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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (28/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de diciembre de 2008 386353 VISTOS: El Informe Técnico Nº 241-2008-DL, emitido por el Departamento de Logística de la Superintendencia Adjunta de Administración General, y el Informe Legal N° 084-2008-SAAJ, elaborado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo expuesto por el Departamento de Logística en su informe del visto, mediante Resolución SBS Nº 1662-2007 del 16 de noviembre de 2007, se autorizó la exoneración del proceso que le correspondía, a la contratación de la empresa Sonda del Perú S.A. a fi n que brinde el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos marca SUN de esta Superintendencia, contratación que se llevó a cabo mediante el proceso de Exoneración Nº 18-2007-SBS-SS por un importe anual de US$ 85,683.00, incluido todo concepto, gastos y tributos; Que, asimismo según el referido informe, mediante Memorándum N° 163-2008-DO, el Departamento de Operaciones de la Gerencia de Tecnologías de la Información, señala que se requiere contratar el servicio de soporte y mantenimiento del hardware y software de los equipos marca SUN por un año, a fi n de conservarlos en buenas condiciones de funcionamiento, tomando en cuenta que dichos servidores permiten la disponibilidad de los sistemas en producción de la Superintendencia, entre los cuales se encuentran los Sistemas Corporativos, el Sistema de Instituciones, el Sistema de Inversiones, Sistemas de información de la Extranet, el Servidor de Seguridad (Firewall) y la nueva plataforma del Sistema de Comunicaciones SIX/TCL; Que, atendiendo a ello, y conforme señala el informe antes citado, mediante Carta s/n del 12 de diciembre de 2008, la empresa SUN MICROSYSTEMS DE ARGENTINA S.A. indica que SUN MICROSYSTEMS OF CALIFORNIA, INC. declara que la empresa PMS Perú S.A.C. es a la fecha el único Centro Autorizado de Mantenimiento y Soporte Técnico para Productos provistos por SUN MICROSYSTEMS, en el territorio peruano; constituyéndose dicha empresa en proveedor único y el servicio que este brinda como único y que no admite sustituto, resultando de aplicación el literal e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme a lo expuesto en el Informe Técnico Nº 241-2008-DL, la exoneración está referida a: DESCRIPCIÓNPROVEEDOR ÚNICOMONTO US$TIPO DE PROCESO Contratación del servicio de soporte y mantenimiento para los equipos marca SUN PMS Perú S.A.C. 72,172.50Adjudicación Directa Pública Que, de acuerdo a lo expresado en los informes elaborados por el Departamento de Logística y la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, el literal e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, establecen que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones o contrataciones que se realicen, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único y asimismo indican que se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; por lo cual procede la exoneración del proceso de selección que corresponde a la contratación que se requiere; Que, asimismo según lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, el artículo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado prevé que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneración se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante una Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Técnico Legal que sustente la exoneración; dicha Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión y en el SEACE; asimismo, una copia de la mencionada Resolución y de los informes que la sustentan deberán ser remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias; RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública que le corresponde en función a su cuantía para la contratación de la empresa PMS Perú S.A.C. a fi n que brinde el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos marca SUN de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por la causal de servicios que no admiten sustitutos y proveedor único, prevista en el literal e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo valor referencial asciende a la suma de US$ 72,172.50 (Setenta y Dos Mil Ciento Setenta y Dos y 50/100 Dólares Americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo, por el plazo de un año. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institución. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe Técnico y Legal que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión, así como en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones 294224-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban el Sistema Local de Gestión Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local 2009-2019 y la Agenda Ambiental Local al 2010 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 179-MVES Villa El Salvador, 28 de noviembre del 2008 Descargado desde www.elperuano.com.pe