TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2008 364414 Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6° y Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047 – 2002 – PCM de fecha 05 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002 – 2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 154222-6 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2008-DE / EP / A.1.a / 1-1 Lima, 19 de enero de 2008 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 203 DIEDOC/C- 2.c.01, de setiembre del 2007, y el O fi cio Nº 1623 DIEDOC/ C-2.c.01, del 02 de octubre de 2007, de la Dirección de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Suprema Nº 047 – 2006 DE / EP, del 16 de enero de 2006, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete II Año EP GONZÁLES GONZÁLES Joao Alfredo, para realizar estudios de Formación de Ofi ciales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina, en el periodo comprendido del 01 de febrero al 31 de diciembre del 2006; con Resolución Suprema Nº 006 – 2007 DE/EP, del 06 de enero de 2007, se amplió dicha permanencia para la continuación sus estudios en el mencionado Colegio Militar, para el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2007; Que, con la Hoja de Recomendación Nº 203 DIEDOC/ C-2.c.01, de setiembre del 2007, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete III Año EP GONZÁLES GONZÁLES Joao Alfredo, a fi n de que continúe sus Estudios de Formación de Ofi ciales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina, en el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2008; Que, los gastos que demande la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios serán efectuados por el Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, debiendo ser considerados con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2008; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de Junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 enero de 2004 y su modifi catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004, y; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”;Estando a lo recomendado por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el Señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete III Año EP GONZÁLES GONZÁLES Joao Alfredo, a fi n de que continúe sus Estudios de Formación de O fi ciales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina, con e fi cacia anticipada a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: $ 500.00 x 12 Meses x 01 Persona Articulo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047 – 2002 – PCM de fecha 05 de Junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002 – 2004 DE/SG de fecha 26 de Enero del 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004 DE/SG de fecha 30 de Junio del 2004. Articulo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES-ARÁOZ E. Ministro de Defensa 154222-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2008- DE / EP / A.1.a / 1-1 Lima, 19 de enero de 2008 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 199 DIEDOC/ C-2.c.01, de Setiembre del 2007, y el O fi cio Nº 1623 DIEDOC/C-2.c.01, del 02 de octubre del 2007, de la Dirección de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 189 – 2005 DE/EP, del 21 de marzo de 2005, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete EP CELIZ ROCHA Jean Carlo, para realizar Estudios de Formación de O fi ciales en la Academia Militar “Aghulas Negras” del Ejército de la República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 25 de febrero al 31 de diciembre de 2005; Que, con la Resolución Suprema Nº 009 – 2006 DE/EP, del 10 de enero de 2006, y la Resolución Suprema Nº 007 – 2007 DE/EP, del 06 de enero de 2007, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios al referido Cadete, para continuar sus Estudios de Formación de O fi ciales en la Academia Militar “Aghulas Negras” del Ejército de la República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006 y del 01 de enero al 31 de diciembre de 2007, respectivamente; Que, con la Hoja de Recomendación Nº 199 DIEDOC/ C-2.c.01, de Setiembre de 2007, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete IV Año EP CELIZ ROCHA Jean Carlo, a fi n de que culmine sus Estudios de Formación de O fi ciales en la Academia Militar “Aghulas Negras” del Ejército de la República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008; Que, los gastos que demande la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios serán efectuados por el Ministerio de Defensa – Ejército del Perú,