Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2008 (03/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de febrero de 2008

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de renovacion y adquisicion de licencias del software ORACLE
RESOLUCION SBS Nº 218-2008 San MORDAZA, 30 de enero de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Tecnico Nº 007-2008-DL emitido por el Departamento de Logistica, el Informe Legal N° 0112008-SAAJ de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, los Memorandums N° 011-2008-GTI, N° 360, 307 y 335-2007-GTI, de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum N° 011-2008-GTI de fecha 16 de enero de 2008, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion remite el Informe N° 003-2008-GTI denominado Informe Tecnico Previo de Evaluacion de Software, sustentando las razones tecnicas para la renovacion y adquisicion de licencias del software Oracle para la Superintendencia; el cual fue recogido por el Departamento de Logistica en su Informe N° 007-2008DL de fecha 17 de enero de 2008; Que, el Informe N° 007-2008-DL en mencion senala sobre el particular basicamente que: i) La Superintendencia implemento una solucion de software de administracion de base de datos relacionales (RDBMS), Oracle, que permitio contar con una herramienta para la administracion y almacenamiento de la informacion que las aplicaciones y sistemas de informacion mantiene y utilizan, como soporte a las actividades y funciones principales de las areas usuarias; asi mismo, el servidor de aplicaciones Oracle Application Server (OAS) 10 permitio a la Superintendencia contar con una herramienta que soporte los sistemas que conforman la Extranet de la institucion; ii) Estas herramientas son parte esencial de la plataforma central de computo, en lo que a software base se refiere y permiten mantener la informacion institucional con la debida confiabilidad, seguridad y disponibilidad que requieren los sistemas de informacion y usuarios internos y externos de la institucion; iii) La herramienta de Mineria de Datos (Oracle Data Miner), el motor de base de datos Oracle contiene un motor adicional de mineria de Datos, lo que da como ventaja el mantener los datos en un solo ambiente de trabajo; de esta manera, el acceso a los datos es transparente para cualquier algoritmo que se requiera trabajar, evitando asi el transporte de un ambiente de trabajo a otro; iv) Los productos Oracle son criticos para brindar los servicios informaticos, siendo necesario que estos productos cuenten con un servicio de actualizacion y soporte que permita la resolucion de problemas, asesoria y MORDAZA actualizacion de productos que coadyuve a optimizar el rendimiento y mantener el nivel de las aplicaciones y sistemas de informacion disponibles en la institucion; v) La GTI indica tambien que otro factor a tener en cuenta es el valor intangible del nivel de conocimiento (know how) que posee el personal tecnico (administradores de la base de datos y desarrolladores de aplicacion), lo cual no ha sido valorizado economicamente, por lo que se requiere incluir la totalidad de los productos Oracle en el Servicio de soporte a las licencias respectivas con que cuenta la institucion, en beneficio de todos los usuarios

del software; por las razones MORDAZA expuestas recomienda la contratacion de un Servicios de Soporte y Actualizacion de productos de software Oracle, con el propio fabricante y/o su representante oficial en el Peru y asimismo, considera conveniente la renovacion de cuatro licencias Oracle Data Miner; vi) Para la adquisicion de licencias del software Oracle, senala la GTI que las herramientas de Inteligencia de Negocios, MORDAZA plataformas son catalogadas por Gartner dentro de las mejores plataformas de BI, siendo Oracle ademas mencionada en el cuadrante de Lideres y Microstrategy en el cuadrante de Visionarias. Gartner ubica a Hyperion en el cuadrante de lideres de plataformas BI y tambien en el cuadrante de lideres de plataformas de CPM; sin embargo la plataforma de Oracle tiene la ventaja de correr sobre este sistema operativo a un precio menor, por lo que dado el escenario de costos y el beneficio de la estandarizacion de productos (base de datos y sistema operativo), se recomienda que la Superintendencia adquiera la plataforma Oracle Business Intelligence Enterprise Edition; vii) A efecto de determinar el MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios requeridos, se le solicito a la empresa SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A. su propuesta economica por la renovacion y adquisicion de sus productos, la cual arrojo un monto total anual de US$ 237,314.00, incluido IGV; viii) Mediante Carta de fecha 14 de diciembre de 2007, la empresa ORACLE LATIN MORDAZA confirma que la empresa SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A. es la unica empresa autorizada en el Peru para contratar la renovacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias ORACLE; dicha carta es validada mediante Carta de fecha 19 de diciembre de 2007, remitida por ORACLE SUPPORT SERVICES, en la cual se menciona que SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A. es la unica empresa autorizada en Peru para contratar la renovacion del servicio de Soporte Oracle, la cual fue debidamente firmada por el Director Legal de ORACLE CORPORATION y legalizada por el Notario Publico del Estado de la Florida; ix) Estando a la cuantia MORDAZA mencionada procederia la convocatoria de un Concurso Publico para la contratacion del servicio sin embargo y estando a que estamos frente a un proveedor unico, es de aplicacion lo dispuesto por el literal e) del articulo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; por lo que seria procedente exonerar el MORDAZA correspondiente; Que, mediante Memorandum N° 360-2007-GTI, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion solicita la contratacion del servicio de mantenimiento de Hardware y Software de los equipos MORDAZA NCR, adjuntando para tal efecto el Memorandum N° 137-2007-DO en el cual se detallan las especificaciones tecnicas para su contratacion; el cual fue recogido por el Departamento de Logistica en su Informe N° 007-2008-DL de fecha 17 de enero de 2008; Que, el Informe N° 007-2008-DL en mencion senala basicamente sobre el particular que: i) El Departamento de Operaciones de esta Superintendencia, indica que se hace necesaria la renovacion del servicios de mantenimiento de hardware y software de los servidores NCR 4455 y NCR S2600 toda vez que estos equipos soportan la base de datos del Sistema Team Central del ambiente de Desarrollo de Sistemas y de contingencia respectivamente, debiendo el proveedor contar con la autorizacion del fabricante para brindar los servicios solicitados a fin de garantizar un adecuado nivel de servicio y stock de repuestos; ii) A efecto de determinar el MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios requeridos de NCR, se le solicito a dicha empresa su propuesta economica de renovacion, la cual arrojo un monto total anual de S/. 35,581.00, incluido IGV; iii) De acuerdo a la naturaleza de los servicios a contratar y al monto total de su contratacion, el MORDAZA correspondiente seria el de una Adjudicacion Directa Selectiva, sin embargo, mediante Carta de fecha 17 de enero de 2008, el proveedor informa que su subsidiaria en el Peru, NCR del Peru S.A. es representante y distribuidor exclusivo autorizado en el Peru, para la comercializacion de los productos y servicios que NCR Corporation fabrica y comercializa, por lo que estamos frente a un proveedor unico, siendo en este caso de aplicacion lo dispuesto por el literal e) del articulo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; el cual senala que seria procedente exonerar el MORDAZA correspondiente por la causal MORDAZA indicada; Que, mediante Memorandums N°s. 307 y 335-2007GTI, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion solicita

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