Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2008 (16/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2008

MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES A LA TRAMITACION DEL MATRIMONIO CIVIL Articulo Primero.- EXONERESE del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitacion del Matrimonio Civil, a las parejas inscritas para la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse con fecha 16 de febrero del 2008. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Sociales, Subgerencia de Registros Civiles, Gerencia de Rentas y demas unidades organicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

D.S. Nº 184-2004-PCM , del Texto Unico Ordenado , y conforme a las facultades conferidas por el numeral 2º del art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en merito a la Resolucion Nº 011-2008CONSUCODE /PRE, que aprobo las disposiciones sobre el contenido de las Bases Estandarizadas que las Entidades del Estado deben utilizar en los MORDAZA de seleccion que convoquen. Que habiendo analizado los fundamentos y necesidades que ameritan la urgente necesidad de la compra del vehiculo de las caracteristicas senaladas , en la sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero del presente ano con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal se aprueba la adquisicion del mencionado vehiculo ,segun el informe Tecnico - Legal de la Procedencia de la exoneracion, por estado de emergencia invocada; ACUERDA: Articulo 1º.- EXONERAR , del MORDAZA de Seleccion por Situacion de Emergencia , la adquisicion de una camioneta 4X4 - Pick-up-doble cabina - Turbo Diesel - de Transmision mecanica - Intercooler y con capacidad de motor mayor a 2,900 cc-y potencia de motor mayor a 160 HP, que permitan atender el mencionado desastre natural, supervision de la obras de reconstruccion y atencion de emergencia social a la poblacion civil en casos de desastres naturales por el monto referencial de S/. 86,400.00 ( ochenta y seis mil cuatrocientos nuevos soles 00/100 ) ,con cargo a la fuente de financiamiento de los saldos pendientes del 2007 de CANON-SOBRE CANON- , que se encuentra previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del distrito de Vinac segun R. A. Nº 01-2008-MDV de fecha 7 de enero del 2008 , el mismo que se efectuara conforme a los procedimientos contemplados en los articulos 19º,20º,21º, y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento pertinente y Resolucion Nº 011-2008-CONSUCODE/PRE. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo y hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE , de conformidad a lo previsto por el D.S. Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos establecidos por la Ley. Articulo 3º.- DISPONER que EL Comite Especial de Adquisiciones realice la Contratacion referida en el Articulo Primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello lo dispuesto por las normas de la materia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VINAC
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de vehiculo para la supervision de obras de reconstruccion y atencion de emergencia social
ACUERDO DE CONCEJO N° 002 -2008-MDV
Vinac, 13 de febrero del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VINAC. VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero del presente el informe Tecnicolegal, para la compra de una Camioneta Pick - UP 4X4 C/D TD M/T de acuerdo a las especificaciones Tecnicas aprobadas y el informe Legal para la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por encontrarnos en estado de emergencia y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Art. 194º establece que las Municipalidades distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27072. Que , el dia 15 de agosto del 2007, se produjo en nuestro MORDAZA un terremoto, el mismo que ha ocasionado danos materiales de consideracion en el distrito de Vinac y los anexos y Centros Poblados . Que, en merito al Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM. El Presidente de la Republica amplio la declaracion del estado de emergencia por el termino de sesenta dias, a partir del 12 de febrero del 2008, en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna ,Huaytara y el distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica ; y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima. Que en merito al Informe Tecnico - Legal que sugieren la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de una camioneta 4X4 Pick-Up, que permita atender el mencionado desastre natural; y la supervision de obras de reconstruccion y ayuda de emergencia social, para atender a la poblacion civil . Que en merito a los articulos 19º,20º, 22º, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 0832004-PCM; y a los articulos 142º,146º,148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Asistencia Tecnica sobre Seguridad Maritima y Proteccion del Medio Acuatico entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Nicaragua"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/46, comunica que el "Acuerdo de Asistencia Tecnica sobre Seg.9uridad Maritima y Proteccion del Medio Acuatico entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Nicaragua" suscrito el 4 de junio de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 031-2005-RE, de fecha 9 de febrero de 2005, publicado el 15 de febrero de 2005. Entro en vigencia el 11 de junio de 2007.

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