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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de diciembre de 2008 386473 Para la venta de productos secos (Juguetes, zapatillas, ropa, etc.), cuyo costo es de S/. 25.00 (Veinte y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), mas SISA: - Av. Madre Selva con la intersección de la Av. Siempre Viva, Urbanización Santa Isabel; - Av. Merino Reyna con la intersección de la Av. Túpac Amaru, PP.JJ. Raúl Porras Barrenechea; - Toda la extensión de la Alameda del PP.JJ. El Progreso Para la venta de animales para consumo humano (Pavos y Chanchos), cuyo costo es de S/. 71.72 (Setenta y Uno y 72/100 Nuevos Soles): - Berma central de la Av. Túpac Amaru, desde el Jr. Miguel Grau hasta el Jr. Andrés Avelino Cáceres; Artículo Segundo.- PRECISAR que las autorizaciones temporales tendrán una duración perentoria del 15 al 31 de diciembre de 2008, y serán de vencimiento automático. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural y a la Subgerencia de Comercialización. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 295221-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 263-2008-ALC-MDL Lince, 23 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTO: El Informe Nº 002-CEPAD-RA-258-ALC-MDL- 2008 del Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Lince y del Acta de Sesión Nº 003-2008 de fecha 30 de octubre de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 027-2008- ALC-MDL de fecha 29 de enero de 2008, se conforma la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios encargada de califi car los hechos contenidos en el Informe Largo Nº 001-2008-2-2156 “Examen Especial de Tesorería – Períodos 2004-2005” elaborado por el Órgano de Control Institucional; Que del informe del Órgano de Control Institucional antes citado se ha determinado que les asistiría Responsabilidad Administrativa a los siguientes señores: Homero Apaestegui Rivas, Ex Jefe de Tesorería (Observación Nº 1, 3, 4 y 6); Victor Javier Arana Estrada, Ex Jefe de Contabilidad (Observación Nº 1); Erick James Arias Ventocilla, Ex Secretario General (Observación Nº 1 y 4); Luis Alberto Bellido Yuta, Ex Gerente de Imagen Institucional (Observación Nº 2); Roberto Cáceres Paredes, Ex Gerente de Asesoría Jurídica (Observación Nº 1); Jaime Norberto Castro Parodi, Ex Gerente de Asesoría Jurídica (Observación Nº 1); Jenny Bibiane Chang Romero, Ex Gerente de Presupuesto y Planifi cación y Ex Gerente de Administración (Observación Nº 1, 3 y 4); Malfa Julia Chocano Gonzáles, Ex Secretario General (Observación Nº 1,2 y 4); Luis Renán Cruzalegui Rancel, Ex Gerente de Seguridad Ciudadana (Observación Nº 2); María Elvira Dávila Llanos de Arellano, Ex Gerente de Administración y Ex Jefe de Tesorería (Observación Nº 1, 2, 3, 4 y 6); Henry Juan Delgado Amésquita, Ex Jefe de Cooperación Internacional y Relaciones Intergubernamentales (Observación Nº 2); Luis Alberto Díaz Zenteno, Ex Gerente de Administración (Observación Nº 3); Humberto Alfredo Fernández Mendoza, Ex Gerente de Administración (Observación Nº 1, 2, 3, 4 y 6); Luis Alberto García Barrantes, Ex Jefe de Abastecimiento (Observación Nº 4), Eduardo Bruno Gaudry Montoya, Ex Jefe de Contabilidad (Observación Nº 1); José Manuel Mesía Herrera, Ex Gerente General (Observación Nº 1); Roberto Perea del Aguila, Ex Gerente General (Observación Nº 1, 2, 3, 4 y 6); Henry Herbert Rodríguez Ariza, Ex Jefe de Abastecimiento y Ex Gerente de Administración (Observación Nº 1, 2, 3, 4 y 6); Enrique Arnaldo Sánchez Bardales, Ex Jefe de Personal (Observación Nº 1); Daniel Hugo Tasaico Bautista, Ex Jefe de Tesorería (Observación Nº 1); Mateo Roosevelt Tomás Romero, Ex Jefe de Contabilidad (Observación Nº 2); Javier Vargas Díaz, Ex Gerente de Presupuesto y Planifi cación (Observación Nº 1); Que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en el ejercicio de lo preceptuado en el Art. 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM ha procedido al análisis y estudio de las observaciones que se detallan a continuación: - Observación Nº 1 - “Se ha podido evidenciar que durante los años 2004 y 2005 la Entidad ha constituido un fondo, por un monto de S/. 449,743.14 Nuevos Soles, por medio del cual se ha manejado y ejecutado gastos al margen de las normas y procedimientos legales”. En esta observación se ha determinado lo siguiente: Roberto Perea del Águila, Ex Gerente General, por haber visado la Directiva Nº 001-2005-MDL/GA, la cual carece de legalidad, debido a que las normas señaladas en su base legal están referidas a aspectos distintos al Otorgamiento y control de anticipos concedidos, mostrando la ausencia de diligencia con la que debió actuar, incumpliendo con sus funciones en el MOF aprobado mediante Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.03 en cuanto a la Función Nº 2, con el ROF aprobado mediante Ordenanza Nº 070 del 27.May.03 en su Artículo 18 literal f) y con el Artículo Nº 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público Herbert Henry Rodríguez Arisa, Ex Jefe de Abastecimiento, por haber visado la Directiva Nº 001-2005-MDL/GA, la cual carece de legalidad, debido a que las normas señaladas en su base legal están referidas a aspectos distintos al otorgamiento y control de anticipos concedidos. Consecuentemente ha incumplido con sus funciones, del MOF aprobado mediante Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.03 en cuanto a la Función Nº 2, con el ROF aprobado mediante Ordenanza Nº 070 del 27.May.03 en su Artículo 54 literal h) y con el Artículo Nº 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del sector Público. - Observación Nº 2 “Se ha determinado que se ha presentado irregularidades en el proceso del Evento denominado “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana”, la cual conllevó a ejecutar gastos sin contar con la aprobación del Concejo Municipal por un monto de S/. 98,755.72”. En esta observación se ha determinado lo siguiente: Luis Renán Cruzalegui Rangel, Ex Gerente de Seguridad Ciudadana, ya que al ex funcionario se le nombró mediante Resolución de Alcaldía Nº 464-2004-MDL del 15. Set. 2004 a fi n de que presida La Comisión que se encargaría de llevar a cabo el evento denominado “II Conferencia Internacional de Seguridad Ciudadana Tecnológica y Política” del 17.Nov.2004 al 19.Nov.2004, no implementando los controles respectivos a efectos de que el monto a pagar cuente con todos los atributos respectivos y con la documentación sustentatoria se haya realizado un proceso de adjudicación, se cuente con la autorización del Concejo Municipal. Consecuentemente ha incumplido con sus funciones, en el MOF en su Función Nº 1 y 3 aprobado con Ordenanza Nº 072 del 14.Jun.2003 con el ROF aprobado con Ordenanza Nº 070-MDL del 27.May.03 en cuanto al Artículo 72 literal k) y con el Artículo 21 inciso a) y b) del DL 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.Descargado desde www.elperuano.com.pe