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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (16/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 112

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2008 366798 VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES A LA TRAMITACION DEL MATRIMONIO CIVIL Artículo Primero.- EXONERESE del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil, a las parejas inscritas para la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse con fecha 16 de febrero del 2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Sociales, Subgerencia de Registros Civiles, Gerencia de Rentas y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 165059-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC Exoneran de proceso de selección la adquisición de vehículo para la supervisión de obras de reconstrucción y atención de emergencia social ACUERDO DE CONCEJO N° 002 -2008-MDV Viñac, 13 de febrero del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC. VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero del presente el informe Técnico-legal, para la compra de una Camioneta Pick - UP 4X4 C/D TD M/T de acuerdo a las especi fi caciones Técnicas aprobadas y el informe Legal para la Exoneración del Proceso de Selección por encontrarnos en estado de emergencia y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194º establece que las Municipalidades distritales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27072. Que , el día 15 de agosto del 2007, se produjo en nuestro país un terremoto, el mismo que ha ocasionado daños materiales de consideración en el distrito de Viñac y los anexos y Centros Poblados . Que, en mérito al Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM. El Presidente de la República amplió la declaración del estado de emergencia por el término de sesenta días, a partir del 12 de febrero del 2008, en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna ,Huaytará y el distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica ; y las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima. Que en merito al Informe Técnico - Legal que sugieren la procedencia de la exoneración del proceso de selección para la Adquisición de una camioneta 4X4 Pick-Up, que permita atender el mencionado desastre natural; y la supervisión de obras de reconstrucción y ayuda de emergencia social, para atender a la población civil . Que en merito a los artículos 19º,20º, 22º, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM; y a los artículos 142º,146º,148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 184-2004-PCM , del Texto Único Ordenado , y conforme a las facultades conferidas por el numeral 2º del art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, en mérito a la Resolución Nº 011-2008- CONSUCODE /PRE, que aprobó las disposiciones sobre el contenido de las Bases Estandarizadas que las Entidades del Estado deben utilizar en los proceso de selección que convoquen. Que habiendo analizado los fundamentos y necesidades que ameritan la urgente necesidad de la compra del vehículo de las características señaladas , en la sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero del presente año con el VOTO UNANIME del Concejo Municipal se aprueba la adquisición del mencionado vehículo ,según el informe Técnico - Legal de la Procedencia de la exoneración, por estado de emergencia invocada; ACUERDA:Artículo 1º.- EXONERAR , del Proceso de Selección por Situación de Emergencia , la adquisición de una camioneta 4X4 - Pick-up-doble cabina - Turbo Diesel - de Transmisión mecánica - Intercooler y con capacidad de motor mayor a 2,900 cc-y potencia de motor mayor a 160 HP, que permitan atender el mencionado desastre natural, supervisión de la obras de reconstrucción y atención de emergencia social a la población civil en casos de desastres naturales por el monto referencial de S/. 86,400.00 ( ochenta y seis mil cuatrocientos nuevos soles 00/100 ) ,con cargo a la fuente de fi nanciamiento de los saldos pendientes del 2007 de CANON-SOBRE CANON- , que se encuentra previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del distrito de Viñac según R. A. Nº 01-2008-MDV de fecha 7 de enero del 2008 , el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos contemplados en los artículos 19º,20º,21º, y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento pertinente y Resolución Nº 011-2008-CONSUCODE/PRE. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo y hacer de conocimiento de la Contraloría General de la República y CONSUCODE , de conformidad a lo previsto por el D.S. Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos establecidos por la Ley. Artículo 3º.- DISPONER que EL Comité Especial de Adquisiciones realice la Contratación referida en el Artículo Primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello lo dispuesto por las normas de la materia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TEODARDO D. CARRIÓN HUAMÁN Alcalde 164508-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo de Asistencia Técnica sobre Seguridad Marítima y Protección del Medio Acuático entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Nicaragua” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/46, comunica que el “Acuerdo de Asistencia Técnica sobre Seg.9uridad Marítima y Protección del Medio Acuático entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Nicaragua” suscrito el 4 de junio de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú y rati fi cado por Decreto Supremo Nº 031-2005-RE, de fecha 9 de febrero de 2005, publicado el 15 de febrero de 2005. Entró en vigencia el 11 de junio de 2007. 163531-1