Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2008 (16/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO: Que, .....

El Peruano MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2008

3.5.3. Cerrado con los carteles incompletos. En estos supuestos se procede a elaborar el "Acta de Reapertura y/o Retiro de Carteles Oficiales" (Anexo VI) y se emite un informe (Anexo VII) para la aplicacion de las sanciones pertinentes por la comision de las infracciones previstas en el articulo 43º de la Ley de los Delitos Aduaneros o la tipificada en el numeral 10 del articulo 177º del Codigo Tributario, segun corresponda. 4. DEL CIERRE DEFINITIVO DEL ESTABLECIMIENTO 4.1 Cuando se configuran las situaciones previstas en los numerales 2.4.2 y 3.5.1. el servidor aduanero designado para la ejecucion de la medida debe remitir un informe adjuntando la documentacion probatoria que acredita la comision de la infraccion tipificada en el articulo 43º de la Ley de los Delitos Aduaneros y lo remite al area resolutiva responsable de la aplicacion de la sancion de cierre definitivo a fin que proceda a emitir la resolucion correspondiente. 4.2 Conforme a lo senalado en el articulo 45º de la Ley de los Delitos Aduaneros, una vez que la Resolucion queda firme o consentida, debe comunicarse a la autoridad municipal competente para que proceda al cierre definitivo y la consiguiente cancelacion de la licencia o autorizacion de funcionamiento del local sancionado, requiriendo a dicha entidad la confirmacion de la fecha de ejecucion del cierre definitivo, para su registro en el SIGEDA. VIII. FLUJOGRAMA

Aspectos a incluir en la parte considerativa: -Acreditacion de poderes -Verificacion de la preexistencia de sancion(es) de cierre temporal anterior pendiente(s) o ejecutada(s), para efectos de la aplicacion del articulo 37º de la Ley de los Delitos Aduaneros ­Ley Nº 28008. -Tipificacion de la infraccion administrativa incurrida -Monto de la multa a imponerse -Periodo de cierre SE RESUELVE:

No aplica IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Las infracciones previstas en la Ley de los Delitos Aduaneros y en el Codigo Tributario. X. REGISTROS - Sanciones- modulo SIGEDA. - Actas de Cierre y/o Colocacion de Carteles Oficiales - Actas de Verificacion de Cierre - Informes-Modulo de Tramite Documentario XI. DEFINICIONES Resolucion firme o consentida.- Se entiende por resolucion firme o consentida cuando: a) El plazo para impugnarla se encuentra vencido y no se ha interpuesto el recurso respectivo, b) Habiendo sido impugnada, se ha presentado el desistimiento y ha sido aceptado, o, c) Se ha notificado una resolucion que pone fin a la via administrativa, confirmando la resolucion impugnada. ANEXOS Anexo I : Esquema Resolucion - Cierre Temporal. Anexo II : Cartel "Cierre Temporal". Anexo III : "Acta de Cierre y/o Colocacion de Carteles Oficiales". Anexo IV : "Acta de Verificacion de Cierre". Anexo V : "Acta de Constatacion de Hechos". Anexo VI : "Acta de Reapertura y Retiro de Carteles Oficiales". Anexo VII : Informe. Anexo VIII : Esquema Resolucion - Cierre Definitivo. Anexo IX : Esquema Oficio a la Municipalidad. ANEXO I ESQUEMA DE RESOLUCION ­ CIERRE TEMPORAL VISTO, el expediente Nº......................... presentado por ................... identificado con RUC Nº....................., con domicilio en .. .........................., representado por.................. con DNI Nº.................., mediante el cual solicita la devolucion de la mercancia incautada mediante el Acta de Inmovilizacion Incautacion Nº.....................; y,

ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE / (PROCEDENTE EN PARTE) la solicitud de devolucion interpuesta por .................. mediante expediente Nº..............., (en consecuencia procedase a la devolucion de la mercancia consignada en los items....); por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. ARTICULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO de las mercancias consignadas (en los items...........del) en el Acta de Inmovilizacion Incautacion Nº..................................... al no haberse acreditado su procedencia legal, de conformidad con el articulo 38º de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008. ARTICULO TERCERO.- Sancionar a ..................... con RUC Nº..........., con una MULTA equivalente al quintuplo de los tributos dejados de pagar por las mercancias consignadas en (los items ..... del) en el Acta de Inmovilizacion Incautacion Nº........., ascendente a .............. y ../100 Dolares Americanos (US $ ........), en aplicacion del Articulo 42º de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008. ARTICULO CUARTO.- Sancionar con el CIERRE TEMPORAL del establecimiento comercial, conducido por .............................. sito en ............................................... por un periodo de ....... (...) dias calendario, de conformidad con el articulo 42º de la Ley de los Delitos Aduaneros ­ Ley Nº 28008. REGISTRESE Y COMUNIQUESE. ANEXO II CARTEL "CIERRE TEMPORAL"

ANEXO III

Nº XXX-200x-XXXX-XXXXX ACTA DE CIERRE Y/O COLOCACION DE CARTELES OFICIALES En _____________, a los __________ ( ) dias del mes de __________ _________ del 200___ siendo las _____( )horas, el servidor aduanero que suscribe; da cumplimiento a la Resolucion de Intendencia Nº_______________ de fecha / / procediendo al Cierre Temporal del establecimiento del infractor _________________________________ _______________ ubicado en _______________________________ ____________________________________ Distrito _____________ Provincia___________Departamento_____________ sancionado por

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