Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2008 (10/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Autorizan viaje de Director Ejecutivo de PROINVERSION a EE.UU., Espana e Inglaterra, para participar en reuniones a fin de promocionar inversiones
RESOLUCION SUPREMA N° 098-2008-EF MORDAZA, 9 de diciembre de 2008

Modifican el articulo 1º de la R.M. Nº 287-98-EF/10, que aprobo la relacion de mercancias que pueden acogerse al regimen de importacion temporal para reexportacion en el mismo estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 723-2008-EF/15 MORDAZA, 9 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y normas modificatorias, establece en su articulo 63º que mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se senalaran las mercancias que pueden acogerse al regimen de Importacion Temporal para reexportacion en el mismo estado; Que por Resolucion Ministerial Nº 287-98-EF/10 se aprobo la relacion de mercancias que pueden acogerse al mencionado regimen y mediante Resolucion Ministerial N° 053-2003-EF/15 se incorporo como numeral 22) de la citada relacion a los bienes importados temporalmente por empresas nacionales dedicadas al servicio de transporte aereo de carga o pasajeros, servicio de transporte aereo especial o de aviacion general con fines de instruccion a que se refiere la ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; Que con Ley Nº 28525, Ley de Promocion de los Servicios de Transporte Aereo, se aprobaron beneficios a la aviacion civil y se establecio que estos podian ser solicitados por tres anos contados a partir de la publicacion de sus normas complementarias, las cuales se publicaron el 07.10.2005 con el Decreto Supremo Nº 131-2005-EF; Que el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 504-2005-EF/15, que aprobo la relacion de mercancias que pueden ingresar al MORDAZA al MORDAZA de lo establecido por el articulo 7º de la Ley Nº 28525, dejo sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 053-2003-EF/15; Que habiendose cumplido el plazo para acogerse a los beneficios de la Ley Nº 28525, resulta necesario restablecer la continuidad de la operatividad aduanera a fin de garantizar el flujo normal de importaciones temporales de los referidos bienes, de manera que no se afecte la prestacion de servicios que vienen realizando las empresas nacionales de transporte aereo de pasajeros y carga, transporte aereo especial, trabajo aereo, asi como aviacion general, aeroclubes y escuelas de aviacion, por lo que es necesario que se incluya un numeral con las mencionadas mercancias en la relacion aprobada por Resolucion Ministerial Nº 287-98-EF/10; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el articulo 63º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE Articulo Unico.- Incorporar como numeral 24) del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 287-98EF/10 y normas modificatorias, que aprobo la relacion de mercancias que pueden acogerse al regimen de Importacion Temporal para reexportacion en el mismo estado, el siguiente texto: 24) Aeronaves, partes, piezas, repuestos y motores, documentos tecnicos propios de la aeronave y material didactico para instruccion del personal aeronautico, comprendidas en las siguientes subpartidas nacionales, ingresadas por empresas nacionales dedicadas al servicio de transporte aereo de pasajeros o carga, transporte aereo especial, trabajo aereo, asi como aviacion general, aeroclubes y escuelas de aviacion:
N° 1 2 3 4 5 SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 4901.99.90.00 Manuales de vuelo, mantenimiento y de instruccion aeronautico y catalogos de partes. 7326.90.90.00 Estrobos o soportes para esligas de MORDAZA para uso de helicopteros 8407.10.00.00 Motores de aviacion 8409.10.00.00 Partes de motores de aviacion 8411.11.00.00 Turborreactores, de empuje inferior o igual a 25 kN

Visto el Oficio N° 133-2008-PROINVERSION/DEAOAJ, del Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO:

Que, del 11 al 18 de diciembre de 2008, se llevara a cabo un road show para promocionar las inversiones, en las ciudades de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, MORDAZA, Reino de Espana, y Londres, Reino Unido de la Gran Bretana e Irlanda del Norte: Que, corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, entre otros, coordinar y crear un ambiente propicio para el desarrollo de las inversiones; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo de PROINVERSION, debiendo esta agencia de promocion asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA); Que, la participacion del mencionado funcionario tiene por finalidad promover que un mayor numero de postores internacionales intervengan en los diferentes proyectos de infraestructura que PROINVERSION tiene a su cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo de PROINVERSION, a las ciudades de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, MORDAZA, Reino de Espana, y Londres, Reino Unido de la Gran Bretana e Irlanda del Norte, del 11 al 18 de diciembre de 2008, para que participe en las reuniones a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viaticos : US$ TUU A : US$ 5,661.80 2,480,00 30,25

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas 288670-6

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