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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384414 Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2007- GRSM/CR, de fecha 23 de Julio del 2007, el Consejo Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de Julio del 2007, aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2007, de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín; Que, mediante Ofi cio N° 852-2008-GR-SM-DREM, de fecha 05 de Setiembre del 2008, la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín, remite el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, adecuado los costos por derecho de trámite a la Unidad Impositiva Tributaria – UIT vigente; mismo que con Nota Informativa N° 047-2008-GRSM/GRPP-AT/SGR, de fecha 01 de Setiembre del 2008, fue revisado por la Subgerencia de Racionalización y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional, expresando su conformidad, encontrando que su formulación es acorde con la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; Que, con Informe Legal N° 377-2008-GRSM- ORAL, de fecha 11 de Setiembre del 2008, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina que el Proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín, sea aprobado por el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín - Moyobamba, el día martes 07 de Octubre del 2008 y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: DEJESE sin efecto la Ordenanza Regional Nº 022-2007-GRSM/CR, de fecha 23 de Julio del año 2007, el cual aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2007 de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín. Artículo Segundo: APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2008 de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín, que en ciento setenta y ocho (178) folios forman parte de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. WALTER LINCOLN ROJAS SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional de San Martín POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los treintiún días del mes de octubre de 2008. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente Regional 284848-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 080-2008-MDC, que establece beneficio de regularización tributaria y administrativa DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2008-A-MDC Cieneguilla, 29 de noviembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO:En Informe Nº 123-2008-GR/MDC, de fecha 28 de Noviembre del 2008 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 366-2008-GAJ/MDC, de fecha 28 de Noviembre del 2008 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Ampliación de Amnistía. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 080-2008-MDC, se estableció el benefi cio de regularización tributaria y administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla para que regularicen sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes que se encuentren en la vía ordinaria o coactiva. Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 080-2008-MDC faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia previsto en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 080-2008-MDC “Ordenanza que establece el benefi cio de regularización tributaria y administrativa” hasta el 23 de diciembre del 2008. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, y demás Gerencias que por la naturaleza de sus funciones tengan injerencia en la administración de valores tributarios y administrativos, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 285514-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Autorizan realización de sorteo público de bienes para contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 276-C/MC Comas, 18 de noviembre de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe