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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (16/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de diciembre de 2008 385252 3.5.3. Cerrado con los carteles incompletos. En estos supuestos se procede a elaborar el “Acta de Reapertura y/o Retiro de Carteles Ofi ciales” (Anexo VI) y se emite un informe (Anexo VII) para la aplicación de las sanciones pertinentes por la comisión de las infracciones previstas en el artículo 43º de la Ley de los Delitos Aduaneros o la tipifi cada en el numeral 10 del artículo 177º del Código Tributario, según corresponda. 4. DEL CIERRE DEFINITIVO DEL ESTABLECIMIENTO 4.1 Cuando se confi guran las situaciones previstas en los numerales 2.4.2 y 3.5.1. el servidor aduanero designado para la ejecución de la medida debe remitir un informe adjuntando la documentación probatoria que acredita la comisión de la infracción tipifi cada en el artículo 43º de la Ley de los Delitos Aduaneros y lo remite al área resolutiva responsable de la aplicación de la sanción de cierre defi nitivo a fi n que proceda a emitir la resolución correspondiente. 4.2 Conforme a lo señalado en el artículo 45º de la Ley de los Delitos Aduaneros, una vez que la Resolución queda fi rme o consentida, debe comunicarse a la autoridad municipal competente para que proceda al cierre defi nitivo y la consiguiente cancelación de la licencia o autorización de funcionamiento del local sancionado, requiriendo a dicha entidad la confi rmación de la fecha de ejecución del cierre defi nitivo, para su registro en el SIGEDA. VIII. FLUJOGRAMANo aplicaIX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Las infracciones previstas en la Ley de los Delitos Aduaneros y en el Código Tributario. X. REGISTROS - Sanciones- módulo SIGEDA. - Actas de Cierre y/o Colocación de Carteles Ofi ciales- Actas de Verifi cación de Cierre - Informes-Módulo de Trámite Documentario XI. DEFINICIONESResolución fi rme o consentida.- Se entiende por resolución fi rme o consentida cuando: a) El plazo para impugnarla se encuentra vencido y no se ha interpuesto el recurso respectivo, b) Habiendo sido impugnada, se ha presentado el desistimiento y ha sido aceptado, o, c) Se ha notifi cado una resolución que pone fi n a la vía administrativa, confi rmando la resolución impugnada. ANEXOS Anexo I : Esquema Resolución - Cierre Temporal. Anexo II : Cartel “Cierre Temporal”.Anexo III : “Acta de Cierre y/o Colocación de Carteles Ofi ciales”. Anexo IV : “Acta de Verifi cación de Cierre”.Anexo V : “Acta de Constatación de Hechos”.Anexo VI : “Acta de Reapertura y Retiro de Carteles Ofi ciales”. Anexo VII : Informe.Anexo VIII : Esquema Resolución - Cierre Defi nitivo.Anexo IX : Esquema Ofi cio a la Municipalidad. ANEXO I ESQUEMA DE RESOLUCIÓN – CIERRE TEMPORAL VISTO, el expediente Nº......................... presentado por ................... identi fi cado con RUC Nº....................., con domicilio en .. .........................., representado por.................. con DNI Nº.................., mediante el cual solicita la devolución de la mercancía incautada mediante el Acta de Inmovilización Incautación Nº.....................; y,CONSIDERANDO : Que, ..... Aspectos a incluir en la parte considerativa: -Acreditación de poderes-Veri fi cación de la preexistencia de sanción(es) de cierre temporal anterior pendiente(s) o ejecutada(s), para efectos de la aplicación del artículo 37º de la Ley de los Delitos Aduaneros –Ley Nº 28008.-Tipi fi cación de la infracción administrativa incurrida -Monto de la multa a imponerse-Período de cierre SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE / (PROCEDENTE EN PARTE) la solicitud de devolución interpuesta por .................. mediante expediente Nº..............., (en consecuencia procédase a la devolución de la mercancía consignada en los ítems....); por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO de las mercancías consignadas (en los ítems...........del) en el Acta de Inmovilización Incautación Nº..................................... al no haberse acreditado su procedencia legal, de conformidad con el artículo 38º de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008. ARTÍCULO TERCERO .- Sancionar a ..................... con RUC Nº..........., con una MULTA equivalente al quíntuplo de los tributos dejados de pagar por las mercancías consignadas en (los ítems ..... del) en el Acta de Inmovilización Incautación Nº........., ascendente a .............. y ../100 Dólares Americanos (US $ ........), en aplicación del Artículo 42º de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008. ARTÍCULO CUARTO .- Sancionar con el CIERRE TEMPORAL del establecimiento comercial, conducido por .............................. sito en ............................................... por un periodo de ....... (...) días calendario, de conformidad con el artículo 42º de la Ley de los Delitos Aduaneros – Ley Nº 28008. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE. ANEXO II CARTEL “CIERRE TEMPORAL” ANEXO III Nº XXX-200x-XXXX-XXXXX ACTA DE CIERRE Y/O COLOCACIÓN DE CARTELES OFICIALES En _____________, a los __________ ( ) días del mes de __________ _________ del 200___ siendo las _____( )horas, el servidor aduanero que suscribe; da cumplimiento a la Resolución de Intendencia Nº_______________ de fecha / / procediendo al Cierre Temporal del establecimiento del infractor ________________________________________________ ubicado en ___________________________________________________________________ Distrito _____________Provincia___________Departamento_____________ sancionado por Descargado desde www.elperuano.com.pe