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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (03/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384410 ACORDO: Primero: DECLARAR procedente la Exoneración de Procesos de Selección, para EL ALQUILER DE LA RETROEXCAVADORA SOBRE ORUGAS por causal de desabastecimiento inminente, para la Obra: “Construcción y Mejoramiento Carretera Molinopampa – Jumbilla, Tramo: Cerro Muñoz – Cashac, Km. 9+100 – Km. 27+050”, por el monto aproximado de S/. 119,104.50 (Ciento Diecinueve Mil Ciento Cuatro y 50/100 Nuevos Soles), por la situación extraordinaria e imprevisible presentada, como es la presencia de lluvias intensas y saturación del suelo en el tramo en ejecución, para luego de superada la urgencia y en caso de subsistir la necesidad llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda. Segundo: CONSIGNAR la salvedad de que en el informe de Asesoría jurídica debió considerarse lo expresado en el Art. 32 del TUO de la Ley de Adquisición y contrataciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM. Indicado en el tercer párrafo que dice: “En el supuesto de que una licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa sean declarados desiertos por la ausencia de postores hasta en dos oportunidades, se convocará a un proceso de Adjudicación de menor Cuantía” Tercero: Derivar el expediente con todos sus actuados al Ejecutivo, para su implementación mediante el acto resolutivo pertinente; Firmaron: Rolando Ramos Chuquimbalqui Consejero delegado, Sr. Mariano Hernández Escalante, Sra. Marina del Carmen Marquina de Ocampo, Ing. José Santos Ramírez Zegarra, Prof. Levi Tiwi Pujupat. Regístrese y comuníquese.ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero DelegadoGobierno Regional AmazonasConsejo Regional 284804-1 Autorizan viaje del Presidente del Gobierno Regional de Amazonas a EE.UU., en comisión de servicio ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 035-2008-GRA/CR Chachapoyas, 20 de Noviembre del 2008 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Leyes N° 27902 y N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en la Entidades Públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, modifi ca por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; Segundo.- Que, el tercer párrafo del artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que no son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refi ere el presente artículo; Tercero.- Que, de conformidad con el Artículo 83º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones según el nivel de carrera grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Cuarto.- Que, de conformidad con el artículo 23° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas; Quinto.- Que, mediante Ofi cio N° 1160-2008-GRA/PR, de fecha 17 de noviembre del presente año, el Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, solicita autorización al Consejo Regional de Amazonas para asistir a la CENA DE GALA ANUAL que se llevará a cabo el día 28 de noviembre del presente a horas 7:30 pm. en la Organización de los Estados Americanos – OEA - Washington DC Estados Unidos, asimismo señala que los pasajes y estadía serán asumidos por la Fundación “PERÚ BRAZOS ABIERTOS”, por lo que no irrogará gasto alguno al Gobierno Regional de Amazonas; Sexto.- Que, mediante carta de fecha 30 de octubre del 2008, el Fundador y Presidente de la Fundación PERU BRAZOS ABIERTOS Sr. Roger Huaman hace la invitación al Presidente del Gobierno Regional Amazonas para asistir a la primera Cena de Gala anual “UNIDOS POR LOS NIÑOS” a celebrarse en la Organización de los Estados Americanos en Washington DC Estados Unidos, con la fi nalidad de rescatar a los niños desamparados que están viviendo en extrema pobreza y brindarles programas integrales de Educación, Salud y Nutrición con la que ayudará a fi nanciar Escuelas vocacionales en Amazonas que provean el inglés, agricultura, exportación/ importación, además de existir la posibilidad de obtener un fi nanciamiento para la adquisición de un pool de maquinaria pesada con la fundación antes citada, en cuyo viaje se concretará el fi nanciamiento; Séptimo.- Que, de conformidad con lo establecido con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por las Leyes Nº 27902 y 28013; los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos institucionales; Octavo.- Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria desarrollada en la sala de sesiones del Gobierno Regional de Amazonas, llevado a cabo el miércoles 19 de noviembre del 2008, aprobó por mayoría el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR, el viaje del señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, Ing. Oscar Ramiro ALTAMIRANO QUISPE al exterior del país, para participar en la PRIMERA CENA DE GALA ANUAL “UNIDOS POR LOS NIÑOS” a desarrollarse en la Organización de los Estados Americanos en Washington DC - Estados Unidos de Norte América, a partir del 26 de Noviembre hasta el 04 de Diciembre del presente año y la obtención del fi nanciamiento para la adquisición de un pool de maquinaria pesada con la fundación antes citada; Artículo Segundo: ENCARGAR todas las facultades inherentes al cargo de Presidente del Gobierno Regional de Amazonas al señor Vicepresidente del Gobierno Regional Amazonas, Dr. Julio David SAGASTEGUI JAUREGUI durante la ausencia de aquel, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Sr. Mariano Hernández Escalante, Sr. José Ramirez Zegarra, Sra. Marina Marquina de Ocampo y Sr. Levi Tiwi Pujupat, Consejeros Regionales. Regístrese y comuníquese. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero DelegadoConsejo Regional 284796-1Descargado desde www.elperuano.com.pe