Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2008 (16/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
2.1.- En caso de Arbitrios Municipales
Arbitrios Pago al Contado De los anos 2005 al 2007 (*) - Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2005 y 2006. - Condonacion del 70% del interes, gastos y costas procesales los anos 2007. - Condonacion del 100% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales hasta el ano 2003.

385255

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA

Pago Fraccionado De los anos 2005 al 2007 (*) 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonacion del 60% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2005 y 2006. - Condonacion del 50% del interes, gastos y costas procesales del ano 2007. - Condonacion del 100% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales hasta el ano 2003. Condonacion del 30% del insoluto, interes, gastos y costas procesales, con el acogimiento al beneficio del fraccionamiento de los anos 2005 al 2007.

- Fraccionamiento hasta en

Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 174-MDI, que establece sinceramiento y beneficio tributario y no tributario a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2008-MDI Independencia, 12 de diciembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe N° 097-2008-GAT/MDI de la Gerencia de Administracion Tributaria que propone se amplien los plazos de vigencia de la Ordenanza Nº 174MDI que Establece Sinceramiento y Beneficios Tributarios y no Tributarios a favor de Contribuyentes del distrito, a fin de la incorporacion de mayor numero de contribuyentes a la Politica de Sinceramiento tributario efectuada por la Corporacion MORDAZA, segun proyecto que adjunta. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de lo dispuesto por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su articulo 42º senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que mediante Ordenanza Nº 174-MDI senalada en el Visto, publicada el 20 de noviembre de 2008, se precisa la vigencia de la misma hasta el 15 de diciembre del 2008 y en la primera de sus Disposiciones Finales, faculta al MORDAZA a que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia, por unica vez del beneficio de la presente ordenanza. Estando a lo expuesto, dando cumplimiento a la Ordenanza Nº 174 MDI y a las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. DECRETA Articulo Primero.- Aprobar la ampliacion de vigencia de la ordenanza Nº 174-MDI, que establece sinceramiento y beneficio tributario y no tributario a favor de los contribuyentes del distrito, segun las siguientes precisiones: 1.- Los contribuyentes que regularicen el estado de su deuda tributaria y no tributaria segun lo establecido en la Ordenanza Nº 174- MDI, (pago al contado de los anos 2005 al 2007), hasta el 31 de diciembre del presente, podran acogerse al beneficio consignado en el parrafo de texto del articulo 2, numerales 1, 2 y 3 que determina "la condonacion de los intereses, gastos y costas procesales de los anos 2004, 2005, 2006 y 2007 sera de un 100 % ". 2.- Los contribuyentes que regularicen el estado de su deuda tributaria y no tributaria segun lo establecido en la ordenanza 174- MDI, (pago al contado de los anos 2005 al 2007), hasta el 31 de enero del ano 2009, podran acogerse al beneficio consignado en el tablas de texto del articulo 2, numerales 1, 2 y 3 que determina:

Deuda Generada hasta el 31 de Diciembre de 2007.

- Condonacion del 50%
Solo por la deuda del ano 2004

del insoluto, interes, gastos y costas procesales, con el acogimiento al beneficio del pago al contado de los anos 2005 al 2007 y a la cancelacion del 50% del total de dicho ejercicio.

2.2.- En caso de Impuesto Predial
Pago al Contado De los anos 2005 al 2007 - Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales del ano 2005. Deuda Generada - Condonacion del 70% hasta el 31 de del interes, gastos y Diciembre costas procesales del de 2007. ano 2006. - Condonacion del 60% del interes, gastos y costas procesales del ano 2007. - Condonacion del 90% Solo por la deuda del interes, gastos y del ano 2004 costas procesales del ano 2004. Impuesto Predial Pago Fraccionado - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonacion del 70% del interes, gastos y costas procesales de los anos 2005 y 2006. - Condonacion del 50% del interes, gastos y costas procesales del ano 2007. - Condonacion del 80% del interes, gastos y costas procesales del ano 2004.

2.3.- En caso de Multas Administrativas
Multas Administrativas Pago al Contado Pago Fraccionado

- Condonacion del 90% del monto insoluto, intereses, gastos y costas procesales generados hasta el ano - Condonacion del 50% 2002. del insoluto, intereses moratorios, gastos y costas - Condonacion del 70% procesales de los periodos del insoluto, intereses Impuestas hasta que se encuentren en moratorios, gastos el 31 de diciembre cobranza coactiva. y costas procesales de 2007 generados por los anos 2003, 2004 y 2005 - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con los intereses - Condonacion del 60% correspondiente al del insoluto, intereses moratorios, gastos y costas procesales generados por los anos 2006 y 2007

Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion de Recursos, Unidad de Tesoreria, y a la Unidad de Informatica y Desarrollo Tecnologico. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 290689-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.