Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2008 (20/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

364413

Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 201 DIEDOC/C2.c.01, de setiembre del 2007, y el Oficio Nº 1623 DIEDOC/ C-2.c.01, del 02 de octubre del 2007, de la Direccion de Educacion y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con la Resolucion Suprema Nº 009 ­ 2006 DE / EP, del 10 de enero del 2006, se autorizo el viaje al exterior en Mision de Estudios del Cadete II Ano EP GANDULIAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar estudios de Formacion de Oficiales en la Academia Militar "Aghulas Negras" del Ejercito de la Republica Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 16 de enero al 31 de diciembre de 2006, con Resolucion Suprema Nº 008 ­ 2007 DE / EP, del 06 de enero de 2007, se amplio dicha permanencia para continuar sus Estudios en la referida Academia Militar, en el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2007; Que, con la Hoja de Recomendacion Nº 201 DIEDOC/ C-2.c.01, de Setiembre del 2007, el Senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo ampliar la permanencia en el exterior en Mision de Estudios del Cadete III Ano EP GANDULIAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que continue sus Estudios de Formacion de Oficiales en la Academia Militar "Aghulas Negras" del Ejercito de la Republica Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008; Que, los gastos que demande la ampliacion de permanencia en el exterior en Mision de Estudios seran efectuados por el Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, debiendo ser considerados con cargo al Presupuesto del Ano Fiscal 2008; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley N° 29075 ­ Ley que

establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 enero de 2004 y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004, y; Que, el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que "la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion"; Estando a lo recomendado por el Senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y a lo acordado con el Senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior en Mision de Estudios del Cadete III Ano EP GANDULIAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que continue sus Estudios de Formacion de Oficiales en la Academia Militar "Aghulas Negras" del Ejercito de la Republica Federativa del Brasil, con eficacia anticipada a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara el pago que corresponda, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: $ 500.00 x 12 Meses x 01 Persona

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

COMUNICADO OFICIAL Nº 05-2008-CG
APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 27785
La Contraloria General de la Republica, recuerda a las entidades sujetas a control, incluidas en el articulo 3º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica -Ley Nº 27785 que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de dicho dispositivo, las entidades que, en uso de sus facultades, destinen recursos y bienes del Estado, incluyendo donaciones provenientes de MORDAZA extranjeras cooperantes, a entidades no gubernamentales nacionales o internacionales no sujetas a control, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La entidad sujeta a control debera realizar una evaluacion permanente de los recursos transferidos o asignados. 2. Los destinatarios de los recursos y bienes deben administrarlos conforme a la finalidad o condicion para los que fueron asignados. 3. Los destinatarios de los recursos o bienes utilizaran registros y/o cuentas especiales que permitan su analisis especifico; debiendose incluir en los Convenios la obligacion de exhibir dichos registros ante la Contraloria General de la Republica. 4. Los organos del Sistema podran disponer las acciones de verificacion que correspondan. En tal sentido, las entidades que suscriban Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares incluidas en los supuestos del articulo 4º, deberan cautelar el debido cumplimiento de los aspectos mencionados. MORDAZA MORDAZA, 18 de enero de 2008

SECRETARIA GENERAL
153824-1

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