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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (28/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de diciembre de 2008 386354 POR CUANTO: El Consejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de Concejo de la fecha; Visto: El Dictamen Nº 003-2008-CSMA/MVES de la Comisión de Salud y Medio Ambiente sobre el Sistema Local de Gestión Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local, así como el Memorandum Nº 949-2008-GSA/MVES del 12.11.2008, proveniente de la Gerencia de Servicios Ambientales. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 24º, inciso 24.2) de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por Ley Nº 28245, establece que los gobiernos locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con participación de la sociedad civil; Que, el artículo 73º, inciso 3.1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección ambiental; asimismo el artículo 9º, numeral 7 de la citada Ley, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; Que, con Ordenanza Municipal Nº 177-MVES del 27.10.2008, se constituyó la Comisión Ambiental Municipal - CAM, conformada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inició un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que permite un espacio de diálogo y discusión de la problemática ambiental del distrito, que tiene como productos iniciales la construcción del Sistema Local de Gestión Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local, y la Agenda Ambiental Local cuyos documentos han sido reconocidos en la presente ordenanza; Que, el Gobierno Local requiere dotarse de un marco legal claro y específi co en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política y creando instrumentos de gestión ambiental; Que, el Gobierno Local requiere contar con una planifi cación de la gestión ambiental a largo plazo, para lo cual ha elaborado su Plan de Acción Ambiental como instrumento de gestión; asimismo requiere contar con un instrumento que permita viabilizar la ejecución de dicho Plan, para lo cual ha elaborado una Agenda Ambiental Local de corto plazo, como instrumento de gestión; Que, el Gobierno Local requiere contar con una planifi cación de la gestión ambiental a largo plazo, así como con un instrumento que permita viabilizar su ejecución, para lo cual ha elaborado su Plan de Acción Ambiental y una Agenda Ambiental Local de corto plazo, como instrumentos de gestión; Que, según lo señalado en el artículo 45º del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, “El Sistema Local de Gestión Ambiental se regula mediante Ordenanza Municipal, previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente”, y habiéndose recibido la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, la presente Ordenanza aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental de Villa El Salvador, el cual defi ne y organiza de manera efi ciente los recursos y mecanismos de trabajo para una efi ciente gestión ambiental. Que, el Plan Integral de Desarrollo Concertado de Villa El Salvador al 2021, en su Línea Estratégica: Ciudad Saludable precisa como uno de sus objetivos estratégicos “Lograr un ambiente saludable y sostenible a través del manejo adecuado de residuos sólidos, el incremento de áreas verdes y el control de la contaminación”, por lo que se hace imperioso institucionalizar la gestión ambiental en el distrito, así como dotarla de los instrumentos de gestión ambiental que permitan unir esfuerzos en pro de lograr los objetivos planteados; Que, es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores del distrito de Villa El Salvador; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la presente; ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Villa El Salvador, contenido en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Acción Ambiental Local 2009-2019 del Distrito de Villa El Salvador, contenido en el Anexo Nº 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Aprobar la Agenda Ambiental Local al 2010 del Distrito de Villa El Salvador, contenido en el Anexo Nº 03, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Gestionar la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental, Plan de Acción, y Agenda Ambiental aprobados en la presente Ordenanza, por parte de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, las instituciones públicas y privadas y organizaciones de la sociedad civil sobre la base de una gestión ambiental compartida. Artículo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, por lo que se encarga a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza de acuerdo al procedimiento de Ley. Artículo 6º.- Encargar a la Unidad de Comunicaciones y a la Gerencia de Servicios Ambientales de esta Municipalidad, la difusión de la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Encárguese a la Gerencia de Servicios Ambientales, así como a las demás Gerencias, Órganos de Línea y Asesoría de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador involucrados con el tema ambiental, el cumplimiento de los instrumentos de gestión descritos líneas arriba, teniendo en cuenta el carácter inclusivo y transversal que tiene la gestión ambiental. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME ZEA USCA Alcalde 294850-1 Aprueban el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 180-MVES Villa El salvador, 28 de noviembre del 2008POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de Concejo de la fecha; Visto: El Dictamen Nº 004-2008-CSMA/MVES de la Comisión de Salud y Medio Ambiente sobre el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos, así como el Memorándum Nº 949-2008-GSA/MVES del 12.11.2008, proveniente de la Gerencia de Servicios Ambientales; Descargado desde www.elperuano.com.pe