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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de diciembre de 2008 386474 Henry Juan Delgado Amésquita, Ex Jefe de Cooperación Internacional y Relaciones Intergubernamentales, ya que se verifi có su participación como miembro integrante de La Comisión organizadora aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004 denominada “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana Tecnológica y Política” del 17.Nov.2004 al 19.Nov.2004, no cumpliendo con las funciones que le corresponden, y no implementando los controles respectivos a efectos de que el importe a pagar cuente con todos los atributos respectivos y con la documentación sustentatoria, se haya realizado un debido proceso de adjudicación y autorización del Concejo Municipal, consecuentemente ha incumplido con sus funciones, en el MOF en su Función Nº 1 aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003, con el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto al artículo 37 literal f) y con el Artículo 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Humberto Alfredo Fernández Mendoza, Ex Gerente de Administración, por haber permitido que el evento denominado “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana Tecnológica y Política” del 17.Nov.2004 al 19.Nov.2004, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004, se desarrollara sin la aprobación del Concejo Municipal, no cumpliendo con cautelar los intereses del Municipio al no implementar los controles respectivos a efecto de realizar una efectiva programación y sustentación de los gastos realizados, mostrando la ausencia de diligencia, incumpliendo así con sus funciones, en el MOF en su Función Nº 9 aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003, con el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto al artículo 46 literal a) y con el Artículo 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Roberto Perea del Águila, Ex Gerente General, debido que en el evento denominado “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana Tecnológica y Política” del 17.Nov.2004 al 19.Nov.2004, aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004 se determinó lo siguiente: I. Défi cit de S/ 85,039.22 en comparación a los gastos incurridos en ese evento. II. Gastos por servicios sin ejecutar los procesos de Adjudicación Directa, según la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado: i. Boletos de pasajes por S/. 29,986.50ii. Servicio de alojamiento y alimentación por S/. 16,850.00. III. Reconocimiento de gastos de pasajes aéreos sin documentación sustentatoria y registro contable por S/. 8,184.74. IV. Exceso de gastos en compra de maletines y servicios de buffet por S/. 16,160.87. Habiendo incumplido con sus funciones, en el MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003, en cuanto a la Función Nº 02 ; con lo establecido en el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto a su Artículo Nº 18 literal a) y f) y con el Artículo Nº 21, inciso a) y b) del D.L. 276 Ley de Bases de La Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Herbert Henry Rodríguez Arisa, Ex Jefe de Abastecimiento, por no haber sometido a proceso de selección la contratación de los servicios prestados en el evento desarrollado denominado “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana Tecnológica y Política” del 17.Nov.2004 al 19.Nov.2004, aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004, materia de la observación, teniendo ausencia de una supervisión efectiva a los procesos de adquisición, habiendo incumplido con sus funciones, en el MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003, en cuanto la Función Nº 01, con el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto al Artículo 54 literal h). y con el Artículo Nº 21 inciso a) y b) del D.L. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneración del Sector Público. Mateo Roosevelt Tomás Romero, Ex Jefe de Contabilidad, ya que mediante la información documentaria, no reparó acerca de los inconvenientes que se generarían al aplicar la Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004, asimismo dio conformidad a rendiciones de gastos del 14.Dic.04 con documentación sustentatoria del gasto faltante, mostrando la ausencia de diligencia, habiendo incumplido con sus funciones, en el MOF en su Función Nº 2 aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003. y con lo establecido en el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03, en cuanto al artículo 48 literal a) y con el Artículo 21, inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de La Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. - Observación Nº 3 “En los años 2004 y 2005, la Municipalidad Distrital de Lince, fi rmó cinco pagarés al Banco Wiese, obteniendo S/. 1’650,000.00 como préstamo, cancelando tres de ellos, en plazos mayores a un año, no obstante, que fueron pactados en plazos menores, ocasionando el pago de intereses por S/. 65,845.84”. En esta observación se ha determinado lo siguiente: Roberto Perea del Águila, Ex Gerente General, al no prever el pago oportuno de los pagarés a fi n de evitar el cobro de los intereses y otros, efectuando un defi ciente manejo fi nanciero y administrativo de la gestión, habiendo incumplido como Gerente General con sus funciones del MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003 en cuanto a la Función Nº 02. con lo establecido en el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en su Artículo Nº 18 literal a) y f), y con el Artículo 21, inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de La Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. Herbert Henry Rodríguez Arisa, Ex Gerente de Administración, al haber permitido que exista défi cit con los préstamos y el consecuente pago de intereses, no efectuando una debida supervisión y evaluación correspondiente. Consecuentemente ha incumplido con sus funciones, en el MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003, en cuanto a la Función Nº 02, 09 y 12, con lo establecido en el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en su Artículo Nº 46 literal a) y con el Artículo Nº 21 inciso a) y b) del D.L. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. - Observación Nº 4 - “Se ha determinado que rendiciones documentarias correspondientes a las Reposiciones de Fondos Fijos para Caja Chica durante los períodos 2004 y 2005, no evidencian motivación ni urgencia en algunos gastos, mas bien se enfocan a pagos por consumo de alimentos en forma continua e indebida, por un monto total de S/.15,437.67 Nuevos Soles”. En esta observación se ha determinado lo siguiente: María Elvira Dávila Llanos de Arellano, Ex Jefe de Tesorería, por no revisar la documentación fuente que sustente las operaciones de gasto y no controlar la aplicación y cumplimiento de las normas legales que regulan las actividades del Sistema Nacional de Tesorería de la Municipalidad, ocasionando que la entidad pague por conceptos no contemplados en la normatividad vigente, un monto de S/. 15,437.67; de los cuales S/. 13,962.17 corresponden a consumo de alimentos de los funcionarios de la entidad, por los periodos 2004 y 2005. Consecuentemente ha incumplido con las funciones del MOF, en su Función Nº 1 y 4 del MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003 con el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto a los artículo 50 literal a) y e) y con el Articulo 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público Humberto Alfredo Fernández Mendoza, Ex Gerente de Administración, al autorizar, ejecutar, efectuar y dar la conformidad a los gastos, ocasionó que la entidad pague por conceptos no contemplados en la normatividad vigente, un monto de S/. 15,437.67; de los cuales S/. 13,962.17 corresponden a consumo de alimentos de los funcionarios de la entidad, por los períodos 2004 y 2005. Consecuentemente ha incumplido con sus funciones de acuerdo al MOF aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.03 en cuanto a la función 2 ,con el ROF aprobado mediante Ordenanza Nº 070 en su artículo 46 literal a) y c), y con el Artículo 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público Descargado desde www.elperuano.com.pe