TEXTO PAGINA: 74
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2008 365060 ORDENANZA Artículo Primero.- DECLARAR en Proceso de Reestructuración Orgánica y Reorganización Administrativa al Gobierno Regional de Loreto, con la fi nalidad de lograr una correcta y adecuada distribución de funciones y el ejercicio de capacidades y competencias en el nivel regional que garanticen el cumplimiento de los objetivos estratégicos fi jados en el Plan Regional de Desarrollo Concertado al 2021, actualizado en la visión y objetivos estratégicos en el Presupuesto Participativo del año 2007. Artículo Segundo .- AUTORIZAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Loreto formular la nueva organización interna de esta Institución, orientada a modernizar la gestión pública, incrementar sus niveles de eficiencia, mejorar la atención a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos públicos, en el que participarán los miembros del Consejo Regional en calidad de observadores del mismo. Debiendo disponerse la ejecución de las acciones administrativas y presupuestales necesarias a este fin. Artículo Tercero .- OTORGAR un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contado a partir de la promulgación de la presente disposición regional, para el cumplimiento por parte del Ejecutivo Regional de lo dispuesto en el Artículo Segundo de la presente Ordenanza Regional, a fin de permitir al Consejo Regional contar de manera oportuna y dentro de los plazos previstos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM con la propuesta de documento de gestión correspondiente y el informe técnico sustentatorio debidamente visado por la Gerencia General Regional. POR TANTO:De conformidad con los artículos 191º y 193º de la Constitución Política del Estado, artículos 21º inciso o) y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº. 27867 y sus modificatorias, concordantes con el inciso o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.YVAN E. VASQUEZ VALERA Presidente 155604-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali ORDENANZA REGIONAL N° 019-2007-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de noviembre del 2007; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, literal c) de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Que, así mismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, de fecha 26 de julio de 2006, Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional en Sesión Ordinaria de fecha 22 de noviembre del 2007, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali, el mismo que consta de cuatro (04) títulos, tres (03) capítulos, once (11) artículos y cinco (05) disposiciones transitorias complementarias y fi nales, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento de Ucayali, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de comisiones, lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil siete CARLOS FERNANDO HENDERSON LIMA Consejero Delegado del ConsejoRegional de Ucayali POR LO TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil siete. LUTGARDO GUTIÉRREZ VALVERDE Presidente Regional (e) 155362-1