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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de diciembre de 2008 386356 piroténicos, así como su Reglamento, aprobado por los Decretos Supremos Nº 014-2002-IN y Nº 005-2006-IN; contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE PROHÍBE Y REGULA EL ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS PIROTECNICOS DENTRO DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Y ADOPTA MEDIDAS DE SEGURIDAD. CAPÍTULO I DE LAS PROHIBICIONES Artículo 1º.- DE LA PROHIBICIÓN DE LA INSTALACIÓN Y/O FUNCIONAMIENTO DE TALLERES, FÁBRICAS Y OTROS. Prohibir en toda la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador, la instalación y el funcionamiento de talleres, fábricas, establecimientos o cualquier otro análogo que se dedique total o parcialmente a la fabricación y almacenamiento de productos pirotécnicos detonantes y/o defl agrantes, o que se dedique a la prestación de servicios para el desarrollo de espectáculos públicos con productos pirotécnicos en general. Artículo 2º.- DE LA PROHIBICIÓN DEL TRANSPORTE Prohibir el transporte de artículos pirotécnicos detonantes y/o defl agrantes que no cuenten con los requisitos exigidos por la Ley y el Reglamento, en particular, la acreditación de una Póliza de Seguro obligatorio contra accidentes para sus trabajadores, terceras personas y daños a la propiedad y la autorización respectiva de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC). Artículo 3º.- DE LA PROHIBICIÓN DE LA FABRICACIÓN ILEGAL Y ALMACENAMIENTO Prohibir la fabricación ilegal y el almacenamiento de productos pirotécnicos detonantes y/o defl agrantes en cualquier área del distrito de Villa El Salvador. CAPÍTULO II DE LAS REGULACIONES Artículo 4º.- DEL USO Y COMERCIALIZACIÓN Regular el uso y la comercialización de productos pirotécnicos detonantes y/o defl agrantes en las siguientes áreas públicas del distrito de Villa El Salvador: Complejo Deportivo Iván Elías Moreno, Complejo Deportivo Sexto Sector Grupo 2A, Complejo Deportivo Sétimo Sector Grupo 1º, Zona de Playas, Sector Uno Grupo 24 y Liga Deportiva Distrital; por tanto, queda prohibida el uso y comercialización en otras avenidas, vías locales, plazas y en general en otras áreas de uso público del distrito de Villa El Salvador, sea ésta en forma individual o grupal de manera estacionaria o ambulatoria e independientemente de la justifi cación, evento, festividad, procesión o similar que la motive. Tanto para el uso como la comercialización de estos productos es requisito indispensable contar con la autorización previa de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) y de la Ofi cina de Defensa Civil de la Municipalidad de Villa El Salvador. Artículo 5º.- DE LA REALIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS Para la realización de cada espectáculo pirotécnico, se deberá contar con el Plan de Protección y Seguridad aprobado por la función de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, o quien haga sus veces, y con la autorización respectiva otorgada por la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC).Artículo 6º.- DEL PLAN DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD Cada espectáculo pirotécnico deberá contar con un Plan de Protección y Seguridad, el mismo que deberá ser presentado con la solicitud de Inspección Técnica de Defensa Civil para ser evaluado, aprobado y supervisado por la Función de Defensa Civil de la Municipalidad de Villa El Salvador. A) El Plan deberá contener además lo siguiente: 1) Datos generales: Fecha, hora y lugar donde se efectuara el espectáculo. 2) Tipo de espectáculo (exterior) y tiempo de duración. 3) Nombre de la persona natural y/o jurídica que realiza el espectáculo 4) Nombre de la persona que contrata el servicio del espectáculo 5) Número aproximado de asistentes.6) Relación de manipuladores, indicando el responsable del montaje, ejecución u operación del espectáculo. Para el caso de Show, necesariamente deberá designarse por lo menos a una persona capacitada, para Evento a dos personas y para Megaeventos a tres personas; adjuntando copia del Carné emitido por la DICSCAMEC. 7) Croquis de la zona donde se efectuara el espectáculo, indicando radio de seguridad, distancia a casas habitadas u otros locales o zonas de riesgo. 8) Comprobantes de pago por la compra de los productos pirotécnicos 9) Cantidad, código, nombre y peso total de los productos pirotécnicos que se emplearán en el espectáculo. B) Evaluación de riesgos y Plan de Contingencia1) Coordinación realizada con autoridades del lugar donde se efectuará el espectáculo. 2) Precauciones contra eventualidades 3) Medios de comunicación. Las medidas de seguridad adoptadas: Durante el montaje de artículos pirotécnicos. Durante la activación o exhibición. Después de culminado el espectáculo pirotécnico. Para disposición de equipos de seguridad, contra incendios y primeros auxilios. De acciones de auxilio o manejo de emergencias. De acciones de evacuación. Disposición de los residuos y excedentes El responsable del montaje y ejecución del espectáculo pirotécnico, deberá conocer y llevar siempre consigo el Plan de Protección y Seguridad. Artículo 7º.- DE LOS INFRACTORES Toda persona natural o jurídica que no cumpla con lo señalado en la presente ordenanza será considerado infractor y por tanto merecedor de las sanciones que se establecen en la presente Ordenanza, sin que ello lo exima de la responsabilidad penal y/o civil a la que pueda estar sujeto. Artículo 8º.- DE LAS SANCIONES A FABRICANTES, ALMACENES Y/O COMERCIALIZACIÓN. Toda persona natural o jurídica que fabrique ,almacene y/o comercialice cualquier producto pirotécnico detonante o deflagrante será sancionado con una multa equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) además de una medida complementaria de Decomiso y/o Clausura Definitiva del Establecimiento y Anulación de la Licencia de Funcionamiento, de ser el caso; quedando incorporado Descargado desde www.elperuano.com.pe