Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2008 (28/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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VISTOS:

El Informe Tecnico Nº 241-2008-DL, emitido por el Departamento de Logistica de la Superintendencia Adjunta de Administracion General, y el Informe Legal N° 084-2008-SAAJ, elaborado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo expuesto por el Departamento de Logistica en su informe del visto, mediante Resolucion SBS Nº 1662-2007 del 16 de noviembre de 2007, se autorizo la exoneracion del MORDAZA que le correspondia, a la contratacion de la empresa Sonda del Peru S.A. a fin que brinde el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN de esta Superintendencia, contratacion que se llevo a cabo mediante el MORDAZA de Exoneracion Nº 18-2007-SBS-SS por un importe anual de US$ 85,683.00, incluido todo concepto, gastos y tributos; Que, asimismo segun el referido informe, mediante Memorandum N° 163-2008-DO, el Departamento de Operaciones de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, senala que se requiere contratar el servicio de soporte y mantenimiento del hardware y software de los equipos MORDAZA SUN por un ano, a fin de conservarlos en buenas condiciones de funcionamiento, tomando en cuenta que dichos servidores permiten la disponibilidad de los sistemas en produccion de la Superintendencia, entre los cuales se encuentran los Sistemas Corporativos, el Sistema de Instituciones, el Sistema de Inversiones, Sistemas de informacion de la Extranet, el Servidor de Seguridad (Firewall) y la nueva plataforma del Sistema de Comunicaciones SIX/TCL; Que, atendiendo a ello, y conforme senala el informe MORDAZA citado, mediante Carta s/n del 12 de diciembre de 2008, la empresa SUN MICROSYSTEMS DE MORDAZA S.A. indica que SUN MICROSYSTEMS OF CALIFORNIA, INC. declara que la empresa PMS Peru S.A.C. es a la fecha el unico Centro Autorizado de Mantenimiento y Soporte Tecnico para Productos provistos por SUN MICROSYSTEMS, en el territorio peruano; constituyendose dicha empresa en proveedor unico y el servicio que este brinda como unico y que no admite sustituto, resultando de aplicacion el literal e) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme a lo expuesto en el Informe Tecnico Nº 241-2008-DL, la exoneracion esta referida a:
PROVEEDOR DESCRIPCION UNICO Contratacion del servicio de soporte y mantenimiento para PMS Peru S.A.C. los equipos MORDAZA SUN MONTO US$ 72,172.50 MORDAZA DE MORDAZA Adjudicacion Directa Publica

en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion; dicha Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision y en el SEACE; asimismo, una MORDAZA de la mencionada Resolucion y de los informes que la sustentan deberan ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa PMS Peru S.A.C. a fin que brinde el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por la causal de servicios que no admiten sustitutos y proveedor unico, prevista en el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo valor referencial asciende a la suma de US$ 72,172.50 (Setenta y Dos Mil Ciento Setenta y Dos y 50/100 Dolares Americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo, por el plazo de un ano. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision, asi como en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 294224-1

Que, de acuerdo a lo expresado en los informes elaborados por el Departamento de Logistica y la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones o contrataciones que se realicen, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico y asimismo indican que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; por lo cual procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde a la contratacion que se requiere; Que, asimismo segun lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad,

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban el Sistema Local de Gestion Ambiental, el Plan de Accion Ambiental Local 2009-2019 y la Agenda Ambiental Local al 2010
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 179-MVES MORDAZA El MORDAZA, 28 de noviembre del 2008

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