBE LA PRODUCCION, ALMACENAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS PIROTECNICOS Y DETERMINA LOS LUGARES PUBLICOS EN LOS QUE SE PUEDEN USAR ARTICULOS PIROTECNICOS DEFLAGRANTES (FUEGOS ARTIFICIALES) EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA

285252-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Prohiben la produccion, almacenamiento y comercializacion de productos pirotecnicos y determinan lugares publicos en los que se pueden usar fuegos artificiales en el distrito
ORDENANZA Nº 376-MDEA
El MORDAZA, 5 de Junio de 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: en la Sesion Ordinaria de la fecha, el Documento de fecha 02 de junio del 2008 presentado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adjunto al Proyecto de Ordenanza que Prohibe la Produccion, Almacenamiento y Comercializacion de Productos Pirotecnicos y Determina los Lugares Publicos en los que se puedan Usar Articulos Pirotecnicos Deflagrantes (Fuegos Artificiales), e Informe N° 2472008-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6 del inciso 3), articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que es funcion especifica de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27718 regula la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos, concordante con el articulo 13º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2004-IN, dispone que las municipalidades dictaran las medidas para determinar los lugares publicos en los que se puedan usar articulos pirotecnicos deflagrantes (fuegos artificiales); En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del pleno del Concejo,

Articulo Primero.Prohibir la fabricacion, almacenamiento, comercializacion y tenencia de articulos pirotecnicos detonantes y/o deflagrantes de uso recreativo en el distrito de EL MORDAZA, asi como el transporte de articulos pirotecnicos en general. Articulo Segundo.- El transporte de articulos pirotecnicos, debera realizarse por las avenidas circundantes de la jurisdiccion distrital, con excepcion de los articulos pirotecnicos que cuenten con la correspondiente autorizacion municipal, para uso en los lugares determinados en el articulo quinto. Articulo Tercero.- El uso de articulos pirotecnicos, solo podra efectuarse en espectaculos debidamente autorizados por la Municipalidad de El Agustino. La autorizacion sera otorgada por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y el solicitante debera estar previamente autorizado por el Ministerio del Interior (DICSCAMEC). Articulo Cuarto.- Las ofertas de ventas del servicio de espectaculos pirotecnicos, se realizara en locales autorizados por la municipalidad, mediante el uso de catalogos y exhibicion de las estructuras de los articulos pirotecnicos desactivados sin carga pirotecnica. Los establecimientos que oferten estos servicios, deberan contar con autorizacion de la DICSCAMEC. Articulo Quinto.- Fijese como lugares para la ejecucion de espectaculos pirotecnicos deflagrantes, los siguientes: a) Mega Eventos, eventos y show - MORDAZA Principal de El MORDAZA (La Corporacion). b) Eventos y show: - Todo MORDAZA que por su caracteristica presente areas despejadas, suficientes para la evacuacion, no presente riesgo en cableados electricos ni otros que comprometa la MORDAZA de los observadores.

Articulo Sexto.Aprobar el procedimiento "AUTORIZACION PARA REALIZAR ESPECTACULOS PIROTECNICOS" e INCORPORAR dicho procedimiento en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, segun Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- APROBAR el costo por autorizacion para realizar espectaculos pirotecnicos a S/. 350.00 (trescientos cincuenta nuevos soles). Articulo Septimo.- En caso de incumplimiento de la presente Ordenanza, se procedera conforme a las disposiciones legales vigentes. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- En todo lo no previsto, se aplicara supletoriamente lo dispuesto por la Ley Nº 27718 que regula la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2004IN y la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. SEGUNDA.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. TERCERA.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento a las demas oficinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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