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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (16/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 108

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2008 366794 el desarrollo social en su circunscripción, en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales; Que, es objetivo de la actual Administración contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad procurando acciones que contribuyan a lograr su bienestar, en concordancia con el régimen de protección establecido en el Art. 1º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 195º de la carta Magna y en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Condónese el pago de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el mes de diciembre de 2007 a los propietarios de predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar, que acrediten ser personas con discapacidad. Artículo Segundo.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo precedente el interesado deberá presentar ante la Municipalidad, hasta el 7 de marzo de 2008, el respectivo Certi fi cado de Discapacidad o la Resolución que lo acredite como una persona con discapacidad, expedido por el CONADIS, el mismo que deberá ser adjuntado a su solicitud correspondiente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. Segunda.- La condonación establecida en la presente norma no implica la devolución de los pagos realizados. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y al Departamento de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 164623-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Delegan diversas facultades en materia presupuestal al Gerente Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 059-2008-MPL Pueblo Libre, 8 de febrero de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTOS: El Informe Nº 001 y 003-2008-MPL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 084-2008-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 019-2008-MPL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 120-2008-GM de la Gerencia Municipal, y;CONSIDERANDO: Que, el inciso 7.1) del artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto señala que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y que en materia presupuestal es responsable de manera solidaria con el Concejo Municipal (...). Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad (...); Que, el inciso 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411, señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que los Calendarios de Compromisos, entre otros, para los Gobiernos Locales se sujetan al procedimiento de aprobación establecido en el párrafo 30.1 literal b) del artículo 30º de la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”. Dichos Calendarios de Compromisos y sus ampliaciones son aprobados por el Titular del Pliego o por quien éste delegue, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces (...); Que, el numeral 20) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal, y en concordancia con lo establecido en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 28411, resulta necesario delegar en el Gerente Municipal, las atribuciones contenidas en el numeral 7.2 del Artículo 7º, así como la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, en el Nivel Institucional y demás modi fi caciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el Titular del pliego, a propuesta de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 40.2) del artículo 40º, 42º y 43º de la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema General de Presupuesto, así como en las normas complementarias en material presupuestal para el ejercicio 2008; Con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los incisos 6) y 20) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el señor JEAN LUCIEN AMOUR HERNÁNDEZ - Gerente Municipal las facultades que competen a este Despacho en materia presupuestal contempladas en el numeral 7.2 del Artículo 7º, así como la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, en el Nivel Institucional y demás modi fi caciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el Titular del pliego, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 40.2 del Artículo 40º, 42º y 43º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, de acuerdo a los considerando expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y la noti fi cación a la Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 164553-1