Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2008 (16/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

385257

En la Pag. Nº 384583 DICE: ACUERDO:

Condecorar con la MEDALLA VECINAL de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" por motivo del 79º Aniversario de creacion del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, a don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: ACUERDO:

Condecorar con la MEDALLA VECINAL de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" por motivo del 79º Aniversario de creacion del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, a don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA 290656-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de arroz pilado superior para la atencion de beneficiarios de los Programas Sociales
ACUERDO Nº 000293 Callao, 13 de didiembre de 2008 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en la sesion extraordinaria celebrada el 13 de diciembre del 2008, con el MORDAZA por MAYORIA del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo Nº 84 de la Ley Organica de Municipalidades, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales en materia de programas sociales, defensa y promocion de derechos, la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion y en concordancia con la legislacion de la materia; Que, la Gerencia de Abastecimiento a traves del Informe Nº 1700-2008-MPC/GGA-GA, solicita la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para Adquisicion de Arroz Pilado Superior por la causal de situacion de desabastecimiento inminente; Que, el articulo Nº 19 literal c) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen

en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declarados de conformidad a dicha Ley; Que, mediante Informe N° 1311-2008-MPC/GGA-GASGA el Sub Gerente de Adquisiciones adjunta el Informe Tecnico donde hace saber que el 11 de Noviembre del 2008, el Comite Especial para el efecto procede a la Convocatoria de la Adjudicacion Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 023-2008-MPC-CE para la adquisicion de Productos Alimenticios para los Beneficiarios de los Programas de Complementacion Alimentaria para los meses de Noviembre y Diciembre del 2008, al MORDAZA de lo establecido en el Art. 16º del Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolucion Nº 0942007-CONSUCODE/PRE, asi el 25 de Noviembre del 2008, en acto publico luego aplicar los procedimientos tecnicos legales estipulados en los Arts. 19º, 20º, 21º, 22º y 23º del Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolucion Nº 094-2007-CONSUCODE/PRE el Comite Especial otorgo la buena pro del Item I, a la empresa INDUSTRIA ARROCERA DE MORDAZA SAC para el abastecimiento de 64,053 kilogramos de Arroz Pilado Superior a un precio unitario de S/. 2.00 nuevos soles, destinado a los beneficiarios de los Programas de Complementacion Alimentaria de la Provincia Constitucional del Callao; Que, senala el citado Informe Tecnico que mediante Carta s/n del 26.11.2008 dirigida al Comite Especial, la empresa AG Alimenta SAC solicita la revision de todo lo actuado por el Comite Especial especificamente al otorgamiento de la Buena pro del Item I Arroz Pilado Superior, el mismo que fue aceptado segun lo dispone el Art. 136º del D.S. Nº 148-2006-EF modificatoria del D.S. Nº 084-2004-PCM, asi el 28 de Noviembre del 2008, la empresa AG ALIMENTA SAC interpone recurso de apelacion contra lo actuado en el otorgamiento de la buena pro del Item I: Arroz Pilado Superior, argumentando que la documentacion presentado por la Empresa Industria Arrocera de MORDAZA SAC no se ajusta a lo solicitado en las bases administrativas, explicitamente en la MORDAZA del Analisis de pesticidas realizado por un Laboratorio acreditado ante Indecopi; Que, aplicando los criterios interpretativos dispuesto en el Acuerdo Nº 012/2006 de fecha 15.08.2006 el Tribunal Constitucional del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remite a traves del SEACE la Toma Razon del Expediente Nº 04775-2008-TC en donde hace de conocimiento el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa AG ALIMENTA SAC, suspendiendo el Comite Especial cualquier tramite administrativo posterior al otorgamiento de la buena pro, de acuerdo a lo tipificado en el Art. 153º del D.S. 028-2007-EF modificatoria del D.S. Nº 084-2004-PCM, posteriormente a traves de la Cedula de Notificacion Nº 67478 / 2008.TC recepcionado con fecha 10 DIC 2008, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hace saber sobre el recurso de revision presentado por AG ALIMENTA SAC, debiendo remitirse todo lo actuado ante dicha instancia, asi de acuerdo al 4to parrafo del Art. 27º del Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolucion Nº 094-2007-CONSUCODE/PRE , el Tribunal debera resolver el Recurso de Revision dentro de diez (10) dias habiles salvo que requiera informacion o documentacion adicional por parte de la entidad, en cuyo caso podra ampliar dicho plazo en cinco (5) dias mas; Que, ante esta situacion, a traves del Informe Nº 9332008-MPC-GGPS-GPT de fecha 03 DIC 2008 la Gerencia de Programas Transferidos concluye que URGE DECLARAR EN DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de Arroz Pilado para la atencion oportuna de los Programas de Complementacion Alimentaria, en razon de la impugnacion del MORDAZA de compra del producto arroz presentada por uno de los postores, el mismo que es refrendado mediante el Memorando Nº 763-2008-MPC/GGPS de la Gerencia General de Programas Sociales de fecha 05 DIC 2008 dirigido a la Gerencia General de Administracion, quien a traves de su

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.