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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de diciembre de 2008 386286 Majaz S.A., sociedad constituida y vigente bajo las leyes de la República del Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2003-EM, de fecha 26 de junio de 2003, se declaró de necesidad pública la inversión privada en actividades mineras, y se autorizó a Río Blanco Copper Limited a adquirir el 100% de las acciones representativas del capital social de la empresa Minera Majaz S.A., titular de ocho (8) derechos mineros ubicados en la zona de frontera con el Ecuador, en los distritos de Carmen de la Frontera y Ayabaca, provincias de Huancabamba y Ayabaca, departamento de Piura, los cuales forman parte de los derechos mineros a que se refi ere el segundo considerando; Que, Xiamen Zijin Tongguan Investment and Development Co., Ltd. señala que, además, adquirirá veintisiete (27) derechos mineros cuyo titular es Compañía Minera Mayarí S.A.C., mediante la adquisición del 100% de las acciones representativas de su capital; Que, el numeral V del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, dispone que la industria minera es de utilidad pública y la promoción de inversiones en la actividad minera es de interés nacional; Que, el artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y sus normas reglamentarias, autoriza a que se declare de necesidad nacional la inversión privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en la zona de fronteras del país; Que, la solicitud formulada por Xiamen Zijin Tongguan Investment and Development Co. Ltd., se encuentra incluida dentro del supuesto de necesidad pública establecido en el artículo 71º de la Constitución Política del Perú, dado que el interés en establecer la titularidad del derecho minero solicitado trasciende al interés privado, incidiendo de manera importante en el bienestar de la comunidad, toda vez que mediante dicha excepción, se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del nivel de vida en la zona de incidencia de las actividades mineras, descritas en el presente Decreto Supremo; Que, la solicitud de Xiamen Zijin Tongguan Investment and Development Co. Ltd., para la adquisición de treinta y cinco (35) derechos mineros cuenta con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas emitida mediante Ofi cio Nº 3847-EMCFFAA-D4/PLN MOV de fecha 19 de diciembre de 2007, remitida por la Secretaria General del Ministerio de Defensa mediante Ofi cio Nº 1548-SGMD-A de fecha 26 de diciembre de 2007; Que, es necesario dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 023-2003-EM, de fecha 26 de junio de 2003; De conformidad con lo establecido por el inciso 3) del artículo 11º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Declarar de necesidad pública la inversión privada en actividades mineras, a fi n que Xiamen Zijin Tongguan Investment and Development Co. Ltd., pueda adquirir y poseer concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios para el mejor desarrollo de sus actividades productivas, dentro de los cincuenta (50) kilómetros de la frontera norte del país, en los lugares donde se ubican los derechos mineros que se detallan en el artículo 2º del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Autorización de adquirir derechos mineros Autorizar a Xiamen Zijin Tongguan Investment and Development Co. Ltd., a adquirir treinta y cinco (35) derechos mineros, ubicados en el departamento de Piura, en la zona de frontera norte del país, detallado a continuación: Nº CÓDIGO DERECHO MINEROHÁS. DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 01-00291-01 Cirrosis I 1000 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 2 01-00290-01 Cirrosis II 819.4735 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura3 01-00689-01 Cirrosis 3 1000 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura4 01-00690-01 Cirrosis 4 1000 Ayabaca El Carmen de la FronteraAyabaca HuancabambaPiura 5 01-00795-01 Cirrosis 5 498.7042 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 6 01-00796-01 Cirrosis 6 732.3023 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 7 01-00714-02 Cirrosis 7 422.67 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 8 01-01008-02 Cirrosis 8 1000 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura9 01-02347-04 CDLF 1 600 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 10 01-02348-04 CDLF 2 1000 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 11 01-02354-04 CDLF 3 1000 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura 12 01-02353-04 CDLF 4 913.0487 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura13 01-02352-04 CDLF 5 457.9538 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura14 01-02349-04 CDLF 6 174.355 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura15 01-02351-04 CDLF 7 11.3919 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura16 01-02350-04 CDLF 8 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura17 01-01579-05 CDLF 9 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura18 01-01210-02 Mojica 1 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura19 01-01213-02 Mojica 2 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura20 01-01214-02 Mojica 3 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura21 01-01215-02 Mojica 4 800 El Carmen de la Frontera Huancabamba Piura Descargado desde www.elperuano.com.pe