Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2008 (30/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, martes 30 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 295495-1

Ordenanza Nº 136-A/MC y ratificada mediante Acuerdo de Concejo de MORDAZA Metropolitana con Nº 498 publicado el 30 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.- Determinacion del costo y las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2009, se aplicaran las costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 136-A/MC; reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor para MORDAZA Metropolitana al mes de Octubre ascendente a 5.94% establecido segun Informe Tecnico No. 21 del mes de Noviembre del 2008 del Instituto Nacional de Estadistica INEI. Articulo Tercero.- Aprobacion del informe tecnico. Apruebese el informe Tecnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y las tasas por los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y Serenazgo, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion de los servicios mencionados. Articulo Cuarto.- De la vigencia de la norma. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de enero de 2009, siempre que previamente se MORDAZA cumplido con su publicacion y la del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante decreto de Alcaldia dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de !a presente ordenanza. Segunda.- Deroguese y dejese sin efecto toda MORDAZA que se oponga o contradiga a la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo ANEXO I: INFORME TECNICO SUSTENTATORIO Aspectos Generales De acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, relacionado con la aprobacion anual de los arbitrios municipales, en el mes de agosto del ano 2008, se efectuo el analisis de los gastos ejecutados correspondientes al presente ano, tomando como conclusion que no existe una variacion sustancial con respecto a la proyeccion presupuestal de los costos efectuados para el calculo de los arbitrios de limpieza publica, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo del presente ejercicio, los cuales fueron aprobados mediante ordenanzas Nº 136-A/MC la cual fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante el Acuerdo de Concejo Nº 498 publicado el 30 de diciembre de 2007. Verificada la revision de la informacion enviada por las gerencias encargadas en la prestacion del servicio respecto de los aspectos regulados en la Ordenanza Nº 163-A/MC, que aprueban los arbitrios municipales para el presente ano 2009, se tiene que no se han producido cambios significativos relacionados con los costos unitarios de los componentes de las estructuras de costos de los servicios de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo. De acuerdo al analisis de costos se observa que existen algunos productos que dependen del servicio que han sufrido variaciones en sus precios tales como el petroleo y sus productos derivados como gasolina, diesel, aceites y otros, ademas que existen normas legales que otorgan beneficios para los Servicios No Personales, por lo que se espera que los previos de estos no superen el indice inflacionario proyectado por el Banco Central de Reserva del Peru. Asimismo, de la informacion proporcionada por las gerencias mencionadas a traves de los Informe en

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2009
ORDENANZA Nº 163-2008-A/MDC Carabayllo, 10 de diciembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: EI Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que de acuerdo al Decreto Supremo Nº 156-2004EF el articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, senala lo siguiente: "En caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Articulo 69-A, en el plazo establecido por dicha MORDAZA, solo podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios publicos o arbitrios al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal". Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2008, el Concejo de la Municipalidad de Carabayllo aprobo la Ordenanza No 136-A/MDC, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 498, normas que fueron publicadas en el Diaria Oficial EI Peruano con fecha 30 de Diciembre del 2007; Que, con la finalidad de brindar los servicios publicos de limpieza publica, parques y jardines y Serenazgo para el ano 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicaran; Que, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las Ordenanzas MORDAZA podran tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; Que, habiendo las Gerencias de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente ratificado los costos para los servicios publicos que ofreceran durante el proximo ejercicio; la Gerencia de Rentas opina por la aplicacion del articulo 69-Bº del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal, Decreta Supremo Nº 156-2004-EF; de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa de aprobacion y lectura de las actas por MAYORIA, aprueba; ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL ANO 2009 Articulo Primero.- MORDAZA legal aplicable. Apliquese, para el ejercicio 2009, lo dispuesto en la

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