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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de diciembre de 2008 384825 Que, en tal sentido es necesario autorizar sus viajes en misión ofi cial, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); Que, en tanto dure la ausencia del titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27619, Ley N° 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, los viajes en misión ofi cial del señor Luis Miguel Valdivieso Montano, Ministro de Economía y Finanzas, a las ciudades de Nueva York y Boston, Estados Unidos de América, Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y Madrid, Reino de España, del 11 al 18 de diciembre de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, según detalle: Pasajes : US$ 5 168,34 Viáticos : US$ 2 480,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3°.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor Pedro Sánchez Gamarra, Ministro de Energía y Minas, a partir del 11 de diciembre de 2008 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4°.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 288670-3 AMBIENTE Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA-SENAMHI RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA N° 0341-SENAMHI-PREJ-OGA-OAS/2008 Lima, 3 de diciembre de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 767-SENAMHI-OGA-OAS/2008 del 27 de noviembre del 2008 mediante el cual, el Director de la Ofi cina General de Administración dando cumplimiento a los dispositivos legales vigentes, solicita se emita la Resolución Presidencial Ejecutiva autorizando la ejecución del proceso de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0004-2008-SENAMHI por la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP.CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI correspondiente al Año Fiscal 2008, se encuentra programado el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0042-2008-SENAMHI, por la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP; prestado por la Asociación Civil Red Académica Peruana, fi nanciado con el presupuesto de recursos ordinarios; Que, teniendo en consideración el informe técnico Nº 001-SENAMHI/DGM/2008 de fecha 06.11.08, emitido por la Dirección General de Meteorología del SENAMHI, que sustenta técnicamente el requerimiento del servicio solicitado; Que, la Ofi cina General de Administración con el Ofi cio Nº 753-SENAMHI-OGA-OAS/2008 del 24.11.08, remite a la Ofi cina de Asesoría Jurídica el Informe Técnico- Económico Nº 005-SENAMHI-OGA-OAS/2008, donde se solicita que la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP; se efectúe directamente a la Asociación Civil Red Académica Peruana. Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica con el Ofi cio N° 176-SENAMHI-OAJ/2008 del 26.11.08 remite el Informe Legal Nº 007-SENAMHI-OAJ/2008, en mérito de lo expuesto y fundamentado en el Informe Técnico e Informe Técnico Económico, se pronuncia por la continuación del trámite de exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP; se efectúe directamente a la Asociación Civil Red Académica Peruana del Perú; contando con los citados informes y teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneración del Proceso de Adquisición; De conformidad con el inciso e) del artículo N° 19°, y con el inciso a) del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establecen que cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el informe técnico Nº 001-SENAMHI/DGM/2008 de fecha 06.11.08, emitido por la Dirección General de Meteorología del SENAMHI, el Informe Técnico Económico Nº 005-SENAMHI-OGA-OAS/2008 emitido por la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 007-SENAMHI-OAJ/2008 emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI, con las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema Nº 021-2007-DE/SG del 24 de enero del 2007, con la visación del Director de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, del Director de la Ofi cina General de Administración; y lo expuesto por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del SENAMHI; con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 042-2208-SENAMHI para la contratación del servicio de conexión de tecnología avanzada RAAP prestado por la Asociación Civil Red Académica Peruana, por ser la única persona jurídica que presta el referido servicio y por la razón fundamentada técnicamente de que los servicios a contratar no admiten sustitutos. Artículo 2°.- Autorizar a la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0004-2008-SENAMHI, por el importe total de S/. 37,853.61 Nuevos Soles (Treinta Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Tres y 61/100 Nuevos Soles); cuyo monto se encuentra programado y financiado con el presupuesto de recursos ordinarios. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Administración, remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro Descargado desde www.elperuano.com.pe