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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2008 365074 VISTOS Y CONSIDERANDO Que, en el Artículo 20° numeral 20) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece: “ que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal”. Que, en este sentido el artículo 7° de la Ley General del Sistema Nacional de presupuesto N° 28411, señala: “que el titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva en materia presupuestal, siendo que puede delegar sus funciones en dicho tema, cuando lo establezca expresamente la Ley General y las Leyes de presupuesto del Sector Público; Que, a mérito de la norma glosada, las funciones de aprobación referentes a las modifi caciones presupuestales en el nivel Funcional Programático pueden ser delegadas mediante disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que siendo ello así, se hace necesario que el titular de la Entidad pueda delegar en la Gerencia Municipal, sus funciones en materia presupuestal, señaladas en los numerales 7.2) del artículo 7° de la Ley N° 28411 que señala: “i. Efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, de conformidad con la Ley General las leyes de presupuesto público, en el marco de los principios de legalidad y presunción de veracidad, así como otras normas, ii. Lograr que los objetivos y las metas establecidas en el plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se refl ejen en las funciones, Programas, Sub Programas, Actividades y Proyectos a su cargo, iii concordar en el Plan Operativo Institucional (POI) y su presupuesto Institucional con su plan estratégico Institucional y 40.2) del artículo 40° de la Ley N° 28411, señala: “ las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del titular, a propuesta de la ofi cina de presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar, dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Con las atribuciones conferidas por los artículos 6 y 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; y, SE RESUELVE:Artículo Primero.- RATIFICAR en el Dr. BENITO AGREDA PEREZ Gerente Municipal, las facultades que corresponden al despacho de Alcaldía, en materia presupuestal, señaladas en el numeral 7.2) del artículo 7° y referente a las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático señalados en el numeral 40.2) del artículo 40° de la Ley General del Sistema Nacional de presupuesto N° 28411. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la ofi cina de Secretaria General la publicación de la presente Resolución dentro del plazo de Ley Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.VALENTIN FERNANDEZ BAZÁN Alcalde 155429-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE Promulga el Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2008 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 455-2007- ARFL-AL/MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPEVisto, el Acuerdo de Concejo Nº 137-2007-CM/MDS, de fecha, 28 de diciembre 2007, donde se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Supe para el Año Fiscal 2008, tal como lo establece el artículo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y del articulo 42º literal d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Ley Nº 29142 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2008, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público ha aprobado, mediante Resolución Directoral Nº 021-2007-EF/76.01, la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01 para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2008; y, De conformidad con lo prescrito en el Anexo III de la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Promulgar el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego Municipalidad Distrital de Supe, ascendente a S/. 5’257,982.00 (Cinco Millones Doscientos Cincuenta Siete Mil Novecientos Ochenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles), para el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2008, de acuerdo a lo siguiente: INGRESOS Fuente de FinanciamientoEn Nuevos SolesRubros En Nuevos Soles 1. Recursos Ordinarios 391.400,00 00 Recursos Ordinarios 391.400,002. Recursos Directamente Recaudados440.300,00 09 Recursos Directamente Recaudados440.300,00 5. Recursos Determinados 4.426.282,0007 Fondo de Compensación Municipal1.157.529,00 08 Otros Impuestos Municipales331.500,00 18 Canon Sobrecanon y Regalías2.937.253,00 TOTAL INGRESOS 5.257.982,00 TOTAL INGRESOS 5.257.982,00 GASTOS Categoría del Gasto En Nuevos Soles 5 Gastos Corrientes 2.021.470,006. Gastos de Capital 3.236.512,00 TOTAL GASTOS 5.257.982,00 Artículo Segundo.- El Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos se detallan en el Formato A-1/GL, “Presupuesto de Ingresos” y el Formato A3/GL, “ Presupuesto de Gastos”, forman parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Aprobar la Estructura Funcional Programática del Presupuesto Institucional del Pliego Municipal Distrital de Supe correspondiente al Año Fiscal 2008, por Función, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto, detallada en la Ficha Nº 02/GL “Estructura Funcional Programática de los Gobiernos Locales” que forman parte de la presente Resolución. Dado en la Casa Municipal a los veintiocho días del mes de Diciembre del año dos mil siete. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ANGEL R. FLORES LANEGRA Alcalde 153691-1