Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2008 (03/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de febrero de 2008

Tacna contaba con los recursos financieros necesarios para solventarlas; d) se aceptaron propuestas tecnicas de los postores ganadores de las Licitaciones Publicas Nos 07, 08, 10, 11, 12 y 13-2006/CE/MPT, aun cuando no cumplian con los requisitos tecnicos minimos; e) las propuestas tecnicas de los postores ganadores de las Licitaciones Publicas Nº 07 y 08-2006/CE/MPT se dieron como validas, a pesar que no acreditaron su inscripcion en el Registro Nacional de Proveedores; y, f) se omitio incluir en las Bases Administrativas de las Licitaciones Publicas Nos 01, 03, 04, 05, 10, 11 y 12-2006/CE/MPT, el requisito de que los postores acrediten estar inscritos en el referido Registro; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 942007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-TAC de 26.NOV.2007 a la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Tacna, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Omision de Actos Funcionales y Colusion; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 377º y 384º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 159842-3

Que, la Contraloria General de la Republica dispuso se realice un examen especial a la Municipalidad Distrital de Barranco y a la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA, a fin de evaluar si el proyecto Playa Barranco Complejo Turistico, presentado a traves de una iniciativa privada ante la mencionada entidad MORDAZA, ha sido tramitado y aprobado de conformidad con las normas legales relacionadas a la inversion privada, asi como teniendo en cuenta lo normado por el Plan Maestro de Desarrollo de la Costa Verde; Que, como resultado del examen especial efectuado a dichas entidades, la comision auditora ha evidenciado que ex funcionarios del citado municipio que intervinieron en la aprobacion y ejecucion del proyecto "Playa Barranco Complejo Turistico"; asi como una ex funcionaria de la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA que intervino en la emision de diversos documentos relacionados a la aprobacion del referido proyecto, incumplieron el MORDAZA normativo correspondiente, en la medida que el mismo fue aprobado no obstante que consideraba una edificacion en un area de uso publico, destinada a la construccion del malecon peatonal, permitiendose la indebida ocupacion de un terreno reservado para tal fin y ademas, no tomaba en cuenta las secciones viales normativas establecidas para el derecho de via del circuito de playas, lo cual contraviene lo estipulado en el Plan Maestro de Desarrollo de la Costa MORDAZA 1995-2010; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Autorizacion de actividad contraria a los planes o usos previstos por ley y de Omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, previstos y penados en los articulos 312º y 377° del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 159513-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a presuntos responsables de irregularidades en la Municipalidad Distrital de Barranco y en la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 034-2008-CG MORDAZA, 1 de febrero de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 007-2008-CG/ ORLC resultante del examen especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Barranco y a la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA, periodo 2005-2006; y,

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Pasco
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 035-2008-CG MORDAZA, 1 de febrero de 2008

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