TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de diciembre de 2008 385256 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican el Régimen del Vecino Victoriano Puntual ORDENANZA Nº 069-2008/MLV La Victoria, 10 de diciembre de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: Visto; en sesión ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 025-2008-CPRDE-CPPPAL/MDLV de las Comisiones de Rentas y Desarrollo Económico así como de Planeamiento, Presupuesto, y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, materializándose éstas a través de Ordenanzas que tienen rango de ley, según lo dispuesto en el artículo 200º numeral 4) de la precitada Carta Política; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 195º de la Carta Magna, concordada con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades mediante Ordenanza, tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 52º del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario, es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne; Que, en virtud a dichas competencias y facultades, los gobiernos locales pueden establecer políticas y estrategias tributarias que incentiven el cumplimiento oportuno de este tipo de obligaciones de parte de los contribuyentes, a fi n que de proveerse de los recursos necesarios para asegurar el fi nanciamiento de los servicios públicos a favor de la comunidad; Que, de conformidad con el ordenamiento legal vigente, glosado anteriormente, la Municipalidad de La Victoria emitió la Ordenanza Nº 053-2008/MLV publicada con fecha 20 de julio de 2008, que estableció el “Régimen del Vecino Victoriano Puntual” en el distrito, con el objetivo de estimular a los contribuyentes en el cumplimiento voluntario del pago de sus obligaciones tributarias, otorgando diversos benefi cios a los cuales accedían sólo aquellos contribuyentes que no tuvieran deudas del ejercicio 2007 y hubieran cancelado los dos (2) primeros trimestres del impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2008; Que, mediante memorándum Nº 611-2008/GR/MDLV la Gerencia de Rentas, propone modifi car la precitada Ordenanza, a efectos de incluir dentro del “Régimen del Vecino Victoriano Puntual” a aquellos contribuyentes que regularicen sus pagos hasta la cuarta cuota del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2008, a fi n de promover que la mayor cantidad de contribuyentes se acojan a los benefi cios que trae consigo dicho régimen y de que les sean extensibles inclusive hasta el próximo ejercicio. Que, de acuerdo a su Informe Nº 739-08-GAJ/MLV, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto formulado por la Gerencia de Rentas para modifi car la primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 053-2008/MLV, se encuentra acorde con el marco legal vigente de la materia; En mérito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 –, el Concejo Distrital de La Victoria, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGIMEN DEL VECINO VICTORIANO PUNTUAL EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Modifíquese la primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 053-2008-MDLV, la misma que quedará redactada de la siguiente forma: Primera.- EXCEPCIONES AL CRITERIO DE INCORPORACIÓN EN EL EJERCICIO 2008 Con carácter excepcional, para la incorporación al “Régimen del Vecino Victoriano Puntual” en los ejercicios 2008 y 2009, no será aplicable el artículo 3º inciso a) de la Ordenanza Nº 053-2008-MDLV, por lo que se considerará como criterio de incorporación, encontrarse sin deuda respecto al ejercicio 2007 y haber cancelado los cuatro trimestres del impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008. En este caso, para ser incluido en el régimen del Vecino Victoriano Puntual durante el ejercicio 2009, se deberá además, cancelar el primer trimestre de las obligaciones tributarias de dicho ejercicio, dentro del plazo de vencimiento. Artículo Segundo.- PRECISIÓN DE LOS BENEFICIOS Precísese que los contribuyentes que regularicen sus obligaciones hasta el 31 de diciembre de 2008, en los términos señalados en el artículo precedente, y además cumplan con los demás requisitos establecidos en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 053-2008-MDLV, podrán acceder a los benefi cios que otorga dicha Ordenanza, inclusive en el resto del ejercicio 2008, dándole específi camente la oportunidad de participar en el sorteo de premios denominado “La Victoria Premia a sus Contribuyentes Puntuales”, a realizarse en el mes de enero de 2009. DISPOSICIONES FINALES Primera.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 290797-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 119-2008-ACSS-MSS Mediante Ofi cio Nº 1208-2008-SG-MSS la Municipalidad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 119-2008-ACSS-MSS publicado en la edición del 5 de diciembre de 2008. Descargado desde www.elperuano.com.pe