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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de diciembre de 2008 386346 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE TRUJILLO 32.REQUEJO FERNANDEZ, EMILIO o HERRERA FERNANDEZ, JUAN PABLO , conmutarle de 10 años a 07 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 22 de febrero de 2009. 33.BEJARANO JARA, ROSA GLADYS , conmutarle de 10 años a 06 años 09 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de diciembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUACHO 34. GONZALES CARRASCO, DAVID ERNESTO , conmutarle de 05 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 18 de junio de 2009. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO ANCON 35. BARDALES ACOSTA, JUAN CARLOS , conmutarle de 15 años a 10 años 05 meses 11 días de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de diciembre de 2008. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO IQUITOS 36. VALDEZ VASQUEZ, JORGE , conmutarle de 12 años a 08 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 08 de marzo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO CAÑETE 37.CORZO OTAZU, MANUEL PABLO , conmutarle de 06 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de mayo de 2010. 38.PARIONA LOPEZ, MAX ANGEL , conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 05 de septiembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO AREQUIPA 39.ANDRADE RAMOS, AUGUSTO , conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 19 de octubre de 2012. 40.VASQUEZ COTTA, MARIA o VASQUEZ CCOTA, MARIA , conmutarle de 15 años a 10 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 03 de abril de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TACNA 41. CAPAQUERA RISALAZO, KARINA MARIA , conmutarle de 08 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de enero de 2012. 42. ATENCIO CALLATA, OVITO , conmutarle de 15 años a 08 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de agosto de 2009. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUANUCO 43.ROSAS CRISPIN, MIGUEL o ROSAS CRISPIN, WILLIAM, conmutarle de 15 años a 10 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de marzo de 2013. 44. VENTURA MARIÑO, HERACLIO VIDAL , conmutarle de 12 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 26 de septiembre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE JULIACA45.CHAMBI MAMANI, DAVID , conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 08 de julio de 2010. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia.Regístrese, Comuníquese y Publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 295061-3 PRODUCE Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuícola para la Cuenca del Lago Titicaca DECRETO SUPREMO N° 023-2008-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 66° de la Constitución Política del Perú establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación y que el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, el artículo 28° de la Ley No. 26821 – Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, estipula que los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso; Que, en esa línea, el artículo 2° del Decreto Ley No. 25977 – Ley General de Pesca, dispone que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación. En consecuencia, y en consideración que la actividad pesquera es de interés nacional, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que, conforme al artículo 9° de la Ley General de Pesca, el Ministerio de de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, según el artículo 11° del citado dispositivo, el Ministerio de la Producción, según el tipo de pesquería y la situación de los recursos que se explotan, establecerá el sistema de ordenamiento que concilie el principio de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservación en el largo plazo, con la obtención de los mayores benefi cios económicos y sociales; Que, el artículo 5° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PE, dispone que el ordenamiento pesquero se aprueba mediante reglamentos, los cuales tienen por fi nalidad establecer los principios, normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser administrados como unidades diferenciadas; Que, la Ley No. 27460 – Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, regula y promueve la actividad acuícola en aguas marinas y continentales o utilizando aguas salobres, como fuente de alimentación, empleo e ingresos, optimizando los benefi cios económicos en armonía con la preservación del ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, el Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, aprobado por Decreto Descargado desde www.elperuano.com.pe